Es bien sabido que todo ingreso que sea recibido por una persona jurídica o natural está atenido a declarar un impuesto sobre la renta de acuerdo a la ley, pero actualmente existen ciertos ingresos específicos que las personas pueden recibir que son denominados como ingresos no constitutivos de renta los cuales han sido considerados por la ley.
¿Cuáles son los ingresos no constitutivos de renta?
En Colombia, todo ingreso recibido por una persona natural o jurídica se presume gravado con el impuesto sobre la renta o las ganancias ocasionales. Sin embargo, el Estatuto Tributario señala una lista de ingresos que no constituyen renta ni ganancia ocasional, es decir, que no forman parte de la base gravable y, por tanto, no generan impuesto. Estos ingresos mantienen el potencial de incrementar el patrimonio pero el legislador les otorga un tratamiento especial.
Para la declaración que se presenta en 2026 (año gravable 2025), conocer estos conceptos resulta clave para optimizar tu declaración. Recuerda que, aunque estén exentos, deben registrarse en el formulario para soportar el origen de tu patrimonio.
Consejo: revisa también las rentas exentas y deducciones permitidas para complementar tu planeación tributaria.
Principales ingresos no constitutivos de renta en 2026
La siguiente tabla resume los ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional más relevantes. Cada ítem está basado en artículos específicos del Estatuto Tributario (ET) o leyes vigentes,.
Categoría |
Normativa/Referencia |
Condiciones clave |
|---|---|---|
Aportes a seguridad social |
Art. 55 y 56 ET |
Los aportes obligatorios a pensión y salud realizados por empleados, empleadores e independientes no se consideran renta. También aplican aportes voluntarios al régimen de ahorro individual cuando no exceden el 30 % del ingreso laboral y están certificados. |
Incentivos y apoyos económicos |
Art. 46 ET y Ley 1429/2010 |
Subsidios no reembolsables otorgados por el Estado para programas educativos o proyectos productivos no constituyen renta. El incentivo a la capitalización rural (ICR) también está excluido. |
Ganancias de capital específicas |
Arts. 36-1, 36-3, 44 y 45 ET |
La utilidad en la venta de acciones inscritas en bolsa no genera renta si no supera el 3 % de la emisión; la capitalización de utilidades mediante emisión de acciones es no gravada. Parte de la utilidad por venta de vivienda adquirida antes de 1987 está exenta según tabla. Indemnizaciones por seguros de daño se excluyen en la parte que cubre el daño emergente. |
Recompensas estatales |
Art. 42 ET |
Pagos por información a organismos de seguridad del Estado no constituyen renta. |
Dividendos, participaciones y liquidaciones |
Arts. 48–51 ET |
Ciertos dividendos y participaciones de sociedades nacionales son no gravados si provienen de utilidades declaradas; la distribución de utilidades en liquidaciones hasta el capital aportado y utilidades no distribuidas anteriores también queda excluida. |
Aportes a fondos de inversión y componente inflacionario |
Arts. 38–41 ET |
El componente inflacionario de rendimientos financieros, tanto directos como de fondos de inversión, es un ingreso no constitutivo. Nota: un proyecto de reforma 2026 propone eliminar este beneficio para los rendimientos financieros; consulta con tu asesor si la ley se aprueba. |
Donaciones a partidos políticos |
Art. 47-1 ET |
Donaciones recibidas por partidos, movimientos o campañas políticas se excluyen de renta si se destinan exclusivamente a la financiación de campañas y se reportan adecuadamente. |
Gananciales y otros conceptos |
Arts. 47, 46‑1, 52 – 53 ET |
Los gananciales recibidos al disolver la sociedad conyugal no constituyen ganancia ocasional. También se excluyen indemnizaciones por destrucción de cultivos para controlar plagas, recursos para financiar transporte masivo y otros incentivos sectoriales. |
Detalle de cada categoría
Aportes a seguridad social y voluntarios
Los aportes obligatorios a pensión y salud hechos por trabajadores y empleadores se declaran como ingresos no constitutivos. También se excluyen los aportes voluntarios a fondos de pensiones y a cuentas AFC siempre que no excedan el 30 % del ingreso laboral y se encuentren debidamente certificados. Este beneficio fomenta el ahorro para la vejez; sin embargo, si los aportes voluntarios exceden el límite, la porción restante constituirá renta.
Incentivos y subsidios del Estado
El artículo 46 del ET establece que los apoyos económicos no reembolsables entregados por el Estado para financiar programas educativos o proyectos productivos son ingresos no constitutivos. La Ley 1429 de 2010 amplía el beneficio a subsidios para emprendimiento y capital semilla. Asimismo, el Incentivo a la Capitalización Rural (ICR), previsto en la Ley 101 de 1993, se excluye de la renta.
Ganancias de capital no gravadas
- Venta de acciones: según el artículo 36‑1 del ET, no generan renta las utilidades obtenidas por la venta de acciones inscritas en bolsa cuando la operación no supera el 3 % de las acciones en circulación. También están excluidas las utilidades derivadas de derivados basados exclusivamente en acciones.
- Capitalización de utilidades: el artículo 36‑3 permite a las sociedades distribuir utilidades mediante emisión de acciones o cuotas y trasladarlas a la cuenta de capital sin generar renta. Este incentivo fomenta la capitalización de las empresas.
- Venta de vivienda adquirida antes de 1987: el artículo 44 fija porcentajes de utilidad exentos según el año de compra; por ejemplo, una casa adquirida en 1986 tiene 10 % de utilidad no gravada, mientras que la adquirida antes de 1978 está 100 % exenta.
- Indemnizaciones por daños: las indemnizaciones pagadas por aseguradoras en la parte que corresponde al daño emergente (no lucro cesante) no constituyen renta. Para aplicar el beneficio, debe reinvertirse el monto recibido en un bien similar.
Recompensas y apoyos a campañas
Los pagos que organismos estatales entregan a personas por brindar información para la seguridad nacional no se consideran renta. Igualmente, las donaciones o sumas recibidas para financiar partidos, movimientos o campañas políticas se excluyen de renta si se destinan exclusivamente a la campaña y se reportan al organismo electoral.
Dividendos, participaciones y liquidaciones
Los dividendos y participaciones de sociedades nacionales se pueden clasificar como ingresos no constitutivos siempre que provengan de utilidades previamente declaradas y se determinen conforme a los artículos 48 y 49 del ET. Para la venta de acciones, el artículo 49 establece el procedimiento para calcular el monto máximo que se puede distribuir como ingreso no gravado. En las liquidaciones de sociedades, la distribución hasta el capital aportado y la parte de utilidades no distribuidas de períodos anteriores se excluyen de renta.
Componente inflacionario de rendimientos financieros
El artículo 38 y siguientes del ET permiten excluir el componente inflacionario de los rendimientos financieros recibidos por personas naturales y sucesiones ilíquidas. También se excluye la parte inflacionaria de los rendimientos distribuidos por fondos de inversión. Atención: el proyecto de reforma 2026 propone eliminar este beneficio y considerar gravados los componentes inflacionarios; consulta con un experto para verificar la normativa vigente al momento de declarar.
Otros ingresos excluidos
Otros conceptos que no constituyen renta ni ganancia ocasional incluyen:
- Gananciales recibidos al liquidar la sociedad conyugal.
- Indemnizaciones por destrucción o renovación de cultivos para control de plagas, siempre que sean programas públicos.
- Recursos destinados a financiar sistemas de transporte masivo, como Transmilenio, previstos en el artículo 53 del ET.
- Prima en colocación de acciones o cuotas sociales y capitalizaciones no gravadas, reguladas en los artículos 36 y 36‑3 del ET.
Diferencia entre ingresos no constitutivos y rentas exentas
A pesar de que ambos tipos de ingresos están libres de impuesto, su naturaleza difiere:
- Ingresos no constitutivos: son valores que la ley excluye de la base gravable de renta. Se restan antes de calcular la renta líquida y no se someten al límite del 40 % aplicable a las rentas exentas y deducciones.
- Rentas exentas: son ingresos gravados con tarifa cero; conservan su carácter de ingreso pero están sujetos a límites como el 25 % para rentas de trabajo (hasta 790 UVT) y el techo global del 40 % de la renta líquida.
Por ejemplo, las indemnizaciones laborales por accidentes de trabajo son rentas exentas, mientras que las indemnizaciones por daño emergente de un seguro son ingresos no constitutivos. Para más detalles consulta nuestro artículo sobre rentas exentas y límites.
Cómo reportar los ingresos no constitutivos en la declaración 2026
- Identifica el tipo de ingreso. Revisa si el dinero recibido corresponde a alguna de las categorías descritas.
- Conserva la documentación. Guarda certificados de aportes a pensión y salud, soportes de subvenciones, certificados de dividendos o participaciones y documentos de indemnizaciones o ventas de activos. Estos respaldos son necesarios en caso de requerimientos de la DIAN.
- Registra los montos en el formulario. En el formulario 210 (personas naturales) debes informar los ingresos no constitutivos en las casillas correspondientes para restarlos de la base. Para conocer todos los documentos necesarios, revisa nuestra guía qué documentos necesitas para realizar la declaración de renta.
- Verifica topes y límites. Si tus ingresos no constitutivos provienen de aportes voluntarios o utilidades de acciones, asegúrate de que cumplan los requisitos de porcentaje o porcentaje de acciones. De lo contrario, el excedente se considerará gravado.
- Consulta el calendario tributario. Presenta la declaración entre agosto y octubre de 2026 según los últimos dígitos de tu NIT. Puedes ver las fechas exactas en nuestro calendario tributario 2026 .
¿Qué sucederá con el componente inflacionario de los rendimientos financieros en 2026?
Actualmente, el componente inflacionario de los rendimientos financieros no constituye renta. No obstante, la propuesta de reforma tributaria 2026 plantea eliminar este beneficio, por lo que es importante seguir la discusión legislativa. En caso de aprobarse, los rendimientos financieros podrían estar totalmente gravados a partir de 2026.
Preguntas frecuentes
En realidad, no existen ingresos laborales no constitutivos de renta. Lo que sí existe son rentas exentas relacionadas con el trabajo (como indemnizaciones laborales) y aportes a seguridad social que se declaran como ingresos no constitutivos. Los salarios y honorarios se consideran ingresos gravados y solo pueden restarse mediante deducciones o rentas exentas.
Los auxilios educativos financiados por el Estado pueden clasificarse como ingresos no constitutivos si provienen de recursos públicos y cumplen los requisitos del artículo 46 del ET. En cambio, los subsidios de vivienda están sujetos a reglas específicas; consulta con un experto para evaluar su tratamiento.
Sí. Aunque los apoyos para emprendimiento son ingresos no constitutivos, deben declararse para justificar el ingreso en el formulario. Estos apoyos están exentos siempre que sean no reembolsables y provengan de programas del Estado.
Los ingresos no constitutivos se restan directamente en el renglón de ingresos no constitutivos del formulario y no están sujetos al límite global del 40 %. Las rentas exentas, en cambio, se restan en renglones de rentas exentas y se someten al límite del 40 % de la renta líquida. Asegúrate de clasificarlos correctamente para no perder beneficios.
Con esta guía, conoces los principales ingresos no constitutivos de renta que puedes reportar en tu declaración 2026. Aprovecha estos beneficios, lleva tus registros al día y consulta nuestros artículos sobre deducciones y rentas exentas y topes para declarar renta para optimizar tu obligación tributaria.