Te lo confirmo. Es más, para pagar el Impuesto de Sucesiones nunca es necesaria la escritura de aceptación (que normalmente también es de partición y adjudicación). Lo que me extraña es que se haya pagado esa cantidad sin que previamente hayan exigido su declaración en el IS. En todo caso, basta presentar una complemento a la anterior declaración del IS.
No hay nadie en el gobierno condenado por terrorismo.El problema es que las fakes de los libelos acaban calando en los que ignoran la decencia en política.
Más lawfare: El caso que usó la derecha para tumbar a Mónica Oltra queda en nada https://www.eldiario.es/comunitat-valenciana/caso-derecha-tumbar-monica-oltra-queda_1_11258246.html
Cada palo que aguante su vela. La responsabilidad de convocar la junta es del presidente y es a él a quien hay que exigírselo. También hay que dirigirse al presidente para que se incluya el problema que quieres que se trate.Cuestión distinta es que, a su vez, el presidente presione al administrador para que esté lista toda la documentación. Y si el administrador no responde, cese inmediato.
Es una reducción de la base imponible que puede dar lugar a devolución. Aunque ya se sabe que las devoluciones están condicionadas al principio de que "donde no hay, no se puede sacar".