Buenas tardes,
Gracias por su respuesta. He leído los documentos que usted menciono y parece que debería declarar aunque no soy residente fiscal en Colombia según art. 10 E.T.
Según art. 9 E.T. soy sujeta al impuesto respeto a mis rentas y ganancias ocasionales de fuente nacional y a mi patrimonio poseído en Colombia. Pero los limites en el decreto 2105 parecen aplicar solo para residentes (3 a, b, c). Según art. 247 E.T. la tarifa fija para mi es 33%.
Esta conclusion contradice la información en el micrositio DIAN.
Cordial saludo
Buenas tardes,
Gracias por su respuesta. He tratado de llamar en varias ocasiones y maneras a el numero 1-900 de la DIAN pero parece que no funciona desde el exterior. O tal vez Ud por favor, podría indicarme como marcar desde Norteamérica?
Un saludo
Soy Colombiana, vivo en el exterior y no soy residente física ni fiscal en Colombia, pero tengo un apartamento y cuenta bancaria en Colombia. Un contador en Colombia opinó que no siendo residente fiscal no tengo que declarar nada. Un reciente informe de la DIAN (http://www.dian.gov.co/micrositios/renta_gravable2016/ext-info.html) sugiere lo mismo, diciendo que ser residente fiscal es la primera condición para declarar renta. Por otro lado este blog y otros sitios indican que no residentes fiscales deben declarar bienes e ingresos colombianos y pagar impuesto con tarifa fija del 33%. Por favor acláreme si en mi caso tengo que declarar y pagar impuestos?