Hola Cesarrubio,
En este caso debes consultar las rentas cedulares y conceptos:
Rentas Cedulares
1. Rentas de Trabajo
2. Rentas de Pensiones
3. Rentas de Capital
4. Rentas No Laborales
5. Rentas de Dividendos y Participaciones
En el siguiente enlace puedes consultar los conceptos de rentas cedulares:
https://www.dian.gov.co/impuestos/personas/Renta_Personas_Naturales_2017/Clasificacion_y_definicion_Rentas_Cedulares/Introduccion/Paginas/default.aspx
Saludos
Hola Annysofia,
La casilla 35 corresponde a la suma del total de la renta exenta + el total de las deducciones imputables.
Debes tener en cuenta que la casilla 36 debes escribir el valor de la casilla 35, siempre y cuando esta no exceda el valor de la casilla 34.
Saludos
Buenas tardes Patricia,
Para esta inquietud sobre la indemnización laboral, es conveniente que consultes a través de la línea 01-900-5550993 de atención de la DIAN (costo), y así obtener información precisa de tu caso, con la ayuda de un asesor.
Saludos
Cesar buenas tardes,
Lo primero que tienes que tener claro, es que la declaración formulario 110, sólo aplica para las personas jurídicas y residentes en el Exterior verificar la Resolución 0013 de 2018.
Es este tu caso?
Saludos
Buenos días Jordani,
Por favor consulta los artículos 424 del E.T , 477 del E.T y 468- 1 del E.T , en donde se menciona respectivamente qué bienes están excluidos, exentos o gravados a la tarifa del 5%. Si no aplica en ninguno de los artículos mencionados se entenderá como gravado a la tarifa general del 19%. Y para servicios excluidos del impuesto sobre las ventas verifica el artículo 476 del E.T.
Saludos
Buenas tardes Nubia,
Debes verificar el decreto 1951 de 2017 Artículo 1.6.1. 13.2.7., donde le indica los topes para declarar, si cumples con uno de ellos, debes presentar la declaración de Renta del año gravable 2017.
En este enlace encontrarás la normatividad relacionada con la consulta:
http://es.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%201951%20DEL%2028%20DE%20NOVIEMBRE%20DE%202017.pdf
Saludos
Buenas tardes ibiscar,
Si cumples con al menos una condición, estás obligado a declarar renta año gravable 2017.
Para determinar si tienes que declarar Renta año gravable 2017, por favor consultar el, Art 1.6.1.13.2.7. en la página 5 del siguiente enlace:
http://es.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%201951%20DEL%2028%20DE%20NOVIEMBRE%20DE%202017.pdf
Saludos
Buenas tardes Marcedeoca,
Lo primero que debes aclarar es si estás obligada a inscribirte en el RUT, esto lo puedes hacer, verificando el Art 5 Decreto 2460 de 2013.
Dependiendo del caso lo podrás tramitar por Internet o de forma presencial en punto contacto.
Por esta razón te recomendamos comunicarte con un asesor de la DIAN en la línea: 019005550993 (costo), para que puedas terminar de aclarar tu caso.
Saludos