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¿Qué impuestos pagan en Colombia las empresas?

¿Qué impuestos pagan en Colombia las empresas?

Tener una empresa es sinónimo de inversión, producción, desarrollo y comercio. Pero también de responsabilidad y de cumplir con todas las obligaciones tributarias que amerite afrontar cada año. En el siguiente post veremos qué impuestos pagan en Colombia las empresas. 

¿Qué impuestos pagan en Colombia las empresas?

 

 

¿Qué impuestos pagan en Colombia las empresas?

Sabemos que cada año las personas naturales, jurídicas y grandes contribuyentes deben declarar y pagar sus impuestos ante la DIAN como lo establece la ley. Todos sin falta deben ser responsables de pagar estos tributos y así evitar ser sancionados y multados.

En Colombia las empresas deben cancelar sus tributos, y entre los impuestos que deben pagar se encuentran:

  • Impuesto de Renta
  • Impuesto al Valor Agregado (IVA)
  • Retención en la Fuente
  • ICA
  • Impuesto al Patrimonio
  • Gravamen a los Movimientos Financieros

A continuación detallaremos cada uno de los impuestos que pagan en Colombia las empresas:

 

Impuesto de Renta

La Declaración de Renta es un impuesto anual el cual grava las utilidades que genere la empresa del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año. Cada año es modificada la tarifa del impuesto, teniendo para los últimos cuatro años las siguientes cifras:

  • Año 2019: 33%
  • Año 2020: 32%
  • Año 2021: 31%
  • Año 2022: 30%

La fecha de la declaración anual es programada y publicada en el Calendario Tributario de la DIAN, y se determina conforme el número de identificación tributario (NIT) asignado a la empresa. Para este 2020 la fecha para presentar y pagar la primera cuota es entre el 14 de abril y el 12 de mayo. La segunda cuota será entre el 9 y el 24 de junio.

 

Impuesto al Valor agregado (IVA)

El IVA es un impuesto de carácter nacional que grava la venta de bienes, la prestación de servicios, las importaciones y la circulación, venta u operación de juegos de suerte y azar. La tarifa general actualmente es del 19%. Esta tarifa determina que toda empresa que venda bienes o preste servicios, debe calcular un 19% adicional al valor del producto por concepto de IVA.

Toda empresa responsable de declarar IVA tiene dos periodos para pagar como lo establece el artículo 600 del estatuto tributario, uno bimestral y otro cuatrimestral.

  • Bimestral: contribuyentes con ingresos brutos al 31 de diciembre del año gravable anterior iguales o superiores a 92.000 UVT ($3.152.840 para el 2019)
  • Cuatrimestral: contribuyentes con ingresos en el año anterior menores a 92.000 UVT (3.152.840 para el 2019)

La declaración para ambos periodos debe realizarse entre el 12 y el 26 de mayo como lo estipula el Decreto 2345 de diciembre de 2019.

 

Retención en la Fuente

No es propiamente un impuesto, pero si es un mecanismo anticipado de recaudo del impuesto de renta. Las retenciones se manejan en dos vías, activas y pasiva.

  • Las activas: toda persona jurídica cada vez que cancela, está obligado a efectuar la retención en la fuente al beneficiario. Este valor recaudado debe ser declarado y pagado mensualmente, dentro de las fechas previamente fijadas por el calendario tributario.
  • Las pasivas: cuando la empresa presta sus servicios o vende bienes, su cliente deberá realizarle una retención en la fuente, de manera que todo negocio debe tener en cuenta actividad y usuarios para proyecta su flujo de caja, restando de los mismos el valor de la retención en la fuente que se le debe efectuar. En otras palabras, la retención en la fuente debe ser restada al impuesto de renta total que deberá pagar al año siguiente.

 

ICA

El Impuesto de Industria y Comercio (ICA) es un impuesto de carácter municipal que se genera por el ejercicio o realización directa o indirecta de cualquier actividad industrial, comercial o de servicios en jurisdicción del  Distrito Capital de Bogotá, ya sea que se cumpla de forma permanente u ocasional, en inmueble determinado, con establecimiento de comercio o sin ellos.

Existen dos regímenes de pago, el común y el simplificado. 

ICA: Régimen Común

A este régimen pertenecen las personas jurídicas y aquellas naturales que realizan una actividad industrial, comercial o de servicios, de forma permanente u ocasional y deben declarar y pagar el impuesto ICA, cada dos meses.

En cuanto a las fechas para declarar y pagar el Impuesto de Industria y Comercio en el Régimen Común,  fueron modificadas por la ampliación de la cuarentena generada por el COVID- 19 en Resolución SDH-000256 de 2020.

Periodo

Bimestre

Hasta el Día

2

Julio-Agosto

31 de agosto de 2020

3

Septiembre- Octubre

16 de octubre de 2020

4

Octubre- Noviembre

20 de noviembre de 2020

5

Noviembre- Diciembre

15 de diciembre de 2020

6

Enero- Febrero

12 de febrero de 2021

 

ICA: Régimen Simplificado

A este régimen pertenecen las personas que cumplen con las siguientes características:

  • Que en el año anterior o en el año en curso obtener ingresos brutos totales provenientes de la actividad, inferiores a 3.500 UVT.
  • No tener más de un establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio donde ejerzan su actividad.
  • En el establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio no se desarrollen actividades bajo franquicia, concesión, regalía, autorización o cualquier otro sistema que implique la explotación de intangibles.
  • No ser un usuario aduanero.
  • No celebrar en el año inmediatamente anterior ni en el año en curso contratos de venta de bienes y/o prestación de servicios gravados por valor individual, igual o superior a 3.500 UVT.
  • El monto de sus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras durante el año anterior o durante el respectivo año no debe superar la suma de 3.500 UVT.

La fecha para declarar y pagar el Impuesto de Industria y Comercio en el Régimen Simplificado año gravable 2019, fue el 24 de enero de 2020.

 

Impuesto al Patrimonio

También conocido como Impuesto a la riqueza, es un impuesto que grava la riqueza de las empresas, entendiendo riqueza como el patrimonio líquido que la compañía o empresa tenga el primero de enero de cada año.

Quien debe asumir el impuesto son aquellas personas naturales, jurídicas, sociedades de hecho que al 1 de enero pasado contaban con un patrimonio líquido de al menos $5.000 millones. Las fechas límites para pagar la primera cuota van del 12 de mayo al 26 de mismo mes, dependiendo del número de NIT. Y la presentación de la declaración y el pago de la segunda cuota irán del 28 de septiembre al 9 de octubre.

 

Gravamen a los Movimientos Financieros   (GMF)

Este impuesto se conoce como el 4 por 1.000 (monto de la transacción multiplicado por 0.004), que cobran las entidades financieras por las transacciones financieras que se hacen en cuentas de ahorro y corriente. El GMF fue creado con el fin de cubrir las crisis habidas y por haber en el país.

El recaudo del impuesto lo hacen las entidades bancarias, pero luego debe ser enviado a las carcas del gobierno. 

 

¿Qué impuestos pagan en Colombia las empresas? Conclusión

Conocer qué impuestos que pagan en Colombia las empresas permite a los dueños de empresas y a los nuevos emprendedores, estar al día con la declaración y pago oportuno de todos estos tributos, que no solo son nacionales sino que también son de orden municipal. Pagar a tiempo evita sanciones y pagar dinero extra sobre el monto declarado.

 

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  1. Nuevo
    #1
    02/07/22 09:18
    Hola. Por favor, ayúdame a lidiar con los impuestos. Yo mismo de Bielorrusia, quiero mudarme a vivir a Colombia y abrir un puesto de venta de batidos, se planea que solo 2 personas trabajen, está claro que los ingresos no serán grandes, me gustaría saber cuánto y qué impuestos debo pagar de este negocio. Simplemente no puedo calcular el costo de un cóctel sin conocer los impuestos.