El Régimen Simplificado del Impuesto Nacional al Consumo sigue siendo el esquema aplicable para ciertos restaurantes, bares y servicios gravados con INC cuando cumplen condiciones de ingresos, establecimiento y actividad. En 2026, lo más importante es mantener el enfoque en la responsabilidad 33 en el RUT, los topes de 3.500 UVT, y la obligación de revisar si realmente sigues cumpliendo los requisitos.
¿Qué es el impuesto al consumo?
El impuesto al consumo grava la prestación o venta de ciertos bienes y servicios que no se consideran de primera necesidad, como el servicio de restaurantes, bares, algunos vehículos y otros consumos específicos. Para el caso de restaurantes y bares, la norma parte del artículo 512-1 del Estatuto Tributario y mantiene la lógica de que el tributo recae sobre el consumo final.
¿Quién puede pertenecer al régimen?
Pueden pertenecer al régimen simplificado del INC las personas naturales que cumplan todas estas condiciones: ingresos brutos inferiores a 3.500 UVT en el año anterior, máximo un establecimiento de comercio, y no desarrollar actividades bajo franquicia, concesión, regalía, autorización o sistemas similares que impliquen explotación de intangibles. También deben registrar su condición en el RUT y cumplir con libro fiscal y exhibición visible del RUT en el establecimiento.
¿Quién puede pertenecer al régimen?
Pueden pertenecer al régimen simplificado del INC las personas naturales que cumplan todas estas condiciones: ingresos brutos inferiores a 3.500 UVT en el año anterior, máximo un establecimiento de comercio, y no desarrollar actividades bajo franquicia, concesión, regalía, autorización o sistemas similares que impliquen explotación de intangibles. También deben registrar su condición en el RUT y cumplir con libro fiscal y exhibición visible del RUT en el establecimiento.
Topes actualizados 2026
Para 2026, el tope de 3.500 UVT equivale aproximadamente a $174 millones si se toma una UVT cercana a $49.799, aunque el valor exacto depende de la UVT oficial del año gravable. Lo relevante para el post es que el tope ya no debe presentarse con cifras de 2023, porque quedó desactualizado frente al valor de la UVT y a la vigencia tributaria actual.
Concepto |
Condición 2026 |
Ingresos brutos del año anterior |
Inferiores a 3.500 UVT
|
Número de establecimientos |
Máximo 1
|
Franquicia / concesión / regalía |
No permitido
|
Usuario aduanero |
No debe serlo
|
Consignaciones y depósitos |
Deben mantenerse por debajo del tope legal de 3.500 UVT
|
Contratos de venta o servicios |
No deben superar el límite legal de 3.500 UVT
|
Bienes y servicios gravados
El impuesto al consumo se aplica, entre otros, a servicios de telefonía móvil, internet y datos, vehículos, motocicletas de mayor cilindrada, yates y aeronaves de uso privado, y al expendio de comidas y bebidas preparadas en restaurantes y bares. En 2026 conviene mantener esa clasificación sin mezclarla con IVA, porque son tributos distintos y con reglas diferentes.
Tarifas vigentes
Las tarifas del impuesto al consumo se mantienen en tres niveles principales: 16%, 8% y 4%, según el bien o servicio gravado. Para restaurantes y bares la tarifa aplicable sigue siendo 8%, mientras que telefonía, internet y datos móviles continúan al 4%.
Tarifa |
Aplicación |
16% |
Vehículos de alto valor, aeronaves y similares
|
8% |
Restaurantes, bares, yates, motos de más de 200 c.c.
|
4% |
Telefonía móvil, internet y datos
|
Declaración y vencimientos
La declaración del impuesto nacional al consumo se presenta
bimestralmente, en fechas que la DIAN fija cada año en el
calendario tributario. Para 2026, en el artículo conviene evitar las fechas de 2023 y reemplazarlas por una referencia genérica al calendario oficial vigente de la DIAN, porque los vencimientos cambian cada año.
Responsables y no responsables
Quienes no cumplan los requisitos del régimen simplificado pasan a ser responsables del IVA o del régimen que corresponda según su actividad y forma jurídica. En restaurantes y bares, la inscripción correcta en el RUT es clave: si aplica, debe figurar la responsabilidad 33 para el impuesto nacional al consumo.
RUT actualizado
Si un establecimiento empieza a cobrar INC, debe revisar y actualizar su RUT para reflejar la responsabilidad correcta. La DIAN exige coherencia entre la actividad real del negocio, su inscripción tributaria y el impuesto que efectivamente cobra al consumidor final.
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