El ICA es el Impuesto de Industria y Comercio, un tributo territorial que pagan quienes realizan actividades industriales, comerciales o de servicios.
El reteica es su mecanismo de recaudo anticipado: una retención que el cliente le hace al proveedor y entrega al municipio. Te explicamos qué son, quién los declara y cómo pagarlos.
El reteica es su mecanismo de recaudo anticipado: una retención que el cliente le hace al proveedor y entrega al municipio. Te explicamos qué son, quién los declara y cómo pagarlos.
Puntos clave
- El ICA es un impuesto territorial (municipal).
- El reteica es la retención anticipada del ICA.
- Tarifas y calendario varían por municipio.
- Se declara y paga en la oficina virtual del municipio.
¿Qué es el ICA?
El Impuesto de Industria y Comercio (ICA) es un impuesto territorial que declaran y pagan quienes realizan actividades industriales, comerciales o de servicios, de forma permanente u ocasional, exista o no un establecimiento de comercio.
Entre los obligados a declarar y pagar el ICA están las personas naturales, jurídicas y sociedades de hecho que realizan esas actividades: dueños de tiendas, droguerías, ferreterías y también comerciantes sin local. Las tarifas se fijan por mil según la actividad y cambian de un municipio a otro, así que conviene revisar las de tu ciudad en esta guía del impuesto ICA: tarifas y calendario.
El ICA se organiza en dos regímenes:
- Régimen común: personas naturales y jurídicas que realizan las actividades de forma permanente u ocasional; suelen declarar y pagar de forma bimestral.
- Régimen simplificado: quienes cumplen ciertos requisitos, como ingresos brutos inferiores a 3.500 UVT al año, tener un solo establecimiento y no ser usuarios aduaneros.
¿Qué es el reteica?
El reteica, o retención del Impuesto de Industria y Comercio, es una retención que el cliente le hace al proveedor y que luego entrega a la alcaldía del municipio. Es un mecanismo de recaudo anticipado del ICA.
Los agentes retenedores son las personas naturales, jurídicas y oficiales con domicilio en el municipio, en general los contribuyentes del régimen común. Deben practicar la retención, llevar la cuenta de ICA retenido y declarar y pagar según el calendario de cada municipio. La retención se aplica, por lo general, cuando comprador y proveedor están en el mismo municipio.
Relación entre el ICA y el reteica
El ICA es la obligación tributaria de fondo; el reteica es la forma de adelantar su recaudo. Con el reteica, el comprador retiene parte del pago al vendedor y lo entrega a la alcaldía de forma mensual o bimestral, sin esperar al vencimiento del ICA. Así el municipio recibe ingresos de manera periódica.
Cómo declarar y pagar el ICA y el reteica
La presentación y el pago se hacen por internet, en la oficina virtual de la secretaría de hacienda de tu municipio. En líneas generales:
- Ingresa a la oficina virtual con tu usuario y contraseña.
- Selecciona el impuesto de Industria y Comercio o el reteica.
- Elige la opción de declarar y pagar.
- Completa el formulario con tus ingresos por actividad económica, liquida, presenta y paga.
Puedes presentar la declaración con firma electrónica (mismo usuario y contraseña de la oficina virtual) o con firma digital certificada. Para identificar tu municipio en los trámites, puedes apoyarte en el código de municipios DIAN.
Fechas de vencimiento del ICA y el reteica
No hay un calendario único: cada municipio fija sus fechas de vencimiento cada año y las publica su secretaría de hacienda.
En Bogotá, por ejemplo, el ICA del régimen común es bimestral y el reteica también se declara por periodos. Consulta siempre el calendario tributario vigente de tu municipio antes de declarar; puedes ver el detalle actualizado en la guía del impuesto ICA enlazada arriba.
En Bogotá, por ejemplo, el ICA del régimen común es bimestral y el reteica también se declara por periodos. Consulta siempre el calendario tributario vigente de tu municipio antes de declarar; puedes ver el detalle actualizado en la guía del impuesto ICA enlazada arriba.
Sanciones vigentes
Si no cumples con tus obligaciones, aplican sanciones según la UVT del año. Con la UVT de 2026 en $52.374, las sanciones mínimas de referencia son:
- Sanción mínima general (retención de ICA): 10 UVT, es decir, $523.740 (artículo 639 del Estatuto Tributario).
- ICA en Bogotá: la sanción mínima es de 7 UVT ($366.618) según el acuerdo distrital vigente.
Cada municipio puede tener sus propios valores, así que verifica la normativa local.
Qué recordar sobre el ICA y el reteica
El ICA lo pagas por ejercer una actividad económica y el reteica solo adelanta ese pago; entender la diferencia te evita sanciones por declarar de más o de menos. Como las tarifas y las fechas cambian por municipio y por año, revisa cada periodo el calendario de tu secretaría de hacienda y ten tu cuenta bancaria lista para el pago en línea.
Preguntas Frecuentes:
Depende del municipio y del régimen. En el régimen común suele ser bimestral, mientras que en otros casos puede ser anual. Consulta el calendario de tu municipio.
Las personas naturales, jurídicas y oficiales con domicilio en el municipio, en general los contribuyentes del régimen común designados como agentes retenedores.
No. Cada municipio fija sus propias tarifas (por mil), las actividades gravadas y el calendario de pago, por eso el ICA varía según dónde ejerzas tu actividad.
En 2026, con la UVT en $52.374, la sanción mínima general es de 10 UVT ($523.740). En Bogotá, la sanción mínima del ICA es de 7 UVT ($366.618) según el acuerdo distrital vigente.
Fuentes consultadas