
La declaración de renta de personas naturales es uno de los mecanismos previstos por el Estado para obtener ingresos que luego son reinvertidos en programas sociales, mejoramiento de infraestructura, entre otros, que redunden en el bienestar de la población. Se trata de un proceso que deben completar los residentes y no residentes en Colombia y que puede realizarse de forma virtual.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) es el ente encargado del cobro de este tributo. Este órgano establece cada año tributario unos topes para la declaración, para lo que considera elementos como los ingresos de las personas naturales, sus bienes, las compras y consumos realizados, así como sus consignaciones y transferencias durante el año previo.
¿Quiénes declaran renta y quienes no deben hacerlo?
Todas las personas naturales que cumplan con alguna de las siguientes condiciones deben declarar el impuesto sobre la renta 2023:
- Que el patrimonio bruto al término del año gravable 2022 sea igual o superior a $171.018.000
- Que los ingresos totales del respectivo ejercicio gravable sean iguales o superiores a $53.206.000
- Que los consumos mediante tarjeta de crédito sean iguales o superiores a $53.206.000
- Que el valor total de las compras y consumos sean igual o superior a $53.206.000
- Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras sean igual o superior a $53.206.000
Con base en estos datos, podrás saber si debes declarar o no en el 2023.
En la legislación vigente se señala que los asalariados que no sean responsables del impuesto a las ventas (IVA), cuyos ingresos brutos provengan por lo menos en un 80 % de pagos originados en una relación laboral, no están obligados a declarar, siempre que con relación al año gravable 2022 se cumplan todos los requisitos previstos.
También se explica que deberán declarar renta las sucesiones ilíquidas, así como los bienes destinados a fines especiales en virtud de donaciones y asignaciones modales, cuyos donatarios o asignatarios no los usufructúen personalmente, y las personas naturales no residentes que obtengan renta por establecimientos en Colombia.
Las personas naturales residentes en el exterior también deben declarar a través de internet. El pago del impuesto y el anticipo podrán efectuarlo electrónicamente en los bancos y otras entidades autorizadas.
¿Cuáles son los requisitos para declarar renta?
LA DIAN índica que para declarar es necesario tener el RUT y la firma electrónica, así como otros requisitos que varían de acuerdo a la condición económica del declarante.
El RUT
El Registro Único Tributario (RUT) es un documento que permite identificar, ubicar y clasificar a los sujetos de obligaciones administradas por la Unidad Administrativa Especial de la DIAN y a todos aquellos que deban hacerlo legalmente o por decisión de dicha unidad administrativa.
El declarante puede realizar la inscripción en el RUT en línea a través de la página de la DIAN, algo que debe realizar antes del comienzo de su actividad económica.
Las personas naturales que adquieran la calidad de declarantes del impuesto sobre la renta y complementario, de acuerdo a lo señalado en los artículos 591, 592 y 593 del Estatuto Tributario, tienen tiempo para inscribirse en el RUT hasta la fecha de vencimiento prevista para presentar su declaración de renta.
La firma electrónica
Se trata de un conjunto de datos usados para firmar un documento electrónicamente. De este modo, el declarante queda identificado en el portal de la DIAN.
La persona puede usar la plataforma en internet de esta institución para obtener su firma electrónica. Debe entrar a la página, buscar el menú "Transaccional", luego la opción "Usuario Registrado". Entonces aportará allí sus datos personales: a nombre de (Nombre Propio), tipo de documento, número de documento y contraseña. Al entrar en el apartado "Mis actividades", deberá elegir "Gestionar mi Firma Electrónica".

¿Cómo realizar la declaración de renta de personas naturales?
El proceso puede hacerse a través de internet. El usuario deberá en primer lugar conocer qué formulario debe completar.
Los residentes en territorio colombiano usan el formulario 210 y los no residentes el formulario 110. En el caso del formulario 210, el declarante debe ingresar a la página de la DIAN, ir al menú Transaccional y entrar a Usuario Registrado.
Luego debe elegir la opción a NOMBRE PROPIO y completar los datos. Entonces debe seleccionar “Diligenciar y presentar formulario 210". En la sección nuevo borrador, debe escoger el año 2020 y pulsar el botón Crear. La plataforma mostrará presentará una declaración sugerida, que puede aceptar de acuerdo a la información mostrad, y luego continuar con el diligenciamiento del formulario.
En resumen, una vez que el declarante tenga a la mano todos los recaudos y llegue la fecha establecida por la DIAN, debe realizar su declaración de renta para evitar sanciones y cumplir a tiempo con la legislación vigente, de modo que sus tributos lleguen a las arcas del Estado y puedan ser reinvertidos en la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos.
Para gestionar la Firmar Electrónica, deberá actualizar la información del Registro Único Tributario (RUT), conforme al Capítulo 2, Título 1, Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria y demás disposiciones reglamentarias que lo modifiquen, adicionen o sustituyan.
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¿Cuáles son los plazos para declarar renta?
Para la declaración de renta de las personas naturales el periodo de pago inicia con las personas cuya cédula termina en 01 y 02, que deben hacerlo el 9 de agosto del 2023, y finaliza con los terminales 99 y 00, que deben hacerlo el 19 de octubre del 2023.
Las fechas completas son las siguientes:

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De no hacerlo en el plazo estipulado, la persona se expone a sanciones:
- Sanción por extemporaneidad, por presentar la declaración fuera de plazo, que equivale al 5 % del impuesto. Este monto sube con cada mes transcurrido entre la fecha límite de pago y la fecha de pago.
- La DIAN establece una multa mínima de $424.000 por declaraciones no hechas o mal hechas. Este pago debe hacerse por realizar la declaración incluso con un día de tardanza, aun cuando la declaración de renta de la persona sea de cero pesos.
El artículo 643 del Estatuto Tributario indica, además, la sanción por no declarar. En él se señala que si la omisión se refiere a la declaración de renta, el porcentaje de la sanción equivale al 20% del valor de las consignaciones bancarias o ingresos brutos que determine la Administración por el período al cual corresponda la declaración no presentada, o al 20 % de los ingresos brutos de la última declaración de renta presentada, el que sea superior.
En resumen, conocer el proceso de declaración de renta para personas naturales y los plazos establecidos por la DIAN para realizarla, te permitirá cumplir tu deber como contribuyente y estar al día con tus obligaciones. Declarar renta dentro de los plazos establecidos evita sanciones y multas, por lo que te recomendamos verificar qué días te corresponde.
En resumen, conocer el proceso de declaración de renta para personas naturales y los plazos establecidos por la DIAN para realizarla, te permitirá cumplir tu deber como contribuyente y estar al día con tus obligaciones. Declarar renta dentro de los plazos establecidos evita sanciones y multas, por lo que te recomendamos verificar qué días te corresponde.