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Prescripción de deudas en Colombia: plazos y guía

¿Prescriben las deudas en Colombia?, ¿Cuánto tiempo debe transcurrir para que prescriba una deuda? Te explicaremos cómo funciona la figura de prescripción de la acción jurídica y ordinaria y cómo puedes evitar pagar deudas prescritas que se cobran de forma ilegal.
¿Prescriben las deudas en Colombia? Sí, pero no funciona como muchos creen. Aquí te explicamos en cuántos años prescribe cada tipo de deuda, qué la interrumpe y cómo evitar pagar deudas prescritas que algunas empresas cobran de forma ilegal.
 
 
Puntos clave
  • La acción ejecutiva prescribe a los 5 años; la ordinaria, a los 10 (Art. 2536 CC).
  • Pagarés y letras de cambio: 3 años; cheques: 6 meses.
  • La prescripción quita el cobro judicial, no borra el reporte en centrales.
  • Reconocer la deuda o una demanda reinicia el conteo.

¿Qué es la prescripción de deudas en Colombia?

Una deuda es una obligación plasmada en un documento o título valor (un cheque, un pagaré, un contrato, una letra de cambio). Ese título es el que le da vida jurídica a la deuda: sin él, jurídicamente la deuda no existe.
La prescripción es un fenómeno jurídico por el que, con el paso del tiempo, se puede perder o ganar un derecho. Aplicada a las deudas, significa que si el acreedor no cobra dentro del plazo legal, pierde el derecho a exigir el pago por la vía judicial.
Ojo con un matiz importante: la prescripción elimina el derecho del acreedor a cobrar judicialmente, no el deber de pagar. La deuda no desaparece y puede seguir afectando tu historial hasta que llegues a un acuerdo o se depure el reporte.
 

Tipos de prescripción

  • Prescripción adquisitiva: permite ganar el dominio de un bien por poseerlo con las condiciones legales (Art. 2518 CC).
  • Prescripción extintiva: es la que aplica a las deudas; extingue acciones y derechos por no ejercerlos durante cierto tiempo (Art. 2535 CC).
 

¿En cuántos años prescribe una deuda?

El plazo depende del tipo de acción y del título que respalde la deuda. El artículo 2536 del Código Civil es la base:
Artículo 2536. La acción ejecutiva se prescribe por cinco (5) años y la ordinaria por diez (10). La acción ejecutiva se convierte en ordinaria por el lapso de cinco (5) años, y convertida en ordinaria durará solamente otros cinco (5). Una vez interrumpida o renunciada una prescripción, comenzará a contarse nuevamente el respectivo término.
  • Pagarés y letras de cambio: prescriben a los 3 años desde el vencimiento.
  • Cheques: prescriben a los 6 meses desde que se hacen exigibles.
  • Tarjetas de crédito y préstamos: según el título que los respalde, suelen prescribir a los 3 años; la acción ejecutiva, a los 5.
  • Contratos, conciliaciones y otros documentos: se cobran por acción ejecutiva y prescriben a los 5 años del vencimiento.
Para una deuda con una entidad financiera, la prescripción de la acción ejecutiva es de 5 años contados desde que entraste en mora. Ante un caso concreto, conviene consultar a un abogado.
 

¿Cuándo se interrumpe o se suspende la prescripción?

La prescripción no corre sola: hay hechos que reinician o pausan el reloj. Quizá te interese: cuántos años deben pasar para la prescripción de las deudas.

Interrupción

Según el artículo 2539 del Código Civil, la prescripción se interrumpe cuando el deudor reconoce la deuda (por ejemplo, al firmar un plan de pagos) o cuando el acreedor presenta la demanda judicial. Al interrumpirse, el término vuelve a contarse desde cero.

Suspensión

La suspensión pausa el conteo por un plazo y, una vez vencido, la prescripción continúa desde donde se quedó. Es habitual en el reclamo de derechos laborales.
 

Cómo evitar pagar deudas prescritas ilegales

Cada vez son más frecuentes las reclamaciones por deudas muy antiguas que hacen empresas de cobro de morosos, algo que en muchos casos es ilegal. Compran listas de presuntos deudores y presionan con un supuesto cobro jurídico, y muchas personas terminan pagando por miedo o desconocimiento.
Por ley, las tarjetas de crédito y los préstamos prescriben a los 3 años desde el vencimiento y la acción ejecutiva a los 5. Si tu deuda tiene más de tres años, es posible que esté prescrita; si supera los cinco, legalmente no podrían embargar tus bienes. Si recibes un cobro por una deuda vencida hace años, consulta con un abogado antes de firmar cualquier acuerdo de pago: puede que no estés obligado a pagar nada. Recuerda que las centrales de información como Datacrédito o TransUnion siguen de cerca tu comportamiento crediticio.
 

¿Cómo se declara la prescripción?

La prescripción no la declara el juez de oficio: hay que alegarla (Art. 2513 CC). Puedes invocarla por vía de acción ante un juez civil, o por vía de excepción si un banco te demanda, presentándola dentro del proceso como mecanismo de defensa. El juez, antes de dictar sentencia, deberá declararla o negarla de forma motivada.
 

Certificado de paz y salvo

El paz y salvo es un documento que deja constancia de que no existe una deuda pendiente y que la persona o el inmueble están al día con sus obligaciones. Para vender un inmueble con medidas cautelares primero hay que pagar la deuda y solicitar el paz y salvo correspondiente; en el caso del impuesto predial o la valorización, el certificado de estado de cuenta se tramita en línea a través del portal oficial de la entidad distrital (en Bogotá, el IDU) con el CHIP y la matrícula inmobiliaria del predio.
 

Qué debes recordar sobre la prescripción de deudas

La prescripción es una herramienta de defensa, no una forma de dejar de pagar sin consecuencias: mientras corre el plazo, tu historial crediticio sigue afectado. Conocer los plazos (5 años la acción ejecutiva, 3 los títulos valores) te permite reconocer cuándo un cobro es ilegal y actuar con asesoría. 

Y ten presente que las deudas no prescritas se heredan, así que conviene resolverlas a tiempo.

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  1. Nuevo
    #120
    17/07/19 12:04

    Buenos dias quiero pedir porfavor una orientacion tengo una deuba hace 8 años con el banco w que por falta de empleo no e podido cancelar esta mañana me enviaron este correo de una citacion de renovar financiera y quisiera saber que debo hacer en este caso pues no cuento con el dinero para pagar toda la obligacion de u a sola porfavor si me pueden guiar les agradezeriq en el alma gracias.

    manifestar que hemos iniciado el proceso de investigación de activos como bienes inmuebles, cuentas bancarias, vehículos y matriculas mercantiles entre otros tendientes a constituir medidas cautelares que puedan ser solicitadas con la radicación de la correspondiente demanda en la que se exigirá la totalidad de la obligación adeudada, conforme al pagaré suscrito como garantía de la obligación exigida.

    En la presentación de la demanda se cobrará la totalidad de la obligación, no obstante, es nuestro interés evitar este tipo de acciones judicial que con llevan a incrementar la deuda por los gastos y costas judiciales que se causan, por lo expuesto, ratificamos nuestra propuesta para que se beneficie de descuentos

  2. Nuevo
    #119
    15/07/19 10:07

    Buen día,
    Mi mamá tiene una deuda por un crédito en un almacén de ropa desde el año 2012.
    Es posible que esta obligación ya haya prescrito y de ser así cual sería el paso a seguir.
    Puede ella solicitar un crédito para negocio?

  3. Nuevo
    #118
    14/07/19 07:54

    gracias: hace 12 años adquirí dos tarjetas de crédito una con el EXITO por valor de $700.000 y otra con BANCOLOMBIA por valor de $600.000 también estaba pagando un plan de celularcon la entonces llamada"COMCEL" hoy en día "CLARO"y también estaba pagando un"tv" con "electromillonaria".alcanze a pagar durante un año mis compromisos.pero lamentable se me acabo el trabajo, y dure por unos meses sin un empleo fijo y no pude seguir pagando mis compromisos adquiridos,el ultimo pago que hice de mis deudas fue en el 2008 la pregunta es estas deudas ya prescribierón? puedo acercarme a las centrales de riesgo para solicitar"prescripción"?de antemano agradeciendo su respuesta.

  4. Nuevo
    #117
    12/07/19 22:35

    Hola. Aparezco reportado por una casa de cobranza (tarjeta exito) en la sifin por una deduda de nov de 2007. Que puedo hacer en este caso?

  5. Nuevo
    #116
    12/07/19 17:31

    Hola. Aparezco reportado por una casa de cobranza (tarjeta exito) en la sifin por una deduda de nov de 2007. Que puedo hacer en este caso?

  6. Nuevo
    #115
    11/07/19 15:28

    Buenas tardes tengo una deuda de 9 años y me he comunicado ya que en datacredito registra hace 4 años ya está prescrita y que bebo de hacer

  7. Nuevo
    #114
    10/07/19 13:01

    hola soy Osvaldo, tengo una deuda con Bancamia desde el 2011, en estos días me han estado llamando una casa de cobro amenazándome con un proceso judicial, este crédito fue sin codeudor, y amenazan con mandar citación a personas que figuraron en prestamos anteriores, es legal lo que están haciendo, puedo alegar prescripción de la deuda... gracias....

  8. Nuevo
    #113
    04/07/19 23:41

    Hola quiero saber si mis deudas prescribienron y si es así donde puedo consultar si ya sucedió?

  9. Nuevo
    #112
    04/07/19 10:38

    buenos dias, tengo una inquietud acerca de una deuda de tarjeta de credito que adquiri hace 15 años y hace 12 entre en mora con los pagos, solo recibi llamadas y cobros por 1 año en el cual estuve desempleado, desde ese entonces nunca mas tuve conocimiento de la deuda hasta hace 2 meses que una entidad de cobranza me envio un correo cobrando esa deuda. mi pregunta es la siguiente, que debo hacer y si es posible por el paso del tiempo se extinguiera la deuda, puedo pedir a las centrales de riesgo o al banco el paz y salvo?
    muchas gracias

  10. Nuevo
    #111
    02/07/19 12:48

    En el 2015 firme una letra por 3 millones. Ya han pasado más de tres años mi pregunta es ya está deuda prescribe. ?
    Gracias por su pronta respuesta

  11. Nuevo
    #110
    27/06/19 23:59

    Tengo una deuda hace mas de tres años, me gustaría saber quepuedo hacer ya que en monto esta muy elevado lo cual tampoco me dejan hacer acuerdo de pago. Pise un derrotado de peticiones el cual sólo me respondio que el monto es muy alto y según no puedo hacer acuerdo de pago ni tampoco me.dan solución respecto al.caso

  12. Nuevo
    #109
    26/06/19 15:03

    Buenas tardes,tengo una deuda con un banco para un credito educativo de otra persona,eso fue en noviembre de 2015.me gustaria saber si ya la deuda esta para prescripcion o este caso no es valido?

  13. Nuevo
    #108
    21/06/19 07:34

    Buenos dias, mi nombre es Isabel G. mi consulta es la siguiente: en el año 2006 adquirí una deuda por estudio con el icetex, la cual se pagaba mensualmente durante cada semestre, esta deuda la pague siempre puntual hasta el ultimo recibo quedando en 0, para el año 2007 adquiri una tarjeta de credito, siendo el año 2008 me comienzan a llamar del icetex diciendome que estaba en mora (es posible que haya quedado debiendo algún remanente el cual nunca fue notificado si no hasta el año 2008, dos años después de adquirir la deuda, en este mismo año me quedo sin trabajo y adquiero la deuda de la tarjeta de credito, en las ocasiones que me llamaron para ponerme al dia con la deuda de la tarjeta de credito nunca tuve el dinero para pagar, y con las centrales de cobro del icetex lo que hice fue enviar un escaneado de todos los recibos donde constaba que habia pagado mi credito, esos recibos hoy en dia ya no los tengo, pero del las centrales de cobro como icetex me llego hace un dia un correo (aclaro estamos a 21/06/19 y la deuda fue del primer semestre del año 2006), de la tarjeta de credito desde el 2012 no me llaman ni me contactan para realizar ningun cobro. La unica deuda que realmente no pague fue la de la tarjeta de credito. Pregunta, estas deudas fueron del año 2006 (icetex) y 2008 (tarjeta de credito) respectivamente ¿Estas deudas a 21/06/19 ya se encuentran preescritas? ¿como puedo saber si estas deudas preescribieron? ¿como puedo solicitar la baja de la deuda en las centrales de credito? de antemano muchas gracias por la informacion brindada.

  14. #107
    18/06/19 13:16

    Buenas tardes, agradezco su asesoría con este caso: Hace diez años (junio 2019) me otorgaron un crédito para pagar un semestre de la universidad por $2,000,000, sin embargo no lo pude pagar. El banco que asigno el préstamo fue el Banco de Crédito, este banco cambio al poco tiempo por el Helm Bank. Hace unos días me están llamando de una casa de cobranza para no empezar un proceso judicial y posibles embargos de salario y otras consecuencias por esos pagares. No obstante, no estoy reportado por esa obligación ante centrales de riesgo. Quedo atento a su orientación, para saber como manejar esta situación. Muchas gracias.

  15. Nuevo
    #106
    14/06/19 10:00

    Hola me llamo walter y tengo un problema con una deuda q fue hace mas de 5 años.. Cosa que pense q luego ese tiempo la deuda caduco,al saber q luego ese tiempo puede tener tarjeta d credito,credito personal... Pensando q ya estaba libre d deudas..hce unos dias llamaron diciendo q m iban a embargar mi cosas d mi casa por dicha deuda,esa llamada fue privada intimandome q les una cantidad d plata....me dijeron q puede ser una estafa,con los pocos datos que tienen sobre mi... Que debo hacer??

  16. Nuevo
    #105
    13/06/19 14:30

    Buenas tardes, agradezco por favor me puedan brindar ayuda.
    Recibí una llamada de los Sres. Juris Asociados, me dicen que tengo un saldo pendiente con TIGOUNE del 2010 por una cuenta de internet que adquirimos, pero nosotros no utilizamos mas la cuenta y no recibimos llamadas, ni correo informando que aun debíamos una factura, solo hasta hace 2 dias, me llego un correo informando. Llame y me dijeron que era una deuda del año 2010 y que había pasado por varias casas de cobro, que ellos ahora tomaron la deuda y que debo cancelar el total del monto y no a cuotas porque se reactiva la deuda como si estuviera utilizando el servicio, y que tengo un plazo hasta el proximo sabado para cancelar porque si no me van a reportar.
    Que debo hacer?

  17. Nuevo
    #104
    12/06/19 14:48

    Hola,una duda tengo una cuenta pendiente en Natura y ellos me pasaron a un departamento de cobro, la cuestión es que debo 400 desde el 2016 y no he podido pagar pues estuve años sin trabajo y ahora ellos no me bajan de 700. quisiera saber si tengo derecho a la prescripción de la obligación.

  18. Nuevo
    #103
    08/06/19 02:38

    Muy buen dia por favor agradezco su respuesta,
    tengo una deuda de un credito de libre inversion con DAVIVIENDA y desde Junio del 2015 estoy en mora, hasta la fecha no he podido abonar, ni hacer acuerdo de pago y menos ponerme al dia , hace tiempo no me contactaban , esta semana me han contactado de una casa de cobranza ofreciendome hasta el 60 % de descuento , pero no tengo como llegar a pagar ese 40%, les hice una oferta con loque alcanzo a reunir y se negaron.Como me recomiendan proceder?o que consejo me dan , agradezco

  19. Nuevo
    #102
    06/06/19 16:49

    Hola tendo una deuda de 1 millon desde el 2009 sin pagar osea hace 10 años, usted considera que debo pagar o no. puesto que llame y me dijeron que pagara el millón.pero alguien me dijo que ya debió prescribir

  20. Nuevo
    #101
    05/06/19 22:08

    En colombia, creo que estoy confundido sobre la prescripcion de una deuda financiera, (tarjetas de credito) pues se dice que a los diez años hay prescripcion de la deuda, pero en otros apartes contradice que el acreedor puede reiniciar los tiempos de prescripcion con solo una demanda o proceso judicial.