... agradeceros vuestra información. Es lo más!!! Ahora me toca estudiar vuestras propuestas que he tomado buena nota. Yo era muy afín a la cuenta Facto pero no la veo entre las recomendaciones. En tiempo atrás también he declarado en el modelo 720. Prefiero evitarlo.Las cuentas remuneradas son novedad para mi. Tendré que estudiar las condiciones de Myinvestor...Os seguiré preguntando dudas, seguro. Cuando uno deja el tema de inversiones por un tiempo, vuelve a ser nuevo. Invertí parte en inmobiliario y ahora toca sacar rentabilidad a lo poco que queda. Me está dando pereza y siguiéndoos, me estimula.Gracias mil!!!
Hola! Tengo una disponibilidad de 100.000 € para invertir. Mi banco, BBVA me sugiere un plazo fijo al 1,4 % . Soy muy conservadora y quiero disponibilidad sin sanción. Qué depósito eligirías vosotros? Sería conveniente diversificar?Gracias por vuestras aportaciones
Hola! Tengo una disponibilidad de 100.000 € para invertir. Mi banco, BBVA me sugiere un plazo fijo al 1,4 % . Soy muy conservadora y quiero disponibilidad sin sanción. Qué depósito eligirías vosotros? Sería conveniente diversificar?Gracias por vuestras aportaciones
Gracias, Rucko, pero por lo que estoy investigando... el que tributa sobre la donación que recibe, es el donatario, que es mi hijo y que reside en Asturias. Posiblemente, esto lo cambia todo, no?
Gracias, Leopol72. Otro colaborador de este foro me ha dado la idea de formalizar contrato de préstamo a interés 0, para poder transferir la cantidad que necesita para la compra del piso. Recibiría lógicamente la cantidad que acordemos para su amortización. Me parece interesante y legal y no pago impuestos.Gracias por tu ayuda
Muchísimas gracias, Sergio. Voy a madurar el contrato de préstamo a tipo O. Creo que es la posibilidad que más me va a interesar. Un saludo y gracias, otra vez
Muchísimas gracias por tu respuesta. Me entran sudores fríos.... tengo mucho que leer del foro. Qué casillas corresponden a las transmisiones patrimoniales? Y sí hay dos partes pues la herencia ha sido de los dos, fallecidos ambos en 2012 y aceptada la herencia en 2020. Cualquier aportación para expresar esto en la declaración, me vendrá bien
Bacalao, necesito me aclares cuando dices... "se declaran como ganancias de capital" si es lo mismo que "otras ganancias patrimoniales de la casilla 389.- Estoy a punto de cerrar la declaración y tengo esa duda. Muchas gracias
Me han pagado intereses de demora. Las costas fueron a repartir entre las dos partes. En 2019 percibí la cantidad de cerca de 2 mil euros en concepto de intereses de demora que recogía la sentencia. Tengo que declararlos en esa casilla de "otras ganancias patrimoniales"? Gracias Bacalao por tu tiempo
Estamos estudiando el hacer un contrato privado, en espera de la extinción de condominio, como bien dices. ¿Qué requisitos tiene que reunir ese contrato? ¿Hay algún enlace web interesante de modelos de contrato privado?.
Muchas gracias por vuestro tiempo y conocimientos.
efectivamente, me refería a los ingresos netos. Ahora ya sé que no pasan de 7500 € de pensión por incapacidad, por lo que aplicando la deducción por "descendientes con derecho al mínimo por discapacidad a cargo", creo que le suponen una devolución en la declaración de 1.200 €.
Si esto es así (tengo cita el próximo lunes) me doy cuenta que no hemos aplicado esta deducción en los años desde 2012 al actual. Cada año ha pagado en la Declaración 1.100 € cuando con esta deducción le saldría a devolver bastante dinero. ¿Hay posibilidad de reclamarlo?
Si no se tuvo en cuenta en dichas declaraciones fue a raiz de un malentendido en la Gestoria, donde le tramitaron los recursos por la sanción de Hacienda, de no declarar una pensión del extranjero. A la pregunta nuestra de "vive un hijo con ella que percibe ingresos, habría que declararlos? La respuesta fue: no interesa incrementar los ingresos, por lo que el hijo debería hacer la declaración aparte o eximirse de declarar si no no llega al límite. A nadie se le ocurrió hacer una simulación, investigar sobre las características de los ingresos del hijo... o si tenía reconocida una discapacidad... etc.
ya... pero fíjate, el otro año hice consulta en Hacienda sobre un caso de ascendiente con gran discapacidad y renta (anual) superior a esos 8000 €. Metieron los datos y con datos que uno hubiera descartado por ser superior a 8 mil euros, me dijeron que utilizaban una fórmula y si no ascendía a 8 mil, procedía la deducción,
El lunes tengo cita y voy a exponer esta duda. Y te cuento.
Muchas gracias
Me confunde el apartado de la Declaración de la Renta que dice; Hijos integrantes de la unidad familiar que no hayan percibido rentas y
otros descendientes con derecho al mínimo por tal concepto.
En este caso es "descendiente con derecho al mínimo...
... pues como era de esperar la Procuradora se ha equivocado en el cálculo de los intereses. Me proporcionan en el Juzgado el primer cálculo de 800 € en que no aplicó el 50% al interés legal de dinero. En el segundo cálculo que presenta sí tiene en cuenta ese incremento apuntando el 20% a partir del 2º año (interpretación favorable para la parte contraria) pero se equivoca al reseñar la fecha del siniestro en dos meses posteriores... En el juzgado han cursado a la parte contraria el requerimiento de este cálculo. Ya veremos cómo lo subsanan. Estaré pendiente.
Efectivamente, no se precisa mucho tiempo para hacerlo bien... pero hay quien son auténticos desastres...y a las pruebas me remito.
Muchas gracias por tus aportaciones. Con foros de este tipo me ayudan a repasar temas que deberían facilitarte los profesionales que cobran por estas gestiones. En fin...