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Impuestos de una SAS en Colombia: renta, IVA e ICA

Una SAS en Colombia paga los mismos impuestos que otras sociedades: renta al 35%, IVA, ICA, retención en la fuente y predial, además de facturar y llevar contabilidad. Te explicamos todas sus obligaciones tributarias.
Una empresa SAS en Colombia paga los mismos impuestos que cualquier otra sociedad comercial: renta al 35%, IVA cuando realiza actividades gravadas, industria y comercio (ICA) y retención en la fuente, entre otros. No existe un régimen tributario especial por ser SAS.

Si estás pensando en crear una, conviene tener claras estas obligaciones desde el principio. Te explicamos qué tributos paga una SAS y qué responsabilidades asume.
Puntos clave
  • Renta: 35% sobre la renta líquida gravable.
  • IVA (19%) si hay actividad gravada.
  • ICA, predial y retención en la fuente.
  • Responde la sociedad, no los socios.

¿Qué impuestos debe pagar una empresa SAS en Colombia?

Las sociedades SAS fueron creadas por la Ley 1258 de 2008 para facilitar la apertura de compañías en Colombia, reduciendo trámites. La Sociedad por Acciones Simplificada tiene reglas similares a las Sociedades Anónimas en cuanto a la responsabilidad de la sociedad y de sus socios.

En materia tributaria, las SAS pagan impuestos similares a los de otras sociedades comerciales: no hay un tratamiento especial por ser SAS frente a una sociedad limitada u otro tipo.

Obligaciones tributarias de las SAS

Una SAS asume, entre otras, estas obligaciones ante la DIAN y los municipios:
  • Son agentes de retención en la fuente a título de renta, IVA, ICA y demás.
  • Son responsables del IVA cuando realizan una actividad gravada con ese tributo.
  • Son contribuyentes del impuesto de renta del régimen ordinario.
  • Están obligadas a expedir factura (electrónica).
  • Están obligadas a reportar información exógena.
  • Son responsables del impuesto de industria y comercio (ICA).
  • Están obligadas a pagar el impuesto predial si poseen inmuebles.
  • Están obligadas a llevar contabilidad.
  • Deben disponer de revisor fiscal según el monto de ingresos o activos.

¿Qué tipos de impuestos pagan las SAS?

  • Impuesto sobre la renta y complementarios: se paga anualmente. La tarifa general para personas jurídicas es del 35% sobre la renta líquida gravable (artículo 240 del Estatuto Tributario), sin sobretasas salvo el sector financiero y algunas actividades específicas.
  • IVA: aplica cuando la SAS vende bienes o presta servicios gravados (artículo 420 del Estatuto Tributario), con tarifa general del 19%. Se declara de forma bimestral o cuatrimestral según los ingresos.
  • Impuesto de industria y comercio (ICA): se paga al municipio por actividades industriales, comerciales o de servicios no excluidas ni exentas. La SAS también actúa como agente retenedor de renta, IVA e ICA. Para diligenciar formularios te sirve el listado de códigos de municipios de la DIAN.

¿Qué responsabilidad tienen los socios por las obligaciones tributarias de la SAS?

Si la SAS, como persona jurídica, tiene deudas de impuestos, intereses o sanciones, quien responde ante esas deudas es la sociedad, no los socios. La Ley 1258 no fija un número máximo de socios: su artículo primero establece que “la sociedad por acciones simplificada podrá constituirse por una o varias personas naturales o jurídicas, quienes sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes”.

En sus primeros años, la ley que creó las SAS contemplaba beneficios tributarios ligados a la creación de empleo que hoy ya no aplican.

Lo que debes tener presente sobre los impuestos de una SAS

Una SAS tributa como cualquier persona jurídica: renta al 35%, IVA si tiene actividad gravada, ICA, predial y retención en la fuente, además de facturar y llevar contabilidad.

La responsabilidad tributaria recae en la sociedad, no en los socios. Antes de constituirla, organiza tu operación bancaria; puedes empezar comparando las mejores cuentas de nómina para tu equipo.



Preguntas frecuentes sobre los impuestos de una SAS en Colombia


Una SAS del régimen ordinario paga el 35% sobre la renta líquida gravable, la tarifa general para personas jurídicas del artículo 240 del Estatuto Tributario. Solo el sector financiero y algunas actividades tienen sobretasas.


Sí, si realiza una actividad gravada con IVA. En ese caso es responsable del impuesto, con tarifa general del 19%, y lo declara de forma bimestral o cuatrimestral según sus ingresos.


No. Ante deudas de impuestos, intereses o sanciones responde la sociedad, no los socios. Cada socio solo responde hasta el monto de sus aportes, según la Ley 1258 de 2008.


Una SAS puede constituirse con una o varias personas naturales o jurídicas; la Ley 1258 de 2008 no fija un número máximo de socios. Todos responden hasta el monto de sus aportes.


Fuentes consultadas:
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