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Cédulas para declarar renta 2026

¿Conoces las cédulas para declarar renta y cómo funcionan? Te explicamos las tres cédulas (general, de pensiones y de dividendos), sus límites y tarifas, y los cambios vigentes en 2026 tras la Ley 2277 de 2022.
El sistema de rentas cedulares divide los ingresos de las personas naturales en tres cédulas para declarar renta 2026: general, de pensiones y de dividendos. Se creó con la Ley 1819 de 2016 y determina cómo se depura y grava cada tipo de ingreso. Aquí te explicamos cómo funciona cada cédula y sus principales características para declarar renta.
Puntos clave
  • Tres cédulas desde 2020: general, de pensiones y de dividendos.
  • La cédula general reúne rentas de trabajo, de capital y no laborales.
  • Límite de rentas exentas y deducciones: 40%, tope 1.340 UVT (Ley 2277/2022).
  • Los dividendos de residentes se integran a la cédula general.

Cédulas para declarar renta 2026

Desde el año gravable 2020, el sistema cedular pasó de cinco a tres cédulas. La clasificación aplica a las personas naturales y sucesiones ilíquidas residentes, para determinar el impuesto sobre la renta que se declara en 2026 (año gravable 2025). Los artículos 335 y 336 del Estatuto Tributario reúnen en la cédula general los ingresos de trabajo, de capital y no laborales.

¿Cómo se determina la cédula que le corresponde al contribuyente?

La depuración de las rentas de cada cédula (artículo 330 del Estatuto Tributario) se hace de manera independiente, siguiendo las reglas del artículo 26. El resultado es la renta líquida cedular. Los ingresos no constitutivos de renta, costos, gastos, deducciones y rentas exentas no pueden reconocerse a la vez en dos cédulas ni generar doble beneficio.

La depuración se efectúa en tres cédulas: la cédula general (arts. 335 y 336 ET), la cédula de pensiones (art. 337 ET) y la cédula de dividendos y participaciones (arts. 342 y 343 ET).

Cédula general

Reglamentada en los artículos 335 y 336 del Estatuto Tributario, reúne las rentas de trabajo, de capital y no laborales.

Rentas del trabajo

Son las del artículo 103 del ET: salarios, comisiones, prestaciones sociales, viáticos, gastos de representación, honorarios, emolumentos eclesiásticos y compensaciones por servicios personales.
Tipo de ingresos
Límite a rentas exentas y deducciones (tope)
Tarifa de impuesto de renta
Salarios, comisiones, prestaciones sociales, viáticos, gastos de representación, honorarios, emolumentos eclesiásticos y compensaciones por servicios personales.
40% de la renta líquida cedular, sin exceder 1.340 UVT anuales (límite global, art. 336 ET modificado por la Ley 2277 de 2022).
Tarifa progresiva del artículo 241 del ET (numeral 1).

Rentas de capital

Incluyen intereses, rendimientos financieros, arrendamientos, regalías y explotación de la propiedad intelectual, así como el ajuste por diferencia en cambio y los ingresos del exterior por estos conceptos.
Tipo de ingresos
Límite a rentas exentas y deducciones (tope)
Tarifa de impuesto de renta
Intereses, rendimientos financieros, arrendamientos, regalías y explotación de la propiedad intelectual.
40% de la renta líquida cedular, sin exceder 1.340 UVT anuales (límite global, Ley 2277 de 2022).
Tarifa progresiva del artículo 241 del ET.

Rentas no laborales

Son todos los ingresos que no se clasifican en otra cédula, salvo dividendos y ganancias ocasionales, como la enajenación de activos poseídos menos de dos años o los apoyos económicos no reembolsables.
Tipo de ingresos
Límite a rentas exentas y deducciones (tope)
Tarifa de impuesto de renta
Honorarios de quienes contraten 2 o más trabajadores por 90 días o más, y todos los ingresos que no se clasifiquen en otras cédulas.
40% de la renta líquida, sin exceder 1.340 UVT anuales (límite global, Ley 2277 de 2022).
Tarifa progresiva del artículo 241 del ET.

Cálculo del impuesto en la cédula general

Determinadas las rentas líquidas de la cédula general y de la de pensiones, se suman y al resultado se le aplica la tarifa del artículo 241 del Estatuto Tributario.
UVT Desde
UVT Hasta
Tarifa Marginal
Impuesto
0
1.090
0,00%
0
> 1.090
1.700
19,00%
(Base gravable en UVT menos 1.090) x 19%
> 1.700
4.100
28,00%
(Base gravable en UVT menos 1.700) x 28% + 116 UVT
> 4.100
8.670
33,00%
(Base gravable en UVT menos 4.100) x 33% + 788 UVT
> 8.670
18.970
35,00%
(Base gravable en UVT menos 8.670) x 35% + 2.296 UVT
> 18.970
31.000
37,00%
(Base gravable en UVT menos 18.970) x 37% + 5.901 UVT
> 31.000
En adelante
39,00%
(Base gravable en UVT menos 31.000) x 39% + 10.352 UVT

Cédula de pensiones

Contiene las pensiones de jubilación, invalidez, vejez, sobrevivientes y riesgos laborales, además de las indemnizaciones sustitutivas y las devoluciones de saldos de ahorro pensional. Está exenta la parte mensual que no exceda 1.000 UVT (art. 206, numeral 5 del ET).
Tipo de ingresos
Límite a rentas exentas (tope)
Tarifa de impuesto de renta
Pensiones de jubilación, invalidez, vejez, sobrevivientes y riesgos laborales; indemnizaciones sustitutivas y devoluciones de saldos.
Exenta la parte del pago mensual que no exceda 1.000 UVT (art. 206, numeral 5 del ET).
Tarifa progresiva del artículo 241 del ET (se suma a la cédula general).

Cédula de dividendos y participaciones

Son los ingresos por dividendos y participaciones recibidos por personas naturales residentes y sucesiones ilíquidas. Con la Ley 2277 de 2022 cambió su tratamiento: los dividendos ya no se liquidan en subcédulas separadas, sino que se integran a la cédula general y tributan según la tarifa progresiva del artículo 241.

Para evitar la doble tributación, aplica el descuento tributario del artículo 254-1 del Estatuto Tributario. La retención en la fuente sobre dividendos se practica según el artículo 242 y se imputa en la declaración.

Cambios de la reforma tributaria

La reforma de 2016 (Ley 1819) creó el sistema cedular. Desde 2020 se unificaron en la cédula general las rentas de trabajo, de capital y no laborales, y se mantuvieron aparte las de pensiones y dividendos.

La Ley 2277 de 2022 introdujo los cambios vigentes en 2026: redujo el límite de rentas exentas y deducciones de la cédula general de 5.040 UVT a 1.340 UVT anuales e integró los dividendos de residentes a la cédula general, con el descuento del artículo 254-1. Las pensiones siguen exentas hasta 1.000 UVT mensuales.

Cuando presentes la declaración en el formulario 210, ten a mano tus datos de ubicación: al diligenciarlo necesitarás el código de municipios DIAN de tu jurisdicción.

Lo que debes revisar antes de declarar renta en 2026

El sistema sigue en tres cédulas, pero el límite del 40% ahora tiene un tope de 1.340 UVT y los dividendos tributan dentro de la cédula general. Ubicar bien cada ingreso evita pagar de más o incumplir. Antes de declarar, clasifica tus ingresos por cédula y revisa qué rentas exentas y deducciones puedes aplicar dentro del nuevo límite.


Preguntas Frecuentes sobre las cédulas para declarar renta


Desde el año gravable 2020 hay tres cédulas: la general, la de pensiones y la de dividendos y participaciones. Antes eran cinco.


En la cédula general se suman las rentas de trabajo, las rentas de capital y las rentas no laborales. Se depuran de forma independiente y luego se suman.


Desde la Ley 2277 de 2022, los dividendos de personas naturales residentes se integran a la cédula general y tributan según la tarifa del artículo 241. Además, aplica el descuento tributario del artículo 254-1 del Estatuto Tributario.


El límite es el 40% de la renta líquida cedular, sin exceder 1.340 UVT anuales. La Ley 2277 de 2022 lo redujo desde las 5.040 UVT anteriores.


La pensión está exenta en la parte del pago mensual que no exceda 1.000 UVT, según el numeral 5 del artículo 206 del Estatuto Tributario.

Fuentes citadas
1
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  1. Nuevo
    #3
    18/09/22 22:49
    Las prestaciones sociales son ingresos no constitutivos de renta?   Esto porque en la deduccion de la retefuente no se aplica como base.