¿Conoces las modificaciones del Régimen Simplificado del Impuesto al Consumo?, ¿Sabes que requisitos se deben cumplir para acceder a este régimen? En este post podrás aclarar tus dudas al respecto, te explicaremos los requisitos que debes cumplir para pertenecer al Régimen Simplificado del Impuesto Nacional al Consumo, el nuevo tope de ingresos y las nuevas condiciones aplicables.

Con la reforma tributaria (Ley 1819 de 2016) se modificaron los requisitos para pertenecer al régimen simplificado en el impuesto nacional al consumo, ya que se disminuyó el tope de ingresos y condicionándolo a la existencia de un solo local comercial o establecimiento de comercio. El tope de ingresos obtenidos en el año inmediatamente anterior disminuye de 4000 UVT a 3500 UVT.
Impuesto al consumo 2021: Características del Régimen simplificado
- El Régimen Simplificado del INC solo pertenece a personas naturales que presten el servicio de restaurante. De acuerdo a los artículos 499 y 512-13 de Estatuto Tributario Nacional.
- Aquellos que presten el servicio de restaurantes, el cual cubre negocios tales como: panaderías, pastelerías, cafeterías, fruterías, heladerías y bares, seguirán exentos del IVA, exceptuando las actividades de catering.
- En el caso de los restaurantes que funcionan como “franquicias” y eran responsables de IVA hasta 2016 pero no del INC (Impuesto al Consumo), serán responsables solo del impuesto al consumo.
- Deben inscribirse al Registro Único Tributario y deben entregar a sus clientes en su primera venta copia del RUT.
- Deben cumplir con los sistemas de control (libro fiscal) y deben exhibir en un lugar visible copia del RUT.
Impuesto al consumo 2021: Requisitos
- No efectuar servicios de catering empresarial (Artículos 426 y 512-8 del ET y el artículo 2 del Decreto 803 de abril de 2013). Si llegaran a prestarlos, este servicio los haría responsables del IVA (ya sea en el régimen simplificado o el común de dicho impuesto), no del INC.
- Si sus ingresos brutos provenientes de las actividades de bares y restaurantes no superaron los 3.500 UVT durante el año anterior.
- No podrán tener más de un establecimiento, sede, local o negocio donde se ejerce su actividad gravada.
Impuesto al consumo 2021: Productos y servicios gravados
- Prestación de servicios de telefonía móvil, internet, navegación móvil y servicio de datos.
- Vehículos automóviles de tipo familiar y campero.
- Pick-up cuyo valor FOB o su equivalente esté determinado en una de las tarifas.
- Motocicletas con motor de pistón de cilindrada mayor a 200 c.c.
- Yates y embarcaciones de recreo o deportes.
- Globos, dirigibles, planeadores y demás aeronaves sin motor y de uso privado.
- Aeronaves como helicópteros o aviones, vehículos espaciales junto con sus vehículos de lanzamiento y vehículos suborbitales, que sean de uso privado.
- Expendio de comidas y bebidas preparadas (restaurantes, heladerías, panaderías, cafeterías, etc) para ser consumidas en el lugar o para ser llevadas por el consumidor, así como el servicio de expendio de comidas y bebidas alcohólicas para consumo en bares, discotecas y/o tabernas.
Impuesto al consumo 2021: Tarifas
Tarifa del 16%
- Vehículos automóviles de tipo familiar, camperos y las pick-up cuyo Valor FOB, o equivalente de dicho valor, sea igual o superior a USD $30.000.
- Globos, dirigibles, planeadores y demás aeronaves sin motor de uso privado.
- Aeronaves como helicópteros o aviones, vehículos espaciales junto con sus vehículos de lanzamiento y vehículos suborbitales, que sean de uso privado.
Tarifa del 8%
- Vehículos automóviles de tipo familiar, camperos y las pick-up cuyo Valor FOB, o equivalente de dicho valor, sea inferior a USD $30.000.
- Motocicletas con motor de pistón de cilindrada mayor a 200 c.c.
- Yates y embarcaciones de recreo o deportes.
- Servicio de restaurantes y bares.
Tarifa del 4%
- Telefonía.
- Internet y navegación móvil.
- Datos móviles.
Impuesto al consumo 2021: Tabla Comparativa Régimen simplificado
Impuesto al consumo 2021: Fechas
- Enero – Febrero: Entre el 9 y el 23 de marzo
- Marzo – Abril: Entre el 10 y el 24 de mayo
- Mayo – Junio: Entre el 8 y el 22 de julio
- Julio – Agosto: Entre el 8 y el 21 de septiembre
- Septiembre – Octubre: Entre el 9 y el 23 de noviembre
- Noviembre – Diciembre: Entre el 12 y el 25 de enero de 2022
Impuesto al consumo 2021: No incluidos en el Régimen Simplificado del INC
Impuesto al consumo 2021: Quienes cobren el INC
Impuesto al consumo 2021: Preguntas frecuentes
Sí, la frecuencia con la que se presten productos o servicios gravados con el impuesto al consumo no exime su cumplimiento, de acuerdo con lo establecido en el artículo 512-1 el ET en su numeral 3, el cual fue modificado por la Ley 1819 de 2016.
¿Las empresas productoras o distribuidoras de motos deben pagar el impuesto al consumo?
El Impuesto al consumo se cobra al consumidor final, por lo que si la empresa produce o distribuye las motos no está afecta al impuesto. Ahora bien, si es un distribuidor pero vende al consumidor final sí debe aplicar el impuesto y declararlo.
Tengo una panadería pero produzco pedidos para tiendas y no para el público, ¿debo pagar el impuesto al consumo?
No. De igual forma que con el ejemplo anterior, si la empresa se dedica a la producción o distribución para otras tiendas o negocios, no está gravado con el INC siempre que no venda al público en el sitio o haga despachos a domicilio. En este caso sí deberá pagar el impuesto.
Tengo un bar bajo franquicia que antes cobraba IVA, ¿debo pagar el impuesto al consumo?
Sí. La Ley 1819 de 2016 modificó el artículo 512-1 en su numeral 3 y también derogó el parágrafo consagrado en el artículo 512-9, por tanto, los bares y restaurantes que operan bajo franquicias ya no son responsables del IVA, sino del impuesto nacional al consumo a una tarifa del 8%.
De igual forma, los servicios de restaurantes quedan excluidos del IVA, pero quedan sometidos al pago del INC con tarifa del 8%.
Mi empresa distribuye suministros para restaurantes, ¿debo pagar impuesto al consumo?
No. El proveedor de mercancía para restaurantes, puesto que no presta servicio de restaurante ni vende sus suministros al consumidor final, no debe pagar el INC.
Ahora que ya conoces cómo funciona el Régimen Simplificado del Impuesto al Consumo. ¿Crees que estas nuevas modificaciones realizadas en el régimen afectarán tus actividades comerciales? Cuéntanos que opinas.