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IVA Colombia: tipos, tarifas, cálculo y períodos gravables
Buenas tardes Raul,
Espero responder a tu inquietud con la siguiente respuesta de la DIAN:
La DIAN sostiene que los productos de panadería y arepas de maíz de la partida 19.05 del Artículo 424 del Estatuto Tributario, están excluidas del IVA aún con adición de queso, frutas, grasa, mantequilla y otros elementos, siempre que sean accesorios al componente principal sin que se desnaturalice el producto de panadería y la arepa de maíz.
Los demás productos de panadería a base de sagú, yuca y achira siguen al 5% según la partida arancelaria 19.05 del Artículo 468-1 del Estatuto Tributario.
Un saludo