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Ahorro para el fomento de la construcción

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Ahorro para el fomento de la construcción
Ahorro para el fomento de la construcción
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Ahorro para el fomento de la construcción

el Ahorro para el fomento de la construcción pasa de una permanencia de 5 años a 10 años como mínimo. Estos ahorros estarán exentos del impuesto de la renta.

La condición para que el Ahorro para el fomento de la construcción esté exento del impuesto de renta es que el ahorro no exceda del 30% del ingreso laboral o tributario del año. (y hasta un máximo de 3.800 UVT por año)
Nuevos Impuestos en Colombia

Fuente: comunidadcontable

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