La pensión por invalidez es la prestación económica que reciben mensualmente las personas con una pérdida de capacidad laboral del 50 % o más. En esta guía actualizada a 2026 vas a ver qué requisitos exige la Ley 100 de 1993, qué documentos necesitas para el trámite, cómo se calcula tu mesada y qué pasa si trabajas o cotizas en el exterior bajo el Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social.
- Pérdida de capacidad laboral mínima: 50%.
- 50 semanas cotizadas en los últimos 3 años.
- Mesada entre 1 SMMLV y el 75% del IBL.
- SMMLV 2026: $ 1.750.905 (piso mínimo de la pensión).
¿Qué es la pensión por invalidez?
La pensión por invalidez es la renta mensual que recibe una persona declarada inválida cuando su pérdida de capacidad laboral es del 50 % o superior y la causa es de origen común (no laboral). Se calcula y paga con cargo al Sistema General de Pensiones.
Se considera inválida la persona que ha perdido el 50 % o más de su capacidad laboral. Una enfermedad común es aquella que no se origina en un accidente de trabajo ni en una enfermedad profesional.
Si la invalidez tiene origen laboral (accidente o enfermedad profesional), la pensión se paga con cargo a la Administradora de Riesgos Laborales (ARL) que cubría al trabajador en ese momento, según el artículo 1 de la Ley 776 de 2002. Incluye también prestaciones médicas, medicamentos, prótesis y rehabilitación física y económica.
¿Cómo se determina la invalidez de una persona?
La pérdida de capacidad laboral la califica un equipo médico interdisciplinario. En primera instancia, la valoración la hace la aseguradora previsional (AFP o ARL); si hay desacuerdo, se eleva a la Junta Regional de Calificación de Invalidez y, en última instancia, a la Junta Nacional. La Ley 962 de 2005 fija este orden de calificación.
¿Qué pasa si pierdo capacidad laboral sin tener 50 semanas cotizadas?
Si tu pérdida de capacidad laboral supera el 50 % pero no acreditas el mínimo de 50 semanas cotizadas en los últimos 3 años, no accedes a la pensión, pero sí tienes derecho a la devolución de aportes obligatorios y voluntarios, los rendimientos generados y el bono pensional, si lo tienes constituido.
Plazo para que el fondo defina la invalidez
En los fondos privados de pensiones, el caso de invalidez se valora después de 180 días continuos de incapacidad. Tras ese plazo, el equipo médico calificador determina el porcentaje de pérdida de capacidad y, con base en él, se inicia el reconocimiento de la pensión.
Cálculo de la mesada según el IBL y las semanas cotizadas
El cálculo de la mesada en el RAIS y en Colpensiones combina el porcentaje del IBL y las semanas cotizadas:
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Invalidez entre 50 % y 65,99 % (Grado 1): 45 % del IBL por las primeras 500 semanas, aumentando 1,5 % del IBL por cada 50 semanas adicionales, hasta un máximo del 75 %.
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Invalidez igual o superior al 66 %: 54 % del IBL por las primeras 800 semanas, aumentando 2 % del IBL por cada 50 semanas adicionales, también con tope del 75 %.
El pago retroactivo se hace desde la fecha en que se estructuró la invalidez o desde el día siguiente a la última fecha de incapacidad, según el artículo 3 del Decreto 917 de 1999.
Pensión por invalidez: requisitos
Los requisitos de la pensión por invalidez en Colombia son:
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Por enfermedad común: haber cotizado al menos 50 semanas dentro de los 3 años anteriores a la fecha de estructuración de la invalidez.
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Menores de 20 años: haber cotizado al menos 26 semanas en el último año antes de la enfermedad o el accidente.
- Si has cotizado al menos el 75 % de las semanas mínimas exigidas para la pensión de vejez, basta con tener 25 semanas cotizadas en los últimos 3 años.
- El dictamen debe indicar expresamente origen común y una pérdida de capacidad laboral superior al 50 %.
- Por riesgos laborales (accidente o enfermedad profesional): basta con perder el 50 % o más de la capacidad laboral; no se exige un mínimo de semanas cotizadas.
Pensión por invalidez: trámite paso a paso
Los pasos para tramitar la pensión por invalidez son:
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Paso 1: Entrega de documentos. Aporta la documentación completa en Colpensiones o en tu AFP. Te entregarán constancia de radicación con número de solicitud.
- Afiliados nacidos antes del 15 de junio de 1938: partida de bautismo original.
- Afiliados nacidos después de esa fecha: registro civil de nacimiento.
- Fotocopia ampliada al 150 % de la cédula de ciudadanía o de extranjería.
- Certificado de afiliación vigente a la EPS (o formulario de afiliación, si no estás vinculado).
- Dictamen médico y certificado de calificación de pérdida de capacidad laboral emitido por Medicina Laboral, Junta Regional o Junta Nacional.
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Paso 2: Validación de la solicitud. La entidad verifica documentos, historia laboral y dictámenes.
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Paso 3: Definición de la solicitud. El área jurídica del fondo o de Colpensiones aprueba o niega la pensión por cumplimiento o incumplimiento de requisitos.
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Paso 4: Liquidación y pago. Si se aprueba, se liquida la mesada con base en el IBL y las semanas cotizadas. La entidad te notifica por escrito el reconocimiento y la fecha en que comenzarás a recibir la pensión.
Pensión por invalidez: monto
Para liquidar una pensión por invalidez se aplica el artículo 40 de la Ley 100 de 1993, modificado por la Ley 860 de 2003. El monto mensual depende de dos factores:
Factor 1: Grado de invalidez (porcentaje de pérdida de capacidad laboral, PCL):
- Invalidez entre 50 % y 65,99 % (Grado 1): se liquida desde el 45 % del IBL.
- Invalidez igual o superior al 66 %: se liquida desde el 54 % del IBL.
Factor 2: Número de semanas cotizadas. El porcentaje crece según las semanas que tengas:
La pensión por invalidez nunca puede ser inferior a 1 SMMLV. En 2026, eso equivale a $ 1.750.905 mensuales. El tope superior es el 75 % del IBL en cualquier modalidad.
¿Si vivo en el exterior puedo cobrar pensión de invalidez?
Los colombianos que cotizan a la seguridad social en el exterior pueden acceder a la pensión de vejez, invalidez o sobrevivencia gracias al Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social (CMISS), firmado en Santiago de Chile en noviembre de 2007 y vigente en Colombia.
El CMISS permite totalizar los periodos cotizados en los países miembros, de manera que las semanas trabajadas fuera de Colombia se suman para acceder a una pensión local. Estos son los principales países iberoamericanos donde aplica el convenio:
- Argentina
- Bolivia
- Brasil
- Chile
- Colombia
- Costa Rica
- Ecuador
- El Salvador
- España
- Paraguay
- Perú
- Portugal
- República Dominicana
- Uruguay
- Venezuela
Las ventajas del CMISS para los trabajadores migrantes son:
- Igualdad de trato laboral entre nacionales y trabajadores iberoamericanos.
- Totalización de semanas cotizadas en distintos países del convenio.
- Conservación de los derechos adquiridos al trasladarse de país.
- Aplicación de las disposiciones más favorables al trabajador frente a convenios bilaterales.
El Ministerio del Trabajo coordina la cooperación con las instituciones de los demás países para facilitar el trámite de las prestaciones.
Preguntas frecuentes sobre la pensión por invalidez
La pensión por invalidez es un derecho que protege tu ingreso cuando una enfermedad o accidente reduce tu capacidad para trabajar. Si te encuentras en esta situación, recopila los dictámenes médicos, organiza tu historia laboral y radica la solicitud cuanto antes en Colpensiones o tu AFP: una documentación completa acelera el estudio pensional y reduce el riesgo de negativas por trámites incompletos.
Fuentes consultadas