Purepecha500
Te encargo si logras investigar que abogado puede llevar tu caso, ya que yo cumplo 30 años de servicio y 51 años de edad en el 2021 y me interesa seguir ese proceso de amparo.
Pero si para el 2021, ya cumplí con los 30 años de servicio que marca la ley derrogada.
O tengo que esperar la edad mínima del articulo 66 que es a los 55 años según la jurisprudencia
Ahora veo positivamente la revisión que hicieron ala ley a favor de pensión por el decimo transitorio mi pregunta es en el 2021 cumplo treinta años de servicio y 52 años de edad puedo jubilarme en ese momento
Mi pregunta va relacionada a que elegi el regimen 10 transitorio ingrese el 1 de marzo de 1991 en el año 2021 cumplo 30 años de servicio
Pregunta 1¿ Puedo jubilarme con 30 años de servicio y 51 años de edad?.Esto debido a la irretroactividad de la ley
Pregunta 2 ¿ Puedo jubilarme segun la jurisprudencia? Que a la letra dice:
PERO en este año la Suprema Corte de Justicia de la Nación estableció una jurisprudencia y en ella determinó que
algunos trabajadores de la vieja ley del ISSSTE podrán pensionarse a los 55 años (y no a los 60), es decir, sin hacer caso a la edad mínima que contempla la legislación. En resumen: la resolución del máximo tribunal del país fue que cuando un trabajador del Estado deje de trabajar luego de
por lo menos 15 años de cotización al
ISSSTE y deje completamente sus aportaciones, podrá tener el privilegio de pensión a los 55 años.
Pregunta 3 ¿ O tengo que acatarme a la nueva ley del issste respecto a las modificaciones al regimen 10° transitorio?