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¿Qué Tipos de Operaciones existen en el mercado de valores?

¿Qué Tipos de Operaciones existen en el mercado de valores?

Para poder operar en el mercado hay que conocer las diferentes operaciones que se pueden hacer en él, ya que con ello se puede establecer un portafolio de inversión donde existen diferentes instrumentos financieros y las operaciones que se pueden hacer en el mercado.

En el presente post se definen y describen las características más importantes de las operaciones que se pueden efectuar en el mercado de valores de Colombia, desde operaciones de contado, a plazo, repos, simultáneas, operaciones de transferencias temporales de valores, derivados, entre otros.


 ¿Cómo se clasifican las operaciones en el mercado de valores en Colombia?


En el mercado de valores de Colombia las operaciones se clasifican según el momento de cumplimiento, y se establece de la siguiente manera:

Operaciones según el momento de cumplimiento


- Operaciones de contado: de acuerdo al artículo 2.35.2.1.1. del Decreto 2555 de 2010, se consideran operaciones de contado aquellas cuya compensación y liquidación se realiza en la misma fecha de su celebración máximo en un periodo de tiempo determinado por la Superintendencia Financiera de Colombia- SFC.

Una operación de contado es aquella que registra un plazo para su compensación y liquidación igual a la fecha de celebración o de registro de la operación, es decir de hoy para hoy o hasta tres días hábiles contados a partir del día siguiente al registro de la operación.

Operaciones a plazo: son aquellas que no son operaciones de contado, es decir aquellas que se registran con un plazo para su compensación y liquidación superior a tres días hábiles contados a partir del día siguiente al registro.


Operaciones monetarias


Operaciones repo: Son aquellas operaciones en las que una parte, el enajenante, transfiere la propiedad a la otra, el adquirente, sobre valores a cambio del pago de una suma de dinero o monto inicial.

El adquirente se compromete a transferir al enajenante valor de la misma especie y características a cambio de una suma de dinero o monto final en la misma fecha o en una fecha posterior previamente acordada

Operaciones simultáneas: son aquellas operaciones en las que una parte, por ejemplo, el enajenante, transfiere la propiedad a la otra, y el adquirente sobre valores a cambio del pago de una suma de dinero o monto inicial y en las que el adquirente, al mismo tiempo, se compromete a transferir a los enajenantes valores de la misma especie y características a cambio de una suma de dinero o monto final en la misma fecha o en una fecha posterior previamente acordada.

Las operaciones simultáneas presentan características como:

-       Los plazos a los cuales pueden celebrarse son establecidos por los reglamentos de las bolsas de valores y de los sistemas de negociación de valores.

-       El plazo de la operación inicial convenida no puede ser superior a un año, contado a partir de la celebración de la respectiva operación.

-       El monto inicial no puede calcularse con un descuento sobre el precio de mercado de los valores objeto de la operación.

-       La duración de vigencia de la operación, no pueden sustituirse los valores inicialmente entregados por otros.

 Operaciones de transferencia temporal de valores (TTV): son las operaciones en las que una parte originadora, transfiere la propiedad de unos valores (objeto de la operación) a la otra (receptor), acordando transferirlos en la misma fecha o en una fecha posterior.

 Los TTV debe desarrollarse a través de sistemas de negociación de valores o de bolsas de valores autorizados por la SFC, en los que se solicitan dichas garantías para la realización de estas operaciones, administradas por el respectivo sistema o bolsa

Los TTV presentan las siguientes características:

 -       Los plazos a los cuales pueden celebrarse las operaciones son establecidos por los reglamentos de las bolsas de valores y de los sistemas de negociación de valores.

-       La transferencia de los valores objeto de la operación genera el pago de una suma de dinero por parte del receptor, calculada de acuerdo con lo dispuesto en los reglamentos de las bolsas de valores o de los sistemas de negociación de valores o acordadas por las partes según sea el caso.

Venta en corto: en Colombia las ventas en corto solo se utilizan en el mercado de renta fija, porque el mercado de renta variable no cuenta con una rueda que permita la libre negociación de la transferencia temporal de valores.

Operaciones estructuradas


Estas operaciones están compuestas por uno o más instrumentos financieros no derivados y uno o más instrumentos financieros derivados, los cuales pueden ser transferibles por separado o no y tener contrapartes diferentes o no por cada uno de los instrumentos financieros que lo componen. Cuando uno de los componentes tiene la calidad de valor, el producto estructurado también tiene la calidad de valor.

Un producto estructurado puede estar constituido con instrumentos financieros derivados implícitos o separables

Operaciones carrusel: las operaciones carrusel son las operaciones en las que existe un compromiso entre varios inversionistas. Estos se comprometen a rotarse la posesión de un valor de renta fija, de tal manera que la suma de los períodos en que cada uno de los participantes posee valor coinciden con el plazo total para el vencimiento del título.


La operación se realiza (en principio) sobre un mismo valor y todos los tramos se acuerdan de manera simultánea y al inicio de la transacción. Esta operación es considerada de carácter bursátil, incluso cuando algunos de los tramos se realizan a través del mercado mostrador.


Operaciones sobre instrumentos financieros derivados



Los instrumentos derivados son una operación cuya principal característica es que el precio justo se intercambia depende de uno o más subyacentes y su cumplimiento o liquidación se realiza en un momento posterior

Dicha liquidación puede ser en efectivo, en instrumento financiero o en productos o bienes transables, según se establezca en el contrato o en el correspondiente reglamento del sistema de negociación de valores, del sistema de registro de operaciones sobre valores o del sistema de compensación y liquidación.
 
Los instrumentos financieros derivados se negocian exclusivamente con alguno de los siguientes objetivos.

-    Cubrir los riesgos de otras posiciones

-    Obtener ganancias a través de la especulación

-    Realizar arbitraje


Operaciones especiales

Las operaciones especiales en el mercado de valores de Colombia se componen de las siguientes operaciones:

 Ofertas públicas de adquisición (OPA): Estas son las operaciones que le permiten a un inversionista nacional o extranjero adquirir una participación considerable de acciones. En Colombia se realiza este tipo de operaciones cuando el inversionista desea adquirir el 25% o más de una empresa o en los casos en que el inversionista ya tenga más del 25% y desee adquirir un porcentaje superior al 5% adicional.

Readquisición de acciones: esta es una opción con la que cuentan las empresas para adquirir las acciones que ya están en circulación. El mecanismo para efectuar la readquisición de acciones es a través del sistema transaccional de la Bolsa. En donde compiten en el mercado por la compra de las acciones y los mecanismos independientes, a través del desarrollo de una operación especial.

Enajenaciones de participaciones estatales: son las operaciones en las que se ofrece en venta a través de una oferta pública, participaciones de empresa del Estado. Dichas enajenaciones se deben realizar en cumplimiento de lo previsto en la ley 226 de 1995, una primera etapa dirigida a destinatarios de condiciones especiales y una segunda etapa que puede ser ofrecida al público en general.

Martillo: es un procedimiento de remate público de valores, para la venta de títulos inscritos en la Bolsa de Valores de Colombia. Este mecanismo únicamente se puede realizar a través de la BVC, lo que garantiza el libre acceso a la información y la adecuada formación de precios.


¿Quiénes están autorizados para realizar operaciones con instrumentos financieros derivados y productos estructurados?


Para realizar las operaciones de mercado de valores sólo están autorizadas las entidades que están sometidas a inspección y vigilancia de la SFC.

Solo las sociedades comisionistas de Bolsa pueden realizar estas operaciones, con sujeción a sus regímenes normativos propios, pueden realizar operaciones con instrumentos financieros derivados y productos estructurados en nombre propio, por cuenta a través de un contrato de comisión.

¿Cuáles son los tipos de instrumentos financieros derivados y productos estructurados?


Los tipos de instrumentos financieros derivados y productos estructurados que existen en el mercado de valores colombiano son los siguientes:

  • Forward: es un contrato hecho a la medida para comprar/vender una cantidad específica de un subyacente en una fecha futura.
  • Futuros: contrato estandarizado en donde las dos partes se obligan a comprar/vender un subyacente en una fecha futura. Se negocia en una bolsa de valores y se compensa y liquida a través de una cámara de riesgo central de contraparte.
  • Swaps: contrato mediante el cual se establece la obligación bilateral de intercambiar una serie de flujos por un periodo determinado, en fechas preestablecidas.
  • Opciones: contrato que da al comprador el derecho, mas no la obligación a comprar o vender el activo subyacente a un precio determinado en una fecha futura.

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