En el mercado laboral, los trabajadores colombianos deben conocer todos sus derechos y obligaciones, entre los derechos está el conocer sobre ¿qué es la prima de servicios?, un cobro que le corresponde a todo trabajador en Colombia.
¿Qué es la prima de servicios?
Las empresas en Colombia deben cumplir con el pago de la prima de servicios. La prima de servicios, es una prestación social cuyo pago corre a cargo del empleador y que corresponde al pago de 15 días por semestre laborado. Cada empleador debe pagarla en el último día del primer semestre. La prima de servicios es la prestación social cuyo pago de 30 días de salario por cada año trabajado, o proporcionalmente al tiempo trabajado cuando sea inferior a 1 año.
¿Cuándo se cobra la prima de servicios?
Según la normativa laboral desde Julio de 2016 la Ley 1788 establece que los empleadores que contraten a empleados para realizar trabajos en el hogar deben pagarles una prima de servicios, siendo una novedad y obligación de pago que no se daba en anteriores años ya que previamente a la reforma, los trabajadores de empresas, con contrato a término fijo, eran los únicos con derecho a cobrar dicha prima. Y a partir de la modificación permite que cualquier trabajador independiente con modalidad de vinculación y de tiempo de servicios pueda cobrar la prima de servicios, lo que es un logro.
- La prima de servicios se cobra el 30 de Junio
- El 20 de Diciembre y se le paga directamente al trabajador.
¿Quienes pueden cobrar la prima?
A partir de aplicar la modificación el la ley, cualquier trabajado, incluyendo las empleadas domésticas, tiene derecho a recibir la prima. Dicha medida aplica a chóferes de servicio familiar, así como los trabajadores por días o trabajadores de fincas que con anterioridad a la Ley no tenían derecho por no prestar sus servicios a una empresa.
Cada empleador debe pagar a sus trabajadores una prima de servicios legal, la que corresponde a un mes de salario por cada año de trabajo como lo establece el artículo 306 del código sustantivo del trabajo, el que obliga al pago a los trabajadores con contrato de trabajo sin excepciones.
No existen trabajadores excluidos del cobro de la prima de servicios, por lo que todo trabajador/a que tenga un contrato de trabajo tiene derecho a cobrar la prima de servicios.
Carácter de la prima de servicios
La prima de servicios tiene carácter prestacional, significa que no es un salario como lo establece el artículo 307 del código sustantivo del trabajo, que señala que: "La prima anual no es salario, ni se computará como factor del salario en ningún caso". Dada su carácter de no salarial la prima de servicios no se incluye el pago de conceptos de nómina, al ser una prestación social.
Deben recordar que el cobro de la prima de servicios es algo a exigirle a cada empleador sin que este pueda negarse a dicho pago, siendo una obligación por ley.