A mí me parece que ING (en España) se está muriendo de éxito. Soy cliente desde hace muchos años, y observo un deterioro continuo en el funcionamiento. Cada vez más dificultades en el acceso, se les caen los servidores, no pueden dar acceso a mucha gente a la vez...... No sé si otra banca online será mejor, pero creo que en breve me llevaré todo y hasta luego Lucas!
Ten en cuenta que esto no está actualizado para 2018. Aquí dice que el Openbank cobra 0,15% de comision de custodia, pero ahora están en el 0,6%, que me parece una salvajada....
Sobre el 720, tengo entendido que si tú compras por ejemplo acciones en NYSE, a través de un banco en España, las acciones "quedan custodiadas" en el banco, o sea en España, y no hay que hacer el 720, ¿estoy equivocado?
Gracias por la respuesta. Efectivamente es como tú dices, Hacienda directamente me confirma que el 303 no admite de ninguna manera una segunda presentación "sustitutiva", sino simplemente complementaria (a pagar más o menos). La gestoría me niega el asunto, y no admite ninguna responsabilidad, y lo atribuye a "error" de Hacienda. Como ya no me lo creo, pues han perdido mi confianza y les acabo de despedir con un atento burofax donde les reclamo el perjuicio causado. Y de momento les he devuelto todos los recibos posibles de los últimos meses, comprometiéndome a pagárselos de nuevo cuando Hacienda me devuelva el cargo duplicado, que se pueden tirar 6 meses... El que la hace la paga, simplemente. No es de recibo que una gestoria cometa un error tan tonto, y encima no lo admita, sino que intente además escurrir el bulto. Mediocridad absoluta es mi conclusión, además de mucho morro. La vida está dura para todos, así que mejor que espabilen.
Gracias a todos por vuestros comentarios.
No entiendo muy bien las respuestas dado que no soy experto en este tema concreto. Pero el caso es que he visto mucha gente (y no solamente grandes patrimonios) poner sus propiedades a nombre de "sociedades patrimoniales" (de las que la persona física es socio único además), es decir, que la sociedad es mera tenedora de patrimonio, pero no lo alquila ni tiene ingresos por "explotar" los activos. Si acaso, meten a la "chacha" de gastos...
Si la gente lo hace es porque en algo les beneficia, digo yo, no?
Pero no acierto a ver qué sentido tiene esto...
Muchas gracias por las respuestas!
Bueno, pues investigando el tema, descubro que mi actual gestoría me presentó dos 303 en Enero, con diferencia de un día y referencias distintas para Hacienda (ambos para domiciliación bancaria del pago), con la buena intención de ajustar en el segundo unos datos en la información de operaciones intracomunitarias. El segundo 303 pretendía ser sustitutivo del primero, pero está marcado como "complementario". El valor a ingresar de IVAs de los dos 303 era lógicamente el mismo.
Apelo a lo expertos en el tema, a ver si esto se puede se considerar "error de gestoría" (es decir, si se merecen que les despida por fastidiarme la tesorería en plena cuesta de enero) o es "error de Hacienda".
Por otra parte, ya está reclamado a Hacienda el cargo duplicado, según comentario de Empty arriba (gracias!!), y según Hacienda "está en trámite" al día de hoy. Con el banco no ha habido nada que hacer, claro.