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Qué documentos necesitas para la declaración de renta

Qué documentos necesitas para la declaración de renta

🤓☝️ Se deberá presentar documentos para determinar el patrimonio, las deducciones y los ingresos... ¿Para qué? Para realizar la declaración de la renta de este año en Colombia. ¡Que no se te pase!
Reunir los documentos para la declaración de renta antes de empezar te evita errores y sanciones. Necesitarás soportes de tu patrimonio, tus ingresos y tus deducciones, y conservarlos aunque ya hayas declarado y pagado. Te contamos qué documentos pedir según tu caso, cómo presentar la declaración con o sin firma electrónica y qué pasa si te retrasas.
 
Puntos clave
  • Reúne soportes de patrimonio, ingresos y deducciones.
  • Ten a mano el RUT actualizado.
  • Conserva todos los soportes tras declarar.
  • Declarar tarde: sanción mínima de 10 UVT ($523.740 en 2026).

¿Qué documentos necesitas para realizar la declaración de renta?

Existen varios documentos que debes tener a disposición para diligenciar la declaración de la renta, pero pueden aplicar o no según cada caso específico. No olvides conservar la totalidad de los soportes, incluso tras declarar y pagar el impuesto.
 
Si tienes dudas sobre los documentos necesarios, te recomendamos utilizar la plataforma Tributi, que te orienta sobre los documentos requeridos para tu situación particular y te ayuda a recopilar toda la información de manera eficiente, asegurando que no falte ningún documento importante.

Presentar la declaración de renta: con y sin firma electrónica

A continuación puedes ver cómo presentar la declaración electrónica con y sin firma. Pero antes, lo genérico que siempre se pide. 

Para declarar la renta se requiere:
  1. Una copia actualizada del certificado de inscripción en el Registro Único Tributario (RUT). Para diligenciarlo puede que necesites el código de municipios DIAN.
  2. La declaración o estado de cuenta del impuesto predial de los bienes inmuebles.
  3. Facturas de compra en caso de haber adquirido vehículos.
  4. Certificados de ingresos y retenciones por pagos laborales.

Con firma electrónica

  • Imprime dos copias del formulario de la declaración de renta y fírmalas. También necesitas dos copias del RUT. 
  • Ve al banco del que seas cliente y entrega al funcionario una copia de la declaración y del RUT.
  • Si te corresponde pagar impuesto, hazlo de forma presencial.
  • El banco pondrá el sello de recibido en una de las copias, que deberás conservar.

Sin firma electrónica

  • Ingresa con tu usuario y contraseña al portal web de la DIAN.
  • Elige la opción “Diligenciar y Presentar Formulario 210” y transcribe el formulario de la declaración de renta.
  • Selecciona la opción firmar y luego la opción presentar.
  • Si debes pagar impuesto, puedes hacerlo de forma virtual. 
  • La DIAN confirmará haber recibido la información con un sello con su logo, la fecha y la hora de presentación de la declaración. 
 

Patrimonio de las personas naturales

El patrimonio de una persona natural lo conforman todos los bienes y derechos a su nombre: inmuebles, vehículos, acciones, etc. Es lo que se llama "patrimonio bruto".

Los pasivos también forman parte del patrimonio que se debe declarar: hipotecas, deudas bancarias, deudas con proveedores, etc.

Al restar los pasivos al patrimonio bruto se determina el patrimonio líquido que debes declarar en la renta. 
 

Documentos para determinar el patrimonio

Para quienes residen en Colombia, el patrimonio bruto incluye los bienes que poseen en el exterior.

Los documentos que soportan el patrimonio son:

a. Certificados o extractos de los saldos de las cuentas de ahorro y corrientes. 
b. Certificados de las inversiones emitidos por las entidades donde se constituyó la inversión (CDT, bonos, derechos fiduciarios, inversiones obligatorias, entre otras).
c. Escrituras de adquisición de los bienes inmuebles o certificados de instrumentos públicos.
d. Declaración o estado de cuenta del impuesto de vehículos. Si necesitas los datos del vehículo, puedes consultar el RUNT por placa.
e. Relación de muebles, enseres, maquinaria y equipo, por su valor de adquisición más adiciones y mejoras.
f. Certificado de avalúo técnico de los bienes incorporales (good will, derechos de autor, propiedad industrial, literaria, artística, científica y otros).
g. Letras, pagarés y demás documentos que respalden cuentas por cobrar y obligaciones o deudas.
 

Documentos para las deducciones

Por lo general, son deducibles las expensas realizadas durante el año o período gravable, siempre que estén relacionadas con las actividades productivas de renta. 
  
Los documentos de soporte de las deducciones son:

a. Certificado de pagos de intereses por préstamos para adquisición de vivienda.
b. Certificados de pagos de salud y educación. 
c. Certificados por inversiones en nuevas plantaciones, riegos, pozos, silos, centros de reclusión, obras audiovisuales, librerías, proyectos cinematográficos y otros. 
d. Certificados por donaciones a la Nación, departamentos, municipios, distritos, territorios indígenas y otros.
e. Relación de facturas de gastos, indicando el valor total.
f. Relación de los pagos a empleados por sueldos, bonificaciones, vacaciones, cesantías y otros.
g. Certificado de pagos a cajas de compensación, ICBF, EPS, ARL, fondos de pensiones y otros. 
h. Pagos de impuesto predial e Industria y Comercio. 
i. Certificados de donaciones e inversiones efectuadas durante el año.
 

Documentos para determinar los ingresos

Si no llevas contabilidad, las personas naturales reconocen sus ingresos por el principio de caja.
  
Los documentos para soportar los ingresos son:

  1. Certificado de ingresos y retenciones laborales. 
  2. Certificado de ingreso promedio de los últimos 6 meses anteriores al pago de las cesantías e intereses.
  3. Certificado de salario básico (si tuviste la calidad de oficial o suboficial de las Fuerzas Militares, o agente de la Policía Nacional).
  4. Certificado de primas, bonificaciones, horas extras y demás complementos salariales (para reservas oficiales de la Fuerza Aérea, mientras ejerzas de piloto).
  5. Certificado de indemnizaciones por accidentes de trabajo o enfermedad, maternidad, gastos de entierro, seguro por muerte y compensaciones por muerte de miembros de las Fuerzas Militares y Policía Nacional.
  6. Certificado por prima de localización de vivienda (pactada antes del 31 de julio de 1995).
  7. Certificado de la prima especial y la prima de costo de vida del Decreto 3357 de 2009 (servidores públicos, diplomáticos, consulares y administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores).
  8. Certificado de indemnizaciones sustitutivas de pensión o devoluciones de saldos de ahorro.
  9. Certificados de ingresos por honorarios, comisiones y servicios.
  10. Certificados de rendimientos financieros pagados durante el año, expedidos por las entidades correspondientes.
  11. Certificado de pago de recompensas.
  12. Certificado de dividendos y participaciones recibidos durante el año, expedidos por las sociedades de las que eres socio o accionista.
  13. Certificados de pagos de indemnizaciones por destrucción y renovación de cultivos y por control de plagas.
  14. Certificados de ingresos por utilidades repartidas por sociedades liquidadas.
  15. Certificados de ingresos por el Incentivo a la Capitalización Rural (ICR o AIS).
  16. Certificados de pagos por concepto de alimentación efectuados por tu empleador.
  17. Certificado por incentivo forestal.
  18. Certificados o autorizaciones para la prestación de servicios de ecoturismo.
  19. Certificados de pago de indemnizaciones por seguros de vida. 
  20. Certificados que respalden exenciones para extranjeros contempladas en tratados o convenios internacionales.
  21. Certificados de dividendos y participaciones recibidos del año anterior.
      
Ya tienes los documentos necesarios. Ahora, ¿sabes cuándo presentarla? Consulta el calendario de la declaración de renta de este año.

¿Todo listo para tu declaración de renta?

Con el RUT actualizado y los soportes de patrimonio, ingresos y deducciones a mano, diligenciar la declaración es mucho más ágil y evitas correcciones. Recuerda que declarar no siempre implica pagar: el resultado puede ser cero o incluso un saldo a favor.

Y si te retrasas, la sanción mínima arranca en 10 UVT ($523.740 en 2026). Antes de empezar, ten lista la cuenta donde recibirás una eventual devolución: compara las mejores cuentas de ahorro de Colombia.
 

Preguntas Frecuentes sobre los documentos para la declaración de renta


Sí. Una persona natural residente no obligada a declarar puede presentar la declaración voluntariamente, siempre que le hayan practicado retenciones en la fuente a título del impuesto. Es útil, por ejemplo, para recuperar un saldo a favor.


Debes inscribirte en el Registro Único Tributario (RUT) o actualizar tu información si ya estás inscrito, presentar la declaración y, por último, pagar el impuesto si corresponde.


No. Declarar renta no implica pagar el impuesto. Puede que el impuesto a pagar sea 0 o que tengas un saldo a favor.


Puedes presentarla luego, pero deberás pagar una sanción por extemporaneidad más intereses de mora. La sanción mínima en 2026 es de 10 UVT, unos 523.740 pesos, incluso por declarar un solo día tarde.


No es obligatorio en general. Solo deben firmar la declaración con un contador las personas naturales obligadas a llevar contabilidad. Fuera de ese caso, no necesitas la firma de un contador.

Fuentes consultadas
  1. Nuevo
    #3
    04/07/19 23:51

    Donde encuentro explicación de las alternativas para diligenciar: Mecanismo Digital, Habilitando Cuenta y Directamente Sin Claves?

  2. en respuesta a Lilik
    -
    Top 25
    #2
    03/09/18 17:24

    Buenas tardes Lilik,

    En este caso, debes validar la información del Art. 107 del Estatuto Tributario.
    Así como también consultar el decreto 2250 del 2017 que reglamenta la presentación de renta personas naturales año gravable 2017 y el sistema de determinación cedular.

    Saludos

  3. Nuevo
    #1
    03/09/18 11:12

    Buenos días, tengo una duda, para las deducciones, las facturas de universidad de mi hija y mio aplican?.

    Gracias por su atención