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Prescripción de deudas en Colombia 2024

¿Prescriben las deudas en Colombia?, ¿Cuánto tiempo debe transcurrir para que prescriba una deuda? En este post te explicaremos cómo funciona la figura de prescripción de la acción jurídica y ordinaria, cuando aplica y qué condiciones se deben cumplir, además te mostraremos cómo puedes evitar pagar deudas prescritas que se cobran de forma ilegal.

 

Prescripción de deudas en Colombia 2023
 
 

Prescripción de deudas en Colombia 2024: ¿Qué es?

Antes de definir qué es la Preinscripción de deudas en Colombia es importante que conozcas algunos conceptos para que no tengas dudas sobre este importante recurso.
 

Primeramente, debemos saber que las deudas son obligaciones que están plasmadas en un documento o título valor como por ejemplo un cheque, un pagare, un contrato, una letra de cambio, etc. Este documento o título valor es quien le da vida jurídica a la deuda, es decir, es quien permite darle valor, ejecutarla o cobrarla.  De no existir dicho título, la deuda jurídicamente no existe.

La prescripción por su parte, es un fenómeno jurídico que consolida una situación de hecho en el paso del tiempo, y que dependiendo de ese tiempo puede dar o quitar un derecho.

La prescripción de deudas, por el paso del tiempo y según el Código Civil de Colombia y el Código de Comercio, establecen que una deuda puede prescribir entre los 5 o 3 años de generada, lo que dependerá del tipo de trámite
 

En Colombia, el período de prescripción de deudas varía según el tipo de deuda. Generalmente, ha oscilado entre 3 y 5 años, dependiendo del tipo de deuda, el prestamista y las especificaciones del título valor que contenga los términos. En términos generales, las deudas civiles y comerciales prescriben en 10 años desde que se exigió el pago.

  • Prescripción a tres años: Incluye deudas respaldadas en títulos valores como letras de cambio y pagarés, así como deudas laborales por salarios no pagados. Sin embargo, en algunos casos laborales, existen fórmulas para evitar que la prescripción tenga lugar.
  • Prescripción a cinco años: Comprende otros documentos como contratos de arrendamiento, promesas de compraventa, conciliaciones, entre otros. También incluye las deudas fiscales, como las de impuestos.

Es importante consultar un experto legal para obtener asesoría personalizada sobre el período de prescripción aplicable a una deuda específica, ya que puede variar según las circunstancias y la legislación vigente en cada caso.

En Colombia, caso que una deuda no sea cobrada oportunamente, la misma podrá prescribir o extinguirse, como mencionamos, solo por el paso del tiempo, por lo tanto, el acreedor no podrá cobrar la deuda. Esto significa que el acreedor debe tratar la deuda dentro de los plazos legales, y así evitar que el derecho a cobrar el monto adeudado finalice.

Entonces, la prescripción de deudas en Colombia está representada por una situación de hechos que queda plasmada en un título valor, un contrato, u otro documento, dejando asentado principalmente el tiempo que debe transcurrir para prescribir una deuda. Ese tiempo está reglamentado en el Código Civil (Art. 2536).

En otras palabras, una deuda puede prescribirse en el paso del tiempo después de  cumplir los años que establezca el contrato, es decir, que este haya vencido. Tras la prescripción de la deuda, el acreedor no podrá reclamarlas. Esto no quiere decir que la deuda desapareció, de hecho, igual seguirá afectando tu historial crediticio a menos que llegues a un acuerdo de pago con la entidad; la prescripción sólo elimina el derecho que tiene el acreedor de cobrarla, no el deber de pagarla, algo que como sujeto de crédito te conviene hacer.
 
 

Tipos de Prescripción de deudas en Colombia

 La prescripción se divide en dos tipos

  • Prescripción Adquisitiva: es un tipo de prescripción establecida en el artículo 2518 del Código Civil Colombiano el cual señaló: “Se gana por prescripción el dominio de los bienes corporales, raíces o muebles, que están en el comercio humano, y se han poseído con las condiciones legales. Se ganan de la misma manera los otros derechos reales que no están especialmente exceptuados”.
  • Prescripción extintiva: corresponde al tipo de prescripción de las deudas el cual se define de forma general en el artículo 2535 del Código Civil La prescripción que extingue las acciones y derechos ajenos exige solamente cierto lapso de tiempo durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones. Se cuenta este tiempo desde que la obligación se haya hecho exigible.

 

Reglamentación de la Prescripción de deudas en Colombia

De acuerdo con el Código Civil, las deudas de carácter formal, se pueden extinguir, y una forma de que esto ocurra es a través de la figura de “prescripción”, que hace referencia a que se supere el tiempo en el cual una deuda puede ser cobrada. Pero esto dependerá de cómo se instrumenta la obligación, para que luego de cinco o diez años, dicha deuda efectivamente prescriba.

En este punto es importante revisar el artículo 2536 del Código Civil:

Artículo 2536. Prescripción de la acción ejecutiva y ordinaria
 La acción ejecutiva se prescribe por cinco (5) años. Y la ordinaria por diez (10).
 La acción ejecutiva se convierte en ordinaria por el lapso de cinco (5) años, y convertida en ordinaria durará solamente otros cinco (5). Una vez interrumpida o renunciada una prescripción, comenzará a contarse nuevamente el respectivo término.

Aclaración: Es importante que sepas que, para establecer la prescripción de una deuda con una entidad financiera, por lo general la prescripción de la acción ejecutiva es de 5 años, lo cual quiere decir que sólo entra en operación si ha transcurrido este tiempo desde el momento en que se hizo exigible la obligación, entendiendo esto como, el momento en el que se entró en mora.
 

¿Qué deudas se prescriben?

Por regla general en Colombia, la prescripción de una deuda puede ser de 5 o 3 años dependiendo del tipo de acción que se  requiera para hacerla efectiva judicialmente. De acuerdo con el Código Civil, entre las deudas que prescriben nos encontramos:

  • Prescripción de pagarés y letras de cambio: los pagarés y letras de cambio tiene un plazo de prescripción de tres años desde la fecha de vencimiento de pago. 
  • Prescripción de cheques: en el caso de los cheques, estos prescriben a los seis meses contado desde que el mismo se ha hecho exigible, es decir, desde el momento en que el acreedor puede presentar a cobro judicial la deuda. 
  • Prescripción de una tarjeta de crédito: una deuda de tarjeta de crédito con un banco, dependiendo del título que la respalde puede prescribir en tres años. 
  • Prescripción de otras deudas respaldada por un contrato o documento: las deudas que estén respaldadas por un contrato, una conciliación, etc. se cobran judicialmente mediante una acción ejecutiva o proceso ejecutivo, y su prescripción está regulada por el artículo 2536 del código civil. quiere decir, que la deuda prescribe a los 5 años de haberse vencido el plazo para pagarla o para cumplir con la obligación

¿Cuando se suspende la Prescripción de una deuda?

Es importante que sepas que la prescripción no solo se trata de sentarse a no pagar la deuda y esperar que pase el tiempo para que prescriba. Hay algunas situaciones que pueden suspender, interrumpir e incluso cancelar el periodo de prescripción de una deuda. 

La ley establece un límite temporal, que ya hemos comentado, para exigir los derechos que se tienen, y si no se reclaman dentro de ese término opera el fenómeno de la prescripción. Ahora bien. ¿Qué sucede si se reclama esa deuda?
Quizá te interesa: ¿cuántos años deben pasar para la prescripción de las deudas?

Interrupción de la Prescripción de una deuda

La Prescripción se puede interrumpir por diversas situaciones, como por ejemplo las señaladas en el artículo 2539 del código civil, que son:

  • Cuando el deudor reconoce expresa o tácitamente la deuda, por ejemplo, si firma un plan de pagos de esa deuda.
  • Cuando el acreedor presenta la demanda judicial.

Si sucede cualquiera de estos dos puntos durante el periodo en que la deuda se encuentra vigente, la Prescripción se interrumpe. Cuando el término de prescripción se interrumpe, dicho término vuelve a iniciar de nuevo, es decir, se cuenta desde cero. 
 

Suspensión de la Prescripción

A diferencia de la interrupción, la suspensión de la prescripción de una deuda lo que hace es, como su nombre lo indica, suspender el paso del reloj de la prescripción por un determinado plazo. Vencido ese plazo, la prescripción continuará desde el punto del reloj donde se quedó antes de la suspensión.

La suspensión suele darse en el reclamo de derechos laborales, de acuerdo a diversas cuestiones.

 

Prescripción de deudas en Colombia 2024: Consecuencias

Es importante tener en cuenta que contemplar la idea de no pagar una deuda, esperando a que muera la obligación, implica exponer tu reputación y afectar tu historial crediticio, por meses e incluso años, el cual es seguido de cerca por las centrales de información como Datacrédito, Cifín, Procrédito, entre otras.

Además, es muy importante acabar con el mito que dice que si el deudor fallece, la obligación también lo hace. Ya que de la misma forma que se hereda el patrimonio, también lo hacen las deudas, aclarándose en la ley que todos los colombianos tienen herederos. Por ejemplo, en un proceso de sucesión, los pasivos que tiene el difunto se pagarían con los bienes que les dejó a sus herederos. 

En caso de que se ponga en situación gravosa al heredero, también este podrá renunciar a su derecho.
 

Prescripción de deudas en Colombia 2024: ¿Cómo evitar pagar deudas prescritas ilegales?

Cada vez más, se observa el surgimiento de reclamaciones por deudas antiguas, llevadas a cabo por empresas especializadas en el cobro de morosos, lo cual es ilegal. Estas compañías adquieren listas de presuntos deudores de diversas entidades, como bancos, corporaciones de ahorro y vivienda, compañías de telefonía, almacenes de cadena y empresas de servicios públicos, entre otras.

El propósito de estas empresas es realizar lo que denominan un "cobro jurídico", y en muchos casos, las personas terminan pagándoles por miedo o desconocimiento de sus derechos.

Es fundamental entender que los títulos valores, como pagarés y letras de cambio, son los documentos que respaldan los créditos otorgados por bancos y entidades financieras.

Por ley, las tarjetas de crédito y préstamos otorgados prescriben después de transcurrir tres años desde el vencimiento de la deuda, y la acción ejecutiva prescribe a los cinco años. En otras palabras, si tu deuda tiene más de tres años desde su vencimiento, es posible que esté prescrita y, si tiene más de cinco años, legalmente no podrán embargar tus bienes.

Cuando recibas una llamada o carta relacionada con el cobro de una deuda vencida hace más de tres años, es importante consultar con un abogado para recibir asesoría adecuada. Es posible que no estés obligado a pagar nada y así evitar hacer acuerdos de pago innecesarios. Conociendo tus derechos, podrás actuar de manera adecuada y proteger tus intereses financieros.

¿Cómo se declara la prescripción en Colombia?

Para que una deuda sea objeto de prescripción, es necesario que se sigan los siguientes pasos:

  1. Solicitar ante un juez Civil o quien conozca de los procesos de cobro o procesos ejecutivos, la aplicación del artículo 2513 del código civil el cual indica: “El que quiera aprovecharse de la prescripción debe alegarla; el juez no puede declararla de oficio. La prescripción tanto la adquisitiva como la extintiva, podrá invocarse por vía de acción o por vía de excepción, por el propio prescribiente, o por sus acreedores o cualquiera otra persona que tenga interés en que sea declarada, inclusive habiendo aquel renunciado a ella”.
  2. Si eres el demandado por parte de un banco o entidad financiera quien inició el proceso, recuerda que cuentas con la prescripción como un mecanismo de defensa presentado dentro del proceso conocido como las excepciones en el que podrás alegar el paso del tiempo por parte de la demandante.
  3. Dentro del proceso, el juez antes de dictar sentencia deberá resolver la declaración declarándolo o negándola, si la misma se niega deberán exponerse los motivos.

Certificado de paz y salvo

El paz y salvo es un documento el que permite dejar constancia de que no existe ninguna deuda pendiente. Este documento tiene carácter legal permitiendo probar que una persona o en todo caso el bien inmueble que posea y del que es propietario no tiene ninguna deuda estando al día con sus obligaciones. 
 

¿Cómo obtener el Paz y Salvo De un inmueble?

No podrán vender su inmueble si sufre alguna medida cautelar. Para poder vender la propiedad, deben cumplir con sus obligaciones, ya que la deuda deben pagarla totalmente, para solicitar el paz y salvo de la deuda. 

 

¿Cómo solicitar el Paz y Salvo de impuesto predial Bogotá?

Para solicitar el Paz y Salvo deben hacerlo en la Notaria con la propiedad que esté bajo el impuesto predial en Bogotá, deben descargar el certificado de estado de cuenta, para el trámite notarial de Paz y Salvo).

  • El número del CHIP y/o Matrícula Inmobiliaria del predio, figura en el Certificado Catastral y aportarlo al servidor que expedirá el certificado.
  • Fotocopia de la Escritura pública de compra-venta del predio. Si el predio registró cambios en su forma y tamaño y no se registraron.
  • Lista de chequeo para radicar paz y salvos: para los urbanizadores, constructores y entidades del Estado que soliciten certificados masivos.


Realizar la solicitud mediante:

  • Virtual: En el enlace Portal de servicios de valorización, siempre y cuando el predio se encuentre sin deuda por todas las valorizaciones asignadas y si no requiere homologación y/o estudio técnico 
  • Contactando con los asesores en Chat de valorización
  • Si es una solicitud masiva, mediante el formulario web de radicación o  al correo [email protected]


Al finalizar el proceso obtendrán el Certificado de estado de cuenta para realizar el trámite notarial, en papel blanco, el que posee un PIN de seguridad es gratuito y pueden validarlo en el Portal de servicios de valorización, por entidades que lo soliciten.


El propietario deberá:

  1. Ingresar a idu.gov.co
  2. Pulsar en l“Trámites y Servicios
  3. Lo siguiente ir a Servicios en línea de valorización
  4. Seleccionar la opción de generar certificado de estado de cuenta
  5. Ingresar el número del CHIP del predio
  6. Luego pulsar en Validar
  7. Ingresar los datos de la matricula inmobiliaria,y la dirección del precio
  8. Ir a la opción Generar Certificado, y así descargaran el certificado, en formato PDF.

¿Qué opinas de la prescripción de deudas en Colombia?, ¿Crees que esta situación puede afectar tu historial crediticio? Conocer sobre la prescripción de deudas en Colombia 2024 permite al acreedor y al deudor tener conocimientos sobre cómo y cuándo prescribir una deuda, así como las consecuencias que debe enfrentar el deudor de no pagar dicha deuda en el tiempo establecido. 
 

Como dato adicional, es importante aclarar que una deuda, podrá llamarse deuda, solo si está respaldada por un documento o título valor que preste mérito ejecutivo, pues si no existe, jurídicamente esa deuda no existe, y lo que no existe no puede prescribir. 

  1. en respuesta a Jotadexp
    -
    Top 10
    #20
    16/01/19 10:28

    Llama al banco y consúltalo.

  2. Nuevo
    #19
    15/01/19 16:06

    Hola, gracias por este artículo tan útil.

    Tengo una pregunta, en el año 2012 adquirí un crédito de libre inversión, el cual durante el primer año pague cumplidamente pero mi situación económica cambió y no pude seguir pagando. Hace un par de meses recibí un extracto del banco en ceros y dos días después me llamaron de una empresa de cobranza que dice haber comprado la cartera. ¿Cómo puedo saber si la empresa es legal, si efectivamente compraron la cartera?, lo que me parece muy curioso es que están pidiendo un valor muy inferior a la deuda.

    Les agradezco sus comentarios.

    Mil gracias.

  3. Nuevo
    #18
    15/01/19 09:26

    Hola necesito saber tengo una deuda como codeudor hace 14 años en un almacén de electrodomésticos según la deuda es de 1.120.000 y con un descuento que ellos me hacen me queda en 710.000 necesito estar libre de data crédito para poder acceder al subsidio de vivienda del gobierno pero no dispongo de todo ese dinero

  4. en respuesta a Wilinton Gonzalez
    -
    Top 10
    #17
    11/01/19 08:34

    Si deseas, contrata a algún asesor legal. Pero la prescripción es automática si ha pasado el plazo. Si estas en alguna central de riesgo, puedes hacer el trámite tu mismo para darte de baja.

  5. en respuesta a Jotadexp
    -
    Top 10
    #16
    11/01/19 08:33

    Hola David!
    Lo más recomendable es que vayas a algún asesor legal, ya que el plazo de prescripción, dependiendo de las acciones tomadas por el banco, es siempre distinto que si lo tomas desde el momento de la deuda.

  6. Nuevo
    #15
    09/01/19 23:11

    Muy buenas tengo una deuda con un banco ya hace más de 5 años pero no sé cómo hacer una prescripción me gustaría saber si hay una empresa que las haga

  7. Nuevo
    #14
    31/12/18 07:41

    Buenas mi nombre es david.
    hace unos dias una empreza que compra cartera vencida empezo un proceso ejecutivo en mi contra por una deuda de hace varios años, esta deuda entro en cartera castigada en el banco en el año 2012 y nunca se hizo ningun pago ni se llego a ningun acuerdo con el banco, es posible que este ante un caso de prescripcion?
    muchas gracias por su atencion.

  8. en respuesta a Olgarcia
    -
    Nuevo
    #13
    23/12/18 18:33

    Continuó con el comentario anterior
    Si en 2007 no se generó cobro de obligación urbanística ni se expidio ningún requerimiento durante más de 11 años se puede dar prescripción de dicha obligación con el estado?
    Agradezco de antemano su ayuda y es de suma importancia para mí.
    Pues las personas involucradas en el cobro son de bajos ingresos.
    Gracias.

  9. Nuevo
    #12
    23/12/18 11:44

    En medellin Colombia una deuda con hacienda,Por obligaciones urbanísticas cobrada a persona natural de bajos recursos
    Después de 11 años de obtenida la licencia por reconocimiento de construcción con mas de 40 años de construída.
    Licencia de reconocimiento proferida en 2007,construcción levantada desde 1964 aprox.
    Las curadurias para 2007 no extendían cobro de obligacion urbanística y ahora a diciembre 2018, llega una notificación de requerimiento para cobro de deuda,por un exagerado valor,pues la indexación la hacen sobre el valor. M2 actual
    Ademas la curaduria nunca generó ni e

  10. Nuevo
    #11
    20/12/18 21:27

    Buenas noches me podría responder por favor tengo una deuda con x banco hace 8 anos ellos buscaron por medio de un juzgado encargarme pero el juzgado en el 2016 archivo el proceso por desistimiento tácito en enero de 2016 que debo de hacer o cuánto debo de esperar para que me saquen de las centrales de riesgo. Una segunda pregunta es verdad que si no vuelven a demandar después de los 6 meses de emitido el fallo pierden los títulos de la deuda? Muchas gracias y espero su pronta respuesta

  11. en respuesta a El2017
    -
    Top 10
    #10
    20/12/18 09:16

    La prescripción corre a partir de la última deuda que generaste. Si el plazo está prescripto, puedes comunicarte con las centrales de riesgo y solicitar la baja de la deuda del reporte

  12. Nuevo
    #9
    18/12/18 13:57

    Alguien me podría colaborar, en el año 2012 empecé a generar mora con una tarjeta de almacenes éxito,que por falta de empleo no pude cancelar, ya para este tiempo podría solicitar paz y salvo, ya que por el tiempo por prescripción ya se cumplió el tiempo para estar reportada en data crédito?,gracias

  13. en respuesta a Jonathan1911
    -
    Top 10
    #8
    14/12/18 07:16

    Hola Jonathan. Lamentablemente, hasta que no pagues a la cooperativa, lo más probable es que no podrás tomar ningún crédito hipotecario. Negocia con la cooperativa el pago, después de una deuda de tantos años, a lo mejor llegas a un arreglo con alguna quita importante de la deuda.

  14. Nuevo
    #7
    03/12/18 15:17

    Buenas Tardes:

    tengo una deuda de mas de 8 años con una cooperativa que presta plata para pagar semestres en la universidad, se firmo un pagare, des afortunadamente no cumpli con ningun pago ni tampoco estudie, estoy tramitando un credito hipotecario y me exigen un paz y salvo. que puedo hacer.

    Mil gracias por su asesoría.

  15. en respuesta a José Nelson Valencia
    -
    Top 10
    #6
    27/11/18 06:12

    Buenos días:

    Para establecer la prescripción de una deuda con una entidad financiera, la prescripción de la acción ejecutiva es de 5 años. Esto quiere decir que únicamente entrara en operación si ha llegado a transcurrir este tiempo desde el momento que se hizo exigible la obligación, entendiendo esto como, el momento en el que se entró en mora.
    En tu caso, la deuda es desde hace 3 años, no aplicaría para poder establecer la prescripción de la deuda.

    Saludos.

  16. en respuesta a Bemour
    -
    Top 10
    #5
    27/11/18 06:05

    Buenos días:
    En caso de existir deudas pendientes, estas actuaran de forma distinta dependiendo de su naturaleza y contrato que se haya pactado con el banco.
    Por lo general, al entregar un crédito bancario se exige tener un seguro de vida contratado a la par, el cual es asumido por el deudor mediante el pago de una porción de su cuota mensual, cuyo beneficiario es el banco. En caso de que la persona fallezca, la aseguradora le paga al banco el saldo insoluto de la deuda, siempre y cuando la obligación se encuentre al día.
    Te recomendaría que te acercaras a consultar sobre la posible existencia de este tipo de seguro y poder proceder de esta manera.

    Saludos

  17. Nuevo
    #3
    30/10/18 15:17

    buenas tardes, tengo una consulta, tengo una deuda financiera desde hace 7 años, por razones de fuerza mayor no pague , quisiera saber que puedo hacer , ya murió esa deuda, o cual es el paso a seguir? alguien que me pueda direccionar correctamente, gracias.

  18. Nuevo
    #2
    16/10/18 22:00

    Tengo una inquietud mi hermano fallecio y tenia deudas de tc con bancos. No existen activos vinculados de igual forma tenia deudas con terceros. Que sucede con la deuda de los bancos, si una de ellas tenia atrazo de varios años

  19. Nuevo
    #1
    15/10/18 21:03

    Hola soy Nelson tengo una deuda por unas tarjetas hace tres años tengo derecho a la prescripcion de la obligación gracias