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Prescripción de deudas en Colombia: plazos y guía

¿Prescriben las deudas en Colombia?, ¿Cuánto tiempo debe transcurrir para que prescriba una deuda? Te explicaremos cómo funciona la figura de prescripción de la acción jurídica y ordinaria y cómo puedes evitar pagar deudas prescritas que se cobran de forma ilegal.
¿Prescriben las deudas en Colombia? Sí, pero no funciona como muchos creen. Aquí te explicamos en cuántos años prescribe cada tipo de deuda, qué la interrumpe y cómo evitar pagar deudas prescritas que algunas empresas cobran de forma ilegal.
 
 
Puntos clave
  • La acción ejecutiva prescribe a los 5 años; la ordinaria, a los 10 (Art. 2536 CC).
  • Pagarés y letras de cambio: 3 años; cheques: 6 meses.
  • La prescripción quita el cobro judicial, no borra el reporte en centrales.
  • Reconocer la deuda o una demanda reinicia el conteo.

¿Qué es la prescripción de deudas en Colombia?

Una deuda es una obligación plasmada en un documento o título valor (un cheque, un pagaré, un contrato, una letra de cambio). Ese título es el que le da vida jurídica a la deuda: sin él, jurídicamente la deuda no existe.
La prescripción es un fenómeno jurídico por el que, con el paso del tiempo, se puede perder o ganar un derecho. Aplicada a las deudas, significa que si el acreedor no cobra dentro del plazo legal, pierde el derecho a exigir el pago por la vía judicial.
Ojo con un matiz importante: la prescripción elimina el derecho del acreedor a cobrar judicialmente, no el deber de pagar. La deuda no desaparece y puede seguir afectando tu historial hasta que llegues a un acuerdo o se depure el reporte.
 

Tipos de prescripción

  • Prescripción adquisitiva: permite ganar el dominio de un bien por poseerlo con las condiciones legales (Art. 2518 CC).
  • Prescripción extintiva: es la que aplica a las deudas; extingue acciones y derechos por no ejercerlos durante cierto tiempo (Art. 2535 CC).
 

¿En cuántos años prescribe una deuda?

El plazo depende del tipo de acción y del título que respalde la deuda. El artículo 2536 del Código Civil es la base:
Artículo 2536. La acción ejecutiva se prescribe por cinco (5) años y la ordinaria por diez (10). La acción ejecutiva se convierte en ordinaria por el lapso de cinco (5) años, y convertida en ordinaria durará solamente otros cinco (5). Una vez interrumpida o renunciada una prescripción, comenzará a contarse nuevamente el respectivo término.
  • Pagarés y letras de cambio: prescriben a los 3 años desde el vencimiento.
  • Cheques: prescriben a los 6 meses desde que se hacen exigibles.
  • Tarjetas de crédito y préstamos: según el título que los respalde, suelen prescribir a los 3 años; la acción ejecutiva, a los 5.
  • Contratos, conciliaciones y otros documentos: se cobran por acción ejecutiva y prescriben a los 5 años del vencimiento.
Para una deuda con una entidad financiera, la prescripción de la acción ejecutiva es de 5 años contados desde que entraste en mora. Ante un caso concreto, conviene consultar a un abogado.
 

¿Cuándo se interrumpe o se suspende la prescripción?

La prescripción no corre sola: hay hechos que reinician o pausan el reloj. Quizá te interese: cuántos años deben pasar para la prescripción de las deudas.

Interrupción

Según el artículo 2539 del Código Civil, la prescripción se interrumpe cuando el deudor reconoce la deuda (por ejemplo, al firmar un plan de pagos) o cuando el acreedor presenta la demanda judicial. Al interrumpirse, el término vuelve a contarse desde cero.

Suspensión

La suspensión pausa el conteo por un plazo y, una vez vencido, la prescripción continúa desde donde se quedó. Es habitual en el reclamo de derechos laborales.
 

Cómo evitar pagar deudas prescritas ilegales

Cada vez son más frecuentes las reclamaciones por deudas muy antiguas que hacen empresas de cobro de morosos, algo que en muchos casos es ilegal. Compran listas de presuntos deudores y presionan con un supuesto cobro jurídico, y muchas personas terminan pagando por miedo o desconocimiento.
Por ley, las tarjetas de crédito y los préstamos prescriben a los 3 años desde el vencimiento y la acción ejecutiva a los 5. Si tu deuda tiene más de tres años, es posible que esté prescrita; si supera los cinco, legalmente no podrían embargar tus bienes. Si recibes un cobro por una deuda vencida hace años, consulta con un abogado antes de firmar cualquier acuerdo de pago: puede que no estés obligado a pagar nada. Recuerda que las centrales de información como Datacrédito o TransUnion siguen de cerca tu comportamiento crediticio.
 

¿Cómo se declara la prescripción?

La prescripción no la declara el juez de oficio: hay que alegarla (Art. 2513 CC). Puedes invocarla por vía de acción ante un juez civil, o por vía de excepción si un banco te demanda, presentándola dentro del proceso como mecanismo de defensa. El juez, antes de dictar sentencia, deberá declararla o negarla de forma motivada.
 

Certificado de paz y salvo

El paz y salvo es un documento que deja constancia de que no existe una deuda pendiente y que la persona o el inmueble están al día con sus obligaciones. Para vender un inmueble con medidas cautelares primero hay que pagar la deuda y solicitar el paz y salvo correspondiente; en el caso del impuesto predial o la valorización, el certificado de estado de cuenta se tramita en línea a través del portal oficial de la entidad distrital (en Bogotá, el IDU) con el CHIP y la matrícula inmobiliaria del predio.
 

Qué debes recordar sobre la prescripción de deudas

La prescripción es una herramienta de defensa, no una forma de dejar de pagar sin consecuencias: mientras corre el plazo, tu historial crediticio sigue afectado. Conocer los plazos (5 años la acción ejecutiva, 3 los títulos valores) te permite reconocer cuándo un cobro es ilegal y actuar con asesoría. 

Y ten presente que las deudas no prescritas se heredan, así que conviene resolverlas a tiempo.

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  1. Nuevo
    #180
    03/10/19 09:03

    Buenos dias mi madre tiene
    75 añ9s y adquirió una deuda
    Con un banco en el 2016 no podido pagar ni una cota que debe de aser pagar no tiene el dinero aser un acuerdo de pago

  2. en respuesta a Jonathan1911
    -
    Nuevo
    #179
    02/10/19 08:54

    Creo que por principios toda persona que se considere correcta debe pagar sus obligaciones. Lo contrario dice mucho de esa persona.

  3. Nuevo
    #178
    01/10/19 19:33

    Buenas noches, servi de codeudor en el año 2003 por un prestamo de 8 millones, el se atraso no siguio pagando el caso es que el pasado jueves 26 de septiembre de 2019 me llamaron de adcore para cobrarme el saldo de la deuda algo de 3 millones y me amenazaron con que me iban a reportar a las centrales de riesgo, que debo hacer como debo proceder gracias por su respuesta

  4. en respuesta a Artber
    -
    Nuevo
    #177
    01/10/19 17:35

    Hola Artber que te han dicho. Para mi eso está prescrito, toca es demandar a sistemcobro. Y elevar derecho de petición a las centrales de riesgos.
    Prescripción de deudas en Colombia 2019: ¿Cómo evitar pagar deudas prescritas ilegales?
    Es cada vez más común ver reclamaciones de deudas antiguas, por parte de empresas especializadas en el cobro de morosos, las cuales son ilegales. Estas empresas compran las listas de presuntos deudores a otras compañías, entre ellas a bancos, corporaciones de ahorro y vivienda, compañías de telefonía, almacenes de cadena que venden productos a plazos, empresas de servicios públicos, entre otros.

    Lo anterior lo hacen con el objetivo de realizar el supuesto “cobro jurídico” y en muchos casos las personas les pagan por miedo o porque desconocen sus derechos.. TOMADO DE RANKIA

  5. Nuevo
    #175
    30/09/19 14:48

    Hola soy Cristina quisiera saber, hace más de 7 años tengo una deuda con una cooperativa y pasan llamando al fiador y le dicen que lo van embargar tengo derecho a la prescripción de la obligación o que puedo hacer en este caso en el momento estoy pasando por una situación crítica porq no tengo trabajo hace más de 6 años gracias

  6. Nuevo
    #174
    29/09/19 20:12

    buenas noches en mi caso tengo una deuda desde hace 12 años como codeudor quiero saber que debo hacer para negociar o alguien que me ayude con eso, un contacto confiable porque ya me estafaron por hacer consignaciones negociando por internet

  7. Nuevo
    #172
    29/09/19 11:44

    Buen dia tengo una deuda con etb por mas de 7 años.la cual no pude pagar por una enfermedad que me impide trabajar.Se comunicaron conmigo y de $200.000 q se debian me estan cobrando $800.000 y q por ser una entida del estado no condonan intereses ni la deuda eso me dijieron. Agradeceria quien me pudiera coolaborar con esto

  8. en respuesta a Nelson Estevez
    -
    Nuevo
    #171
    26/09/19 13:48

    Buenas tardes

    Desde el año 2007 tenia una deuda por $241.000 con una empresa de cosméticos, el año pasado con un derecho de petición les solicite la prescripción de la deuda y aunque aceptaron la prescripción la deuda no se extinguió es decir que a pesar de prescribir voy a seguir reportada negativamente por cuatro años más a partir de la prescripción, la pregunta es: hay alguna forma de solicitar la extinción de la deuda? ya que pasaron muchos años y ellos no exigieron la deuda. Agradezco su asesoría.

  9. Nuevo
    #170
    26/09/19 10:12

    Cordiales saludos.
    Mi nombre es Mauricio. Hace poco vengo recibiendo mensajes y llamadas amenazantes de abrir procesos judiciales y embargos, además de que llevo reportado en datacredito 15 años ellos amenazan de nuevos reportes a centrales de riesgo. Hay posibilidad de apelar al recurso de la prescripción jurídica de la obligación? Ellos son la única fuente de reporte negativo.

  10. Nuevo
    #169
    25/09/19 10:54

    Buenos dias, tengo una deuda con 6 tarjetas de creditos y el monto entre todas superan los 20 millones desde el 2015 las deje de cancelar porque en realidad no pude seguir,,, hoy dia me llaman de empresas de financiacion para hacer acuerdo de pago pero no he podido llegar a ningun acuerdo ya que no me encuentro trabajando y no tengo con que pagar... mi pregunta es la siguiente que debo hacer para que esa deuda prescriba ,, la mayoria de las personas me dicen que espere 10 anos para que me borren de las centrales de riesgo es eso correpto?

  11. en respuesta a Nancycastellanos
    -
    Nuevo
    #168
    19/09/19 21:27

    Sí el camión fue decomisado por transportar droga, jamás te lo devolverán hagas lo que hagas. Todo elemento que se haya utilizado para llevar a cabo un fin delincuencial es extinguido legalmente. Inclusive el pasaje de avión cuando se detiene a una "mula" saliendo del país. A mí me ocurrió con un carro que presté y al amigo lo pillaron con marihuana en la bodega. Hasta allí llegó el carro... y el amigo.

  12. Nuevo
    #167
    19/09/19 12:15

    Buenos dias. Tengo una deuda con una entidad bancaria por tarjeta de crédito de mas de 10 años de vencida. Hace unos meses me comenzaron a llamar de una casa de cobre sistemcobro, cobrando dicha deuda. Al revisar el reporte en CIFIN, han revivido esa deuda hace unos dos años, como si a partir del tiempo en que ellos compraron la cartera, por enésima vez, la deuda volviera a vivir pero desde hace menos tiempo. En ese caso como procede uno a decirle a la central de riesgo sobre la prescripcion automática? En el reporte de CIFIN, dice que el estado de la obligación es "castigada"

  13. Nuevo
    #166
    18/09/19 15:04

    Buenas tardes Tengo una consulta en el 2013 adquirí un computador x medio de telefonía Movistar me reportaron en data crédito xq lamentablemente en ese tiempo no lo pude pagar lo q quiero saber si esa deuda ya prescribió O si pago cuanto tiempo se demora en sacarme del reporte Gracias

  14. Nuevo
    #165
    17/09/19 22:16

    Si la deuda es con corporación interactuar hace 9 años y le pasa la cartera a otra entidad esta entiedad me puede seguir cobrando? O queda la deuda prescrita? Cómo debo llevar el trámite para no pagar y que no afecte mas al historial crediticio?

  15. Nuevo
    #164
    17/09/19 21:39

    Por un crédito de libre inversión con saldo de 20 millones, pueden el Banco embargar una casa que es herencia???

  16. Nuevo
    #163
    17/09/19 13:11

    Buenas tardes, por favor su asesoría: Tengo dos deudas con una empresa de celulares que ya tiene más de 15 años, llamé para ponerme al día, Con la primera empresa me cobraron solo lo que debía sin intereses ni gastos de cobranza ($133.000), con la segunda me están cobrando por un valor de $200.000 debo pagar $2.000.000 y me la dejan en $1.300.000, Quiero limpiar mi historial crediticio pero no tengo todo el dinero, ¡porque en una compañía si me cobraron solo la deuda y la otra no? Qué debo hacer para pagar lo mínimo?

  17. Nuevo
    #162
    13/09/19 11:28

    buenas tardes mi nombre es fiaban duran me aparecen unas deudas de claro y otra de tigo con fecha de el 2006 y 2010 me gustaría saber si tengo el derecho ala prescripción y que tengo q hacer ya q nunca fui notificado mil gracias y quedo atento a una respuesta

  18. Nuevo
    #161
    10/09/19 13:54

    Buenas tardes,
    Tengo una deuda con una empresa de telefonía celular, la fecha en la que entro en mora es el 19/07/2013. Es posible solicitar la prescripción de esta?
    Por otra parte tengo un reporte con una entidad pero esta fue por una suplantación, yo me remitir a la fiscalia y se interpuso el debido denuncio pero a la fecha nada, es mejor solicitar la prescripción de esa deuda también o es mejor ir de nuevo a la fiscalia?

    Gracias!!