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Participaciones del usuario Isabel Sanz Torres

Isabel Sanz Torres 13/08/18 14:31
Ha respondido al tema Declaracion de Renta para un extranjero residente - Declaración Renta Colombia
Buenas tardes Ana María, De acuerdo, lo primero que debes hacer es verificar los convenios en el portal web de la DIAN. Y debes tener en cuenta lo que encontrarás en el siguiente enlace: https://www.dian.gov.co/impuestos/personas/Renta_Personas_Naturales_2017/Antes_de_presentar_la_declaracion_verifique/Paginas/default.aspx Para la presentación de la declaración: https://www.dian.gov.co/impuestos/personas/Renta_Personas_Naturales_2017/Presentacion_de_la%20Declaracion/Paginas/default.aspx Saludos
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Isabel Sanz Torres 13/08/18 14:30
Ha comentado en el artículo ¿Qué gastos puedes deducirte en tu declaración de renta?
Buenas tardes Felicontreras, Es importante que tengas presente el artículo 641, 639, 640, 635 del Estatuto Tributario. La circular externa 0003 de 2013. Si tienes declaraciones pendientes por presentar, debes consultar la siguiente normatividad: Artículo 641 del E.T Sanción de extemporaneidad. Artículo 640 del E.T, Aplicación de los principios de lesividad, proporcionalidad, gradualidad y favorabilidad en el régimen sancionatorio. Concepto unificado sobre procedimiento tributario y régimen tributario sancionatorio Artículo 639 del E.T, Sanción mínima. Artículo 634 del E.T, Intereses moratorios. Artículo 635 del ET, Determinación de la tasa de interés moratorio. Artículo 804 del ET, Prelación en la imputación del pago. Circular externa 003 de 2013. Consultar la tasa de interés vigente según corresponda en la página de la DIAN. Consultar el valor de la UVT para el año correspondiente. Saludos
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Isabel Sanz Torres 13/08/18 14:28
Ha comentado en el artículo IVA Colombia: tipos, tarifas, cálculo y períodos gravables
Buenas tardes Miguel, Con respecto a su consulta, es necesario que consulte por favor los artículos 424 del E.T , 477 del E.T y 468- 1 del E.T , en donde menciona respectivamente qué bienes están excluidos, exentos o gravados a la tarifa del 5%. Si no aplica en ninguno de los artículos mencionados se entenderá como gravado a la tarifa general del 19%. Y para Servicios excluidos del impuesto sobre las ventas verifica el Artículo 476 del E.T. Saludos
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Isabel Sanz Torres 13/08/18 14:27
Ha comentado en el artículo IVA Colombia: tipos, tarifas, cálculo y períodos gravables
Buenas tardes Diana, Para saber el porcentaje aplicado de retención, es necesario que te comuniques con un asesor de la DIAN a las líneas con costo 6059830, 5462200 en Bogotá y 019005550993, 019001115462 línea Nacional, de Lunes a Viernes de 6:00 a.m. a 08:00 p.m. y Sábados de 8:00 am a 2:00 pm. Saludos
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Isabel Sanz Torres 13/08/18 13:14
Ha comentado en el artículo ¿Cómo presentar mi declaración de renta 2023? Formulario 210
Buenas tardes Geronimo, Porqué indicas que los plazos para Persona Natural están errados? Son los correctos y son acordes a los que indica la DIAN en su página oficial Puedes comparar aquí: https://www.dian.gov.co/Calendarios/Calendario_Tributario_2018.pdf Saludos
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Isabel Sanz Torres 10/08/18 15:40
Ha respondido al tema Ingresos por comisión por ventas - en que cédula de debe registrar los ingresos - Declaración Renta Colombia
Buenas tardes Carlos, En este caso debes ingresar al siguiente link donde podrás encontrar el micro sitio habilitado por la DIAN, donde podrás validar cada una de las cedulas correspondientes a renta https://www.dian.gov.co/impuestos/personas/Renta_Personas_Naturales_2017/Presentacion/Paginas/default.aspx Saludos
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Isabel Sanz Torres 10/08/18 15:39
Ha respondido al tema ¿Cómo sacar el RUT por primera vez?
Buenas tardes Mónica, Para realizar la Inscripción del RUT a través de la página debes cumplir con los siguientes requisitos: Debes ser persona natural, que realiza actividades gravadas con el impuesto sobre las ventas, pertenecer al Régimen Simplificado de acuerdo con lo establecido en el artículo 499 del Estatuto Tributario y la actividad económica que realices no debe ser mercantil (No obligado a inscribirse en Cámara de Comercio). El proceso de Inscripción del RUT a través de la página es el siguiente: Se diligencia el formulario, se anexa la Cédula de ciudadanía en formato PDF y se verifica que el proceso sea exitoso. Posteriormente el área encargada, dentro de las dos horas siguientes, enviará copia del RUT formalizado al correo electrónico registrado en el formulario. Debes tener en cuenta que si tu no anexas la Cédula de ciudadanía en formato PDF, en el momento en que el proceso te informa, no podrás realizar la inscripción virtual y en consecuencia deberás hacerlo de manera presencial. Saludos
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Isabel Sanz Torres 10/08/18 15:38
Ha comentado en el artículo Asignación Citas DIAN: 2022
Buenas tardes Julianrojas, Tendrías en este caso que validar el artículo 499 del ET para determinar si puedes hacer la inscripción de manera virtual Artículo 499. E.T Quiénes pertenecen a este régimen. Al régimen simplificado del impuesto sobre las ventas pertenecen las personas naturales comerciantes y los artesanos, que sean minoristas o detallistas; los agricultores y los ganaderos, que realicen operaciones gravadas, así como quienes presten servicios gravados, siempre y cuando cumplan la totalidad de las siguientes condiciones: 1. Que en el año anterior hubieren obtenido ingresos brutos totales provenientes de la actividad, inferiores a tres mil quinientas (3.500) UVT. 2. Que tengan máximo un establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio donde ejercen su actividad. 3. Que en el establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio no se desarrollen actividades bajo franquicia, concesión, regalía, autorización o cualquier otro sistema que implique la explotación de intangibles. 4. Que no sean usuarios aduaneros. 5. Que no hayan celebrado en el año inmediatamente anterior ni en el año en curso contratos de venta de bienes y/o prestación de servicios gravados por valor individual, igualo superior a tres mil quinientas (3.500) UVT. 6. Que el monto de sus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras durante el año anterior o durante el respectivo año no supere la suma de tres mil quinientas (3.500) UVT. Parágrafo. Para la celebración de contratos de venta de bienes y/o de prestación de servicios gravados por cuantía individual y superior a tres mil quinientos (3.500) UVT, el responsable del régimen simplificado deberá inscribirse previamente en el régimen común. Nota adicional: UVT 2017: ($31.859) conversión 3500 UVT ($111.506.500) UVT 2018: ($33.156) conversión 3500 UVT ($116.046.000) Saludos
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