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¿Qué es la Dian?

La Dian, Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, se constituyó como Unidad Administrativa Especial, mediante Decreto 2117 de 1992, cuando el 1º de junio del año 1993 se fusionó la Dirección de Impuestos Nacionales (DIN) con la Dirección de Aduanas Nacionales (DAN). La DIAN hace presencia en 49 ciudades de Colombia. Está constituida por los bienes que posee y por los que adquiere a cualquier título o le sean asignados con posterioridad.

 

¿Qué es DIAN?

 

 

Funciones de la DIAN

De acuerdo al Decreto 4048 de 2008 (artículo 3) las funciones generales de la DIAN son:
 

  1. Administrar los impuestos de renta y complementarios, de timbre nacional y sobre las ventas; los derechos de aduana y comercio exterior, así como los demás impuestos internos del orden nacional cuya competencia no esté asignada a otras entidades del Estado, bien se trate de impuestos internos o al comercio exterior, en lo correspondiente a su recaudación, fiscalización, control, represión, penalización, liquidación, discusión, cobro, devolución y sanción;
  2.  Dirigir y administrar la gestión aduanera y disponer de las mercancías aprehendidas, decomisadas o abandonadas a favor de la Nación;
  3. Reconocer y pagar las recompensas y participaciones en dinero o en especie por colaboración eficaz de terceros en el control al contrabando, evasión y corrupción;
  4. Dirigir, administrar, controlar y vigilar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias por importación y exportación de bienes y servicios, gastos asociados a las mismas, financiación en moneda extranjera de importaciones y exportaciones y subfacturación y sobrefacturación de estas operaciones a nivel nacional, en concordancia con las políticas trazadas en el programa macroeconómico y las políticas generales adoptadas por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y dentro del modelo de gestión institucional;
  5. Controlar y vigilar las operaciones derivadas del régimen cambiario que no sean competencia de otra entidad;
  6. Vigilar y controlar las actividades de las personas que ejerzan de manera profesional la compra y venta de divisas;
  7. Administrar y supervisar el aparato armado que ejerce las funciones de policía fiscal y aduanera, como soporte y apoyo a las funciones de investigación y determinación propia de las dependencias de fiscalización tributaria, aduanera y cambiaria, así como el ejercicio por parte del mismo de las funciones de policía judicial;
  8. Celebrar convenios con entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales, orientadas a establecer alianzas estratégicas para combatir la evasión, el contrabando y la morosidad tributaria, aduanera y cambiaria;
  9. Fijar los precios a cobrar por la venta de bienes y servicios, así como de los servicios extraordinarios;
  10. Administrar y controlar los Sistemas Especiales de Importación-Exportación, Zonas Francas, Zonas Económicas Especiales de Exportación y las Sociedades de Comercialización Internacional;
  11. Interpretar y actuar como autoridad doctrinaria y estadística en materia de impuestos nacionales, aduanera, y de control cambiario por importación y exportación de bienes y servicios, gastos asociados a las mismas, financiación en moneda extranjera de importaciones y exportaciones, y subfacturación y sobrefacturación de estas operaciones".
  12. Participar y conceptuar en el estudio y elaboración de proyectos de ley, decretos o acuerdos internacionales que contemplen aspectos tributarios, aduaneros o de control cambiario;
  13. Participar en los procesos de celebración de acuerdos internacionales en materia de control tributario, aduanero y cambiario y los relacionados con el comercio internacional en los mismos aspectos;
  14. Celebrar convenios remunerados o gratuitos para la divulgación, asistencia, fortalecimiento de la gestión, recaudación, control, fiscalización, discusión y cobro de contribuciones parafiscales, impuestos, tasas y contribuciones de competencia de otras entidades;
  15. Ejercer las funciones de policía judicial, de conformidad con las normas legales;
  16. Diseñar, desarrollar y evaluar el sistema de control interno de la Entidad, en los términos definidos por la ley;
  17. Administrar y disponer de los recursos humanos, financieros, físicos y de conocimiento, así como de la prestación de los servicios generales en la Entidad;
  18. Compilar, actualizar y divulgar las normas sobre regímenes tributarios del orden nacional, aduanero, de comercio exterior en los asuntos de su competencia, y de control de cambios por importación y exportación de bienes y servicios, gastos asociados a las mismas, financiación en moneda extranjera de importaciones y exportaciones y subfacturación y sobrefacturación de estas operaciones;
  19. Desarrollar las actuaciones administrativas necesarias para cumplir con las funciones de su competencia.

 

Procesos que lleva la DIAN

Son 3 los procesos que lleva esta entidad actualmente:
 

 

¿Qué es el RUT y el NIT?

No podemos hablar de la DIAN sin hablar del RUT y el NIT. Ambos son siglas que significan lo siguiente:

  • RUT: siglas de Registro Unico Tributario, es el mecanismo único para identificar, ubicar y clasificar a los sujetos de obligaciones administradas y controladas por la DIAN. Esto significa que cualquier persona que realice una actividad económica en Colombia, debe estar inscripto en el RUT, para que sea pasible de la recaudación de impuestos por parte del Estado Colombiano
  • NIT: El Número de Identificación Tributaria, es un número único de contribuyente que asigna la DIAN, por única vez, cuando el obligado se inscribe en el RUT. Este número tiene la siguiente estructura: XXX.XXX.XXX - Y, donde Y es un número verificador del número anterior, de acuerdo a un logaritmo que lo calcula automáticamente. 

 

Objetivo de la DIAN

La Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN- tiene como objeto coadyuvar a garantizar la seguridad fiscal del Estado colombiano y la protección del orden público económico nacional, mediante la administración y control al debido cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras, cambiarias, los derechos de explotación y gastos de administración sobre los juegos de suerte y azar explotados por entidades públicas del nivel nacional y la facilitación de las operaciones de comercio exterior en condiciones de equidad, transparencia y legalidad.

 

Visión de la DIAN

En el 2020, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia genera un alto nivel de cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias, apoya la sostenibilidad financiera del país y fomenta la competitividad de la economía nacional, gestionando la calidad y aplicando las mejores prácticas internacionales en su accionar institucional.

 

Misión de la DIAN

En la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales somos responsables de administrar con calidad el cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias, mediante el servicio, la fiscalización y el control; facilitar las operaciones de comercio exterior y proveer información confiable y oportuna, con el fin de garantizar la sostenibilidad fiscal del Estado colombiano.

 

DIAN: Políticas

La DIAN, como hemos viste en su misión y visión, insiste en una gestión importante para que mediante su actividad se ofrezca el bienestar económico y social del país. La DIAN asume su compromiso considerando las siguientes directrices:

  1. Gestión basada en estrategias efectivas del servicio, control y fiscalización.
  2. Mejores prácticas internacionales.
  3. Promover la simplificación de las normas del sistema tributario, aduanero y cambiario.
  4. Llevar a cabo análisis permanentes del contexto de las variables económicas, políticas y sociales del país con el fin de fortalecer su capacidad de acción y respuesta.

 

Procesos para conseguir su misión

  • Asistencia al cliente
  • Recaudación
  • Comercialización
  • Fiscalización y Liquidación
  • Gestión Jurídica
  • Operación Aduanera
  • Administración Casera
  • Gestión Masiva

 

Contactos DIAN

La DIAN tiene varios medios de contacto para los contribuyentes, entre los que se destacan las oficinas en las principales ciudades del país, su teléfono y el sitio web de DIAN , que en la actualidad tiene innumerables funciones que lo hacen el medio más cómodo para comunicarse o hacer trámites con la DIAN

 

Teléfonos DIAN

El Horario de atención telefónica es de Lunes a Viernes - 6:00 a.m. a 8:00 p.m. y Sábados de 8:00 a.m. a 2:00 p.m. 

  • Contact Center Teléfonos: 057(1) 3556922 Bogotá.
  • (57+1) 607 99 99 PBX
  • (57+1) 382 45 00
  • fax (57+1) 607 94 50

 

Oficinas DIAN


La oficina central de la DIAN se encuentra en Bogotá, en el Nivel Central, carrera 8 Nº 6C - 38 Edificio San Agustín PBX

Horario de Atención: Lunes a Viernes 6:00 a.m. a 8:00 p.m. y Sábados de 8:00 a.m. a 2:00 p.m.
 

En el resto del país, las oficinas DIAN se encuentran en las siguientes direcciones: Oficinas y horarios DIAN.

 

 

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