La UVT de 2026 quedó en $52.374 (Resolución DIAN 000238 de diciembre de 2025), y con ella se recalcularon todos los umbrales que definen cuánto pagas por invertir.
En Colombia cada instrumento tributa distinto: acciones, bonos, fondos y CDT no reciben el mismo trato, y vender un inmueble tiene su propia tarifa.
Esta guía reúne las normas vigentes sobre impuestos sobre inversiones en Colombia: tarifas de renta, ganancia ocasional, 4x1000, retención en la fuente y los topes para declarar ante la DIAN. Aplica tanto si eres persona natural como jurídica.
Puntos clave
- UVT 2026: $52.374 (Resolución DIAN 000238 de diciembre de 2025).
- Sanción mínima DIAN 2026: $524.000 (10 UVT).
- 4x1000: exento hasta $18.330.900/mes (350 UVT).
- Ganancias ocasionales en inmuebles: tarifa fija del 15%.
Tipos de impuestos a las inversiones
Invertir y hacer trading es una forma concreta de construir patrimonio para empresas y personas naturales, pero también implica conocer qué parte de esas ganancias le corresponde al Estado. Ignorar estos impuestos no los elimina: afecta la rentabilidad real y puede generar sanciones.
En general, los ingresos por inversión pueden estar gravados por:
- Impuesto sobre la renta (por ingresos)
- Impuesto a las ganancias de capital (por venta de activos)
- 4x1000 (en operaciones bancarias)
- Retención en la fuente (anticipo del impuesto)
💡 El impacto fiscal varía si eres residente fiscal o no.
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Impuesto sobre la renta
El impuesto sobre la renta es el tributo que el Estado cobra a las personas naturales y a las empresas (personas jurídicas) por las operaciones que realizan dentro de su jurisdicción. En Colombia es progresivo: quien tiene una renta líquida más alta paga una proporción mayor de sus ingresos.
A continuación, el impuesto sobre la renta para personas naturales residentes de acuerdo con las Unidades de Valor Tributario (UVT). Corresponde a la cédula general del artículo 241 del Estatuto Tributario, que integra las rentas de trabajo, las rentas de capital (intereses, rendimientos financieros y arrendamientos) y las rentas no laborales.
Rangos en UVT |
Tasa Marginal Aplicable |
Desde 0 hasta 1.090: |
0% |
Desde 1.090 hasta 1.700: |
19% |
Desde 1.700 hasta 4.100: |
28% |
Desde 4.100 hasta 8.670: |
33% |
Desde 8.670 hasta 18.970: |
35% |
Desde 18.970 hasta 31.000: |
37% |
Desde 31.000 en adelante: |
39% |
Fuente: DIAN / Estatuto Tributario, artículo 241.
La UVT se actualiza cada año. En 2026 vale $52.374, así que el primer tramo exento (1.090 UVT) equivale a $57.087.660 de renta líquida gravable.
Impuesto a las ganancias de capital
El impuesto de ganancias ocasionales, que en otros países se llama impuesto a las ganancias de capital, se aplica sobre la utilidad al vender un activo que llevabas más de dos años en tu poder (artículo 300 del Estatuto Tributario).
A diferencia de la renta, no es progresivo: desde la Ley 2277 de 2022 tiene una tarifa única del 15% (artículos 313 y 314). Si el activo estuvo menos de dos años en tu patrimonio, la utilidad pasa a la renta ordinaria y tributa por la tabla anterior.
En la venta de la casa o el apartamento de habitación están exentas las primeras 5.000 UVT ($261.870.000 en 2026), siempre que el dinero se destine a una cuenta AFC o a pagar el crédito hipotecario (artículo 311-1).
Retención en la fuente sobre tus rendimientos
La retención en la fuente no es un impuesto aparte: es un anticipo del impuesto de renta que la entidad financiera descuenta y que después restas en tu declaración.
Concepto |
Tarifa vigente |
Norma |
Cuentas de ahorro y rendimientos financieros en general |
7% |
Art. 395 ET y art. 1.2.4.2.5 del Decreto 1625 de 2016 |
CDT y títulos de renta fija |
4% |
Art. 1.2.4.2.83 del Decreto 1625 de 2016 |
Dividendos a personas naturales residentes |
0% hasta 1.090 UVT y 15% sobre el exceso |
Art. 242 ET |
Dividendos a no residentes y sociedades extranjeras |
20% |
Art. 245 ET (Ley 2277 de 2022, art. 4) |
Fuente: DIAN / Estatuto Tributario.
Los dividendos no gravados que recibes como residente se suman a tu cédula general y tributan por la tabla del artículo 241. Sobre la parte que supera 1.090 UVT puedes aplicar el descuento tributario del 19% del artículo 254-1.
Gravamen a los movimientos financieros (4x1000)
Este impuesto grava las transacciones del sistema financiero colombiano: cada retiro o traslado de dinero desde una cuenta paga el 0,4% (4 por mil) del valor de la operación.
La exención cubre hasta 350 UVT al mes ($18.330.900 en 2026) en cuentas de ahorro, depósitos electrónicos y tarjetas prepago marcadas como exentas, según el numeral 1 del artículo 879 del Estatuto Tributario.
Desde el 13 de diciembre de 2024 puedes repartir ese tope entre varias cuentas, incluso en bancos distintos: lo habilitó el artículo 65 de la Ley 2277 de 2022 (artículo 881-1 del Estatuto Tributario) y la DIAN lo confirmó en el Concepto 10196 de 2025. El límite conjunto sigue siendo 350 UVT mensuales.
Tratamiento fiscal de diferentes tipos de inversiones
El tratamiento fiscal de los distintos tipos de inversiones en Colombia depende del instrumento financiero. Las acciones y bonos, los fondos de inversión colectiva, las inversiones inmobiliarias y los depósitos bancarios tienen regulaciones específicas que influyen en cómo se calculan y aplican los impuestos.
Es importante entender estas particularidades para maximizar el rendimiento de las inversiones y cumplir con las obligaciones fiscales. A continuación, presentamos un resumen de las principales características fiscales de cada tipo de inversión.
Es importante entender estas particularidades para maximizar el rendimiento de las inversiones y cumplir con las obligaciones fiscales. A continuación, presentamos un resumen de las principales características fiscales de cada tipo de inversión.
Instrumento financiero |
Características |
Acciones y bonos |
Las acciones pueden ser activos fijos o movilizados. Los dividendos no gravables tienen impuestos de renta del 0% al 39%, y los gravados inician con el 35%, más una tarifa adicional del 0% al 39%. El costo fiscal de los títulos de renta fija se calcula sobre el valor de adquisición más rendimientos. Los bonos siguen reglas contables similares, considerando valor nominal, tasa facial, plazo y periodo gravable. |
Fondos de inversión colectiva |
Exentos de impuestos hasta el reembolso, momento en el que se debe pagar impuesto al retirar el capital del fondo. |
Inversiones inmobiliarias |
Sujeto al impuesto a las ganancias ocasionales (artículo 300), calculado sobre la diferencia entre el valor de compra y venta de activos. El impuesto es del 15% sobre ganancias. |
Depósitos bancarios y cuentas de ahorro |
Impuesto del 4x1000 sobre operaciones acumuladas en cuentas, con exención hasta un máximo de $18.330.900 (350 UVT) por mes. |
Fuente: DIAN / Estatuto Tributario.
Impuesto al patrimonio y activos en el exterior
Cuando el portafolio crece aparecen dos obligaciones que no dependen de lo que ganes, sino de lo que tengas a 1 de enero.
Impuesto al patrimonio
Lo pagan las personas naturales cuyo patrimonio líquido a 1 de enero supera 72.000 UVT ($3.770.928.000 en 2026). Las tarifas marginales son del 0,5%, el 1% y el 1,5% según el rango (artículos 292-3, 294-3 y 296-3 del Estatuto Tributario, Ley 2277 de 2022).
Las primeras 12.000 UVT del valor de la vivienda de habitación quedan fuera de la base gravable.
Declaración de activos en el exterior
Si a 1 de enero tienes activos fuera del país por más de 2.000 UVT ($104.748.000 en 2026), presentas el Formulario 160 aunque esos activos no generen renta (artículo 607 del Estatuto Tributario).
Es una declaración informativa, independiente de la de renta, y no presentarla tiene sanción. Aplica a cuentas, acciones y ETFs en el exterior, y también si operas con brókers extranjeros desde Colombia.
Los decretos de emergencia que no cambiaron tus impuestos
En diciembre de 2025 el Congreso hundió la ley de financiamiento y el Gobierno expidió el Decreto 1474 de 2025, que bajaba el umbral del impuesto al patrimonio a 40.000 UVT y subía las tarifas hasta el 5%.
La Corte Constitucional lo declaró inexequible en la Sentencia C-079 de 2026, de abril de 2026, así que esas medidas no se aplican y la DIAN debe devolver lo pagado.
El Decreto 0240 de 2026, del 12 de marzo, reactivó medidas por una nueva emergencia: extendió el impuesto al patrimonio a personas jurídicas y establecimientos permanentes desde 200.000 UVT y creó un impuesto de normalización tributaria del 19% sobre activos omitidos.
Ninguno de los dos decretos modificó la tarifa de ganancias ocasionales, el régimen de dividendos, el 4x1000 ni la retención sobre rendimientos financieros. El Decreto 0240 sigue bajo revisión de la Corte, así que confirma su vigencia antes de declarar.
Topes para declarar renta en Colombia
Declaras renta por el año gravable 2025 si superaste cualquiera de estos cinco topes. Se miden con la UVT de 2025 ($49.799), no con la de 2026.
Condición (año gravable 2025) |
Tope en UVT |
Equivalente en pesos |
Patrimonio bruto a 31 de diciembre de 2025 |
4.500 |
$224.095.500 |
Ingresos brutos del año |
1.400 |
$69.718.600 |
Consumos con tarjeta de crédito |
1.400 |
$69.718.600 |
Compras y consumos totales |
1.400 |
$69.718.600 |
Consignaciones, depósitos o inversiones financieras |
1.400 |
$69.718.600 |
Datos a 28/08/2026. Fuente: DIAN / Estatuto Tributario, artículos 592 y 594-3.
También declaras si fuiste responsable de IVA durante 2025. Las personas jurídicas declaran siempre, sin importar el monto de sus ingresos.
El plazo para personas naturales va del 12 de agosto al 26 de octubre de 2026 según los dos últimos dígitos del NIT. Puedes ubicar tu fecha exacta en el calendario tributario de Colombia 2026.
Consecuencias de no cumplir con las obligaciones fiscales
No cumplir con las obligaciones tributarias genera costos adicionales que pueden erosionar seriamente la rentabilidad de tus inversiones. Las multas y sanciones de la DIAN no son negociables, y en muchos casos superan el valor del impuesto original.
Multas y sanciones por no cumplir con las obligaciones fiscales
El gobierno colombiano exige el pago de obligaciones tributarias cada año. Para evitar errores y atrasos, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN impone sanciones por cualquier descuido en la presentación.
Mediante la Resolución 000238 de diciembre de 2025, la DIAN fijó la UVT 2026 en $52.374, con lo que la sanción mínima para 2026 quedó en $524.000 (equivalente a 10 UVT, según el artículo 639 del Estatuto Tributario). Esto significa que, aunque el cálculo de tu multa dé menos, pagas ese mínimo de todas formas.
Los tipos de sanciones más comunes son:
Mediante la Resolución 000238 de diciembre de 2025, la DIAN fijó la UVT 2026 en $52.374, con lo que la sanción mínima para 2026 quedó en $524.000 (equivalente a 10 UVT, según el artículo 639 del Estatuto Tributario). Esto significa que, aunque el cálculo de tu multa dé menos, pagas ese mínimo de todas formas.
Los tipos de sanciones más comunes son:
- Sanción por extemporaneidad (porcentaje de 5% por cada mes o fracción de mes).
- Sanción por no declarar (20% de las consignaciones bancarias o de los ingresos brutos del periodo, artículo 643).
- Sanción por inexactitud.
- Sanción por corrección.
- Sanción por no enviar información.
Cómo reducir la carga fiscal en tus inversiones
Cada instrumento tiene su propia tarifa: 15% fijo en ganancias ocasionales, la tabla del artículo 241 en renta y retenciones del 4% o el 7% que el banco ya te descontó.
Saber cuál te aplica cambia tu rentabilidad neta, y los topes se recalculan cada año con la UVT. Antes de declarar, reúne tus certificados de retención y revisa con un contador el tratamiento fiscal de cada producto de tu portafolio.
💡 Esta guía es informativa y no sustituye la asesoría de un contador o abogado tributario. Confirma tu caso con la DIAN o con un profesional antes de declarar.
Si solo inviertes en bolsa, consulta esta guía más específica: ¿Cómo tributan las ganancias de bolsa en Colombia?
Preguntas frecuentes sobre impuestos a las inversiones en Colombia
No. El tratamiento depende de si las utilidades ya tributaron a nivel corporativo. Los dividendos no gravados tributan según los rangos de renta personal (0% a 39%), mientras que los gravados pagan primero una tarifa del 35% más una tarifa adicional progresiva. La retención en la fuente actúa como un anticipo de ese impuesto.
Sí. Desde el 13 de diciembre de 2024 puedes repartir el tope de 350 UVT ($18.330.900 en 2026) entre varias cuentas de ahorro, depósitos electrónicos o tarjetas prepago, incluso en bancos distintos. Lo habilitó el artículo 65 de la Ley 2277 de 2022 y la DIAN lo confirmó en el Concepto 10196 de 2025. El límite conjunto no cambia: si sumando todas las cuentas superas 350 UVT al mes, el exceso paga el 4x1000.
No. Los FIC aplican el principio de transparencia tributaria: los rendimientos solo se declaran cuando el inversionista reembolsa su participación. Mientras el capital permanece en el fondo, no hay obligación tributaria.
Las ganancias por enajenación de inmuebles tributan como ganancia ocasional a una tarifa fija del 15%, calculada sobre la diferencia entre el precio de compra y el precio de venta (ajustada por el costo fiscal). Esta tarifa aplica cuando el activo ha estado en tu poder por más de dos años.
En 2026, la sanción mínima de la DIAN es de $524.000 (10 UVT, artículo 639 del Estatuto Tributario). La sanción por extemporaneidad equivale al 5% por cada mes o fracción de mes de retraso. Si el cálculo da un valor inferior a $524.000, se aplica igual el mínimo.
Depende de los montos, no del tipo de inversión. Por el año gravable 2025 declaras si tu patrimonio bruto a 31 de diciembre superó 4.500 UVT ($224.095.500) o si tus ingresos, consumos con tarjeta, compras o consignaciones e inversiones financieras pasaron de 1.400 UVT ($69.718.600). Basta con superar uno de esos topes. Si además tienes activos fuera del país por más de 2.000 UVT, presentas también el Formulario 160.
Fuentes consultadas: