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Prescripción de deudas en Colombia: plazos y guía

¿Prescriben las deudas en Colombia?, ¿Cuánto tiempo debe transcurrir para que prescriba una deuda? Te explicaremos cómo funciona la figura de prescripción de la acción jurídica y ordinaria y cómo puedes evitar pagar deudas prescritas que se cobran de forma ilegal.
¿Prescriben las deudas en Colombia? Sí, pero no funciona como muchos creen. Aquí te explicamos en cuántos años prescribe cada tipo de deuda, qué la interrumpe y cómo evitar pagar deudas prescritas que algunas empresas cobran de forma ilegal.
 
 
Puntos clave
  • La acción ejecutiva prescribe a los 5 años; la ordinaria, a los 10 (Art. 2536 CC).
  • Pagarés y letras de cambio: 3 años; cheques: 6 meses.
  • La prescripción quita el cobro judicial, no borra el reporte en centrales.
  • Reconocer la deuda o una demanda reinicia el conteo.

¿Qué es la prescripción de deudas en Colombia?

Una deuda es una obligación plasmada en un documento o título valor (un cheque, un pagaré, un contrato, una letra de cambio). Ese título es el que le da vida jurídica a la deuda: sin él, jurídicamente la deuda no existe.
La prescripción es un fenómeno jurídico por el que, con el paso del tiempo, se puede perder o ganar un derecho. Aplicada a las deudas, significa que si el acreedor no cobra dentro del plazo legal, pierde el derecho a exigir el pago por la vía judicial.
Ojo con un matiz importante: la prescripción elimina el derecho del acreedor a cobrar judicialmente, no el deber de pagar. La deuda no desaparece y puede seguir afectando tu historial hasta que llegues a un acuerdo o se depure el reporte.
 

Tipos de prescripción

  • Prescripción adquisitiva: permite ganar el dominio de un bien por poseerlo con las condiciones legales (Art. 2518 CC).
  • Prescripción extintiva: es la que aplica a las deudas; extingue acciones y derechos por no ejercerlos durante cierto tiempo (Art. 2535 CC).
 

¿En cuántos años prescribe una deuda?

El plazo depende del tipo de acción y del título que respalde la deuda. El artículo 2536 del Código Civil es la base:
Artículo 2536. La acción ejecutiva se prescribe por cinco (5) años y la ordinaria por diez (10). La acción ejecutiva se convierte en ordinaria por el lapso de cinco (5) años, y convertida en ordinaria durará solamente otros cinco (5). Una vez interrumpida o renunciada una prescripción, comenzará a contarse nuevamente el respectivo término.
  • Pagarés y letras de cambio: prescriben a los 3 años desde el vencimiento.
  • Cheques: prescriben a los 6 meses desde que se hacen exigibles.
  • Tarjetas de crédito y préstamos: según el título que los respalde, suelen prescribir a los 3 años; la acción ejecutiva, a los 5.
  • Contratos, conciliaciones y otros documentos: se cobran por acción ejecutiva y prescriben a los 5 años del vencimiento.
Para una deuda con una entidad financiera, la prescripción de la acción ejecutiva es de 5 años contados desde que entraste en mora. Ante un caso concreto, conviene consultar a un abogado.
 

¿Cuándo se interrumpe o se suspende la prescripción?

La prescripción no corre sola: hay hechos que reinician o pausan el reloj. Quizá te interese: cuántos años deben pasar para la prescripción de las deudas.

Interrupción

Según el artículo 2539 del Código Civil, la prescripción se interrumpe cuando el deudor reconoce la deuda (por ejemplo, al firmar un plan de pagos) o cuando el acreedor presenta la demanda judicial. Al interrumpirse, el término vuelve a contarse desde cero.

Suspensión

La suspensión pausa el conteo por un plazo y, una vez vencido, la prescripción continúa desde donde se quedó. Es habitual en el reclamo de derechos laborales.
 

Cómo evitar pagar deudas prescritas ilegales

Cada vez son más frecuentes las reclamaciones por deudas muy antiguas que hacen empresas de cobro de morosos, algo que en muchos casos es ilegal. Compran listas de presuntos deudores y presionan con un supuesto cobro jurídico, y muchas personas terminan pagando por miedo o desconocimiento.
Por ley, las tarjetas de crédito y los préstamos prescriben a los 3 años desde el vencimiento y la acción ejecutiva a los 5. Si tu deuda tiene más de tres años, es posible que esté prescrita; si supera los cinco, legalmente no podrían embargar tus bienes. Si recibes un cobro por una deuda vencida hace años, consulta con un abogado antes de firmar cualquier acuerdo de pago: puede que no estés obligado a pagar nada. Recuerda que las centrales de información como Datacrédito o TransUnion siguen de cerca tu comportamiento crediticio.
 

¿Cómo se declara la prescripción?

La prescripción no la declara el juez de oficio: hay que alegarla (Art. 2513 CC). Puedes invocarla por vía de acción ante un juez civil, o por vía de excepción si un banco te demanda, presentándola dentro del proceso como mecanismo de defensa. El juez, antes de dictar sentencia, deberá declararla o negarla de forma motivada.
 

Certificado de paz y salvo

El paz y salvo es un documento que deja constancia de que no existe una deuda pendiente y que la persona o el inmueble están al día con sus obligaciones. Para vender un inmueble con medidas cautelares primero hay que pagar la deuda y solicitar el paz y salvo correspondiente; en el caso del impuesto predial o la valorización, el certificado de estado de cuenta se tramita en línea a través del portal oficial de la entidad distrital (en Bogotá, el IDU) con el CHIP y la matrícula inmobiliaria del predio.
 

Qué debes recordar sobre la prescripción de deudas

La prescripción es una herramienta de defensa, no una forma de dejar de pagar sin consecuencias: mientras corre el plazo, tu historial crediticio sigue afectado. Conocer los plazos (5 años la acción ejecutiva, 3 los títulos valores) te permite reconocer cuándo un cobro es ilegal y actuar con asesoría. 

Y ten presente que las deudas no prescritas se heredan, así que conviene resolverlas a tiempo.

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  1. Nuevo
    #160
    10/09/19 13:26

    Buenas tardes yo estoy reportada en datacredito hace 7 años por comcel por unas lineas que yo no saque como hago para que me bajen de datacreito si eso me esta afectando

  2. Nuevo
    #154
    08/09/19 14:59

    Buenas tardes tengo una deuda con un banco me hicieron un préstamo en el año 2005 nunca pude cancelar el compromiso quiero saber si ya prescribió y que debo hacer para que me borren de la central de riesgo Datacredito gracias

  3. Nuevo
    #153
    08/09/19 08:25

    Buenos días,
    Tengo una duda hasta el 2007 contaba con todo el portafolio de davivienda, pero por problemas económicos no pude seguir pagando tarjetas ni crédito, este mismo año unifique los productos y puede solo pagar 2cuotas ese año al banco. Sin embargo ya no logré poder seguir pagando y me embargaron las ctas en su momento no había dinero pero quedaron embargadas, el sueldo no me lo pudieron embargar porq era el min en ese entonces y no tenía nada a mi nombre. Empezaron a llegar cartas q cobro jurídico sin llegar a ningun acuerdo y demandas. Esta cartera castigada ya la tiene una casa de cobranzas y ya a pasado 12 años sin poder hacer ningún tipo de acuerdo. Ya la deuda no esta con el banco esta aparece saldada. Me informan q esta cartera se paso a una casa de cobranzas. Ellos siguen cobrando insistentemente después de 12 años aménazando con embargos y cobros por mail, llamadas y mensajes de texto.
    Mi pregunta es después de 12 años esta deuda No prescribe o que se puede hacer ahí después de tanto tiempo.
    Gracias.

  4. Nuevo
    #152
    05/09/19 15:56

    Buenas tardes quisiera saber si mí deuda un ejemplo es con la compañía telefónica de claro hace más de 5años se puede prescribir y como lo podría hacer

  5. Nuevo
    #151
    02/09/19 16:52

    Hola, me acaban de notificar de una deuda de servicio de Internet, televisión y telefonía con una mora de 2510 días... Ese tipo de deuda prescribe?

  6. Nuevo
    #150
    02/09/19 11:34

    Hola Me robaron un automovil en 1985. Coloque la denuncia pero no sabia que debia acudir al transito a cancelar la matricula (siempre hay la esperanza de que aparezca). Ahora me emplazan por deudas de impuestos del vehiculo desde el 2014? Que puedo hacer? Prescriben tambien estas deudas?
    Gracias

  7. Nuevo
    #149
    30/08/19 18:52

    hola, esta semana me contactaron de una cobranza por haber sido codeudor hace 18 años en un almacen ( ni siquiera recuerdo que se compró) me estan amenazando con embargarme el sueldo, gano el salario minimo tengo entendido que las deudas prescriben y ya pasaron 18 años es legal que me cobren

  8. Nuevo
    #146
    21/08/19 17:58

    buena tarde tengo una deuda del año 2007 con una entidad y me llaman de una firma a cobrarme ya mi deuda esta caducada o que podría hacer?

  9. Nuevo
    #145
    21/08/19 16:48

    Buenas tardes tengo un credito que adquiri en el año de 1997 con el banco central hipotecario y no lo pude pagar ahora me llaman y me escriben de una empresa de cobro juridico que me dice que me van a embargar mi salario y algun bien inmueble si no llego a un acuerdo con ellos de pago es posible que despues de 22 años lo puedan hacer o ya haya prescrito

  10. Nuevo
    #144
    20/08/19 19:39

    Buenas noches llevo reportado en data credito mas de 20 años y me envian mensajes para que me ponga al dia con la deuda me avisaron de la deuda hace mas o menos 10 años y la verdad no piedo pagarla que puedo hacer para que me quiten el reporte

    Gracias a quien me pueda ayudar

  11. Nuevo
    #143
    20/08/19 15:01

    buenas ,, tengo dos prestamos en bancos diferentes que adquiri para montar un negcio .. en estos momnetos el negocio esta comensando ,, pero ya me estan quedando pesadas la cutotas ,,, se que el negocio saldra a flote , pero aproximada mente o+unois 5 meses ,, no quiero quedar mal al banco ,, que puedo hacer ante eso ,, grcias

  12. Nuevo
    #142
    14/08/19 17:34

    Buenas tardes tengo una deuda desde el 2012 con bancocajasocial la cual logre pagar seis cuotas. El credito fue por tresmillones de pesos, no estuve aca porque quede sin empleo y miles invonvenientes quiero saber si esa deuda precluye con el tiempo??

  13. Nuevo
    #141
    13/08/19 05:34

    Buenas tardes, realice un acuerdo de pago con abogados externos de un banco porque tenia credito hipotecario con 8 meses en mora, mi credito era a 15 años y ellos me obligaron a pagar en 24 meses termine de pagar en abril y ahora me dicen que tengo que pagar 1millon mas porque en algunas fecha meses pague 2 dias mas tarde. Durante los 24 meses firme varios acuerdos y en ultimo acuerdo se firmo en marzo y ese se cumpli, cual acuerdo tiene validez el ultimo o los 4 firmados