pues sí lo tienes que poner... aunque en el pais de origen la pensión no sea susceptible de retención aquí resulta que sí, porque es un segund pagador... y sí te sale ese mensaje, pero lo curioso es que yo hago normalmente la renta de un familiar que recibe pensión de aquí y de pais extracomunitario... y todos los años sale el mensaje de "otros años se han consignado pensiones del extranjero" o algo similar, y este año no sale ningún mensaje... pero evidentemente hay que ponerla porque de lo contrario : Zasca!
igual tienes que hacer dos declaraciones aunque no sé como una hasta el 8 de febrero de 2021 y otra desde el 9 en adelante, yo llamaría a hacienda a ver que me cuentan.
a mi me dijeron una vez que no, y me devolvieron el dinero tras mucho insistir en los tiempos en que ibas a la sucursal y te conocían y todo... el cheque apareció al año traspapelado en casa de la persona a la que se lo envié, me lo devolvió y lo destruí, no lo llevé a la CAM porque ya me había devuelto el dinero. Desde entonces odio los cheques bancarios.
mira esto, puedes presentar escrito con lo que tengas y posteriormente añadir si no se ha resuelto.. https://www.bufeteneila.com/post/se-puede-presentar-documentaci%C3%B3n-requerida-fuera-de-plazo-en-un-expediente-administrativo
es una tarjeta de crédito que es GRATIS y por ejemplo con la cuenta online del BBVa solo se tiene una tarjeta de débito si quieres de crédito hay que pagar.
a ver teniendo gato ya te digo : al parquet no le hace nada, fundamentalmente suele cebarse con sofas, cortinas (es muy bonito verlos trepar por ellas), sillas o sillones con tapizado. Conclusión el sofa que lo traiga el inquilino y las sillas que sean de madera, y las cortinas lo mismo. No suelen tirar nada al suelo, a no ser que se asusten. Y donde esté un buen sofa que se quiten todos los rascadores por muy monos que sean...
desde el tema del covid pueden enviarte la resolución sin verte la cara!!! se recomienda reclamar en ese caso, en función de la resolución claro está...
y sobre todo llevar el documento al registro de la propiedad, que tienes un mes, al menos en la comunidad valenciana, si no lo llevas aunque es un paso completamente gratuito, aquí cae una multa de 75 euros.