Devolución de espectro radioeléctrico
Superindustria puso como condición a la integración empresarial entre UNE y TIGO la devolución del espectro radioeléctrico que ambas compañías poseen de la Nación.
El límite legal de espectro radioeléctrico que una empresa puede tener es de 85 Mhz. Con la integración empresarial, ambas compañías obtendrían un 135 Mhz de espectro radioeléctrico, 50 Mhz superior al límite.
UNE y TIGO disponen de ocho meses para informar al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y a la SIC sobre las bandas de frecuencia (y sus correspondientes Mhz) que poseen, y en el plazo de dos años y cuatro meses se deberá de producir la devolución.