Ha respondido al tema Gran duda sobre impuestos extinción condominio
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Hola,
la extinción de condominio os beneficiará porque tiene ventajas fiscales respecto a una operación de compra-venta. Con la primera tendréis que pagar tan solo los impuestos de actos juridicos documentados que son entre un 0,5%-1% de las partes adquiridas. La compra-venta tiene porcentajes en los Impuestos de Transiciones Patrimoniales, mucho más alto, llegando al 10% dependiendo de la comunidad.
Sobre la plusvalia, buscando en google he encontrado lo siguiente:
"Cuando se lleva a cabo el acto extintivo del condominio sin exceso de adjudicación en el cual, uno de los comuneros se adjudica las cuotas en
proindiviso de las restantes partes, compensando económicamente por el valor real del bien inmueble, y siempre y cuando dicho inmueble sea indivisible, dicha adjudicación o trasmisión en el aspecto fiscal, no es un acto de transmisión de la titularidad dominical que constituya el hecho imponible del
Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (plusvalía)."
Vamos, que vosotros no pagáis plusvalía, la pagarían el resto de los propietarios si hay incremento del valor de lo que costaba cuando lo adquirieron, y lo que vale ahora. Y la plusvalía a pagar es sobre ese incremento.
Sobre el precio mínimo, creo que Hacienda puede llegar a perseguiros si es por debajo del valor catastral, ya que entonces lo pueden llegar a considerar donación. Pero esto mejor que lo consultes con un experto.