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Henrimail

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Henrimail 17/04/24 13:26
Ha respondido al tema Bonificacion fiscal 40% - Rescatar plan pensiones
No discrepas porque planteaba las dos opciones, pero en el fondo pienso como tú, hay consultas vinculantes de la DGT donde el supuesto excepcional de liquidez como desempleado (podría ser asimilable), lo considera como un adelanto de la contingencia de Jubilación, por lo que tiene sentido tu criterio.Entiendo que el rescate por aportaciones superiores a 10 años se encuadrará en los supuestos excepcionales de liquidez.De todas formas, según tu criterio si que se podrá aplicar la bonificación del 40% (cumpliendo requisitos) al rescate a partir de 2025, en el año de rescate y los 2 posteriores, pero ya no en el momento de acceder a la jubilación, por tratarse de la misma contingencia??.Te parece correcto ?
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Henrimail 17/04/24 06:37
Ha respondido al tema Bonificacion fiscal 40% - Rescatar plan pensiones
Hola, una consulta para @batiscafo.Si rescatas el plan con una antigüedad de 10 años, a partir de 2025, puedes aplicar reduccion del 40%, como en jubilacion?.Son contigencias diferentes la de supuesto excepcional de liquidez y contingencia de jubilacion, o son la misma, y por lo tanto solo te lo puedes aplicar una vez, aunque en tres años desde ese hecho causante.Gracias 
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Henrimail 17/04/24 04:45
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Una consulta. Se puede solicitar convenio con la SS, si te suspenden un mes el subsidio, y solo para ese mes ?.Que plazo hay para solicitarlo si la suspension ya esta en curso ?
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Henrimail 07/04/24 05:22
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Una consulta adicional.Si estoy cobrando el subsidio de 52a, cumpliendo renta y rescato un plan de pensiones en 2025, como pago unico como me afecta al calculo de rentas?.Creo que hay una  sentencia de TSJ 65/2016 al respecto.
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Henrimail 04/04/24 14:13
Ha respondido al tema Dudas sobre prestación cese actividad de autónomo - Subsidio
Si tramito baja del RETA como profesional ya no soy estoy como persona fisica.A los 6 meses, solo soy administrador de una SL con perdidas.Y si solicito el cese de actividad es solo como administrador, por lo que solo debo cumplir las condiciones de cese involuntario, pero no de persona fisica (IRPF).Es correcto, con esa anticipacion de 6 meses ?? 
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Henrimail 04/04/24 10:57
Ha respondido al tema Dudas sobre prestación cese actividad de autónomo - Subsidio
Muchas gracias por por la rápida y clara contestación.1- Además estoy de alta en RETA como Profesional (Ingeniero colegiado), facturo por trabajos, y recibo dividendos de la sociedad. Mi intención es causar baja 6 meses antes como profesional, y después ser relevado como administrador de la SL, y proceder a la liquidación por otro administrador solidario, para solicitar prestación por cese de actividad. 2- Es correcto presentar los 4 últimos trimestres del modelo 303 de IVA de la SL, para justificar las perdidas del año anterior ?.Gracias
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Henrimail 03/04/24 14:01
Ha respondido al tema Dudas sobre prestación cese actividad de autónomo - Subsidio
Hola, en caso de un autonomo societario de SL, .con participacion social del 33%.Si te cesan como administrador en Junta, y nombran liquidador a otro administrador, y te das de baja como autonomo societario, y lo elevas al Registro mercantil.Como acreditas las perdidas de un año, entiendo que de la sociedad, mediante declaracion de IVA, de los 4 trimestres anteriores, o que modelo fiscal.si cotiza por la base máxima, la cotizacion en paro, sigue siendo la máxima, si la has tenido 18 meses?.
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Henrimail 03/04/24 13:05
Ha respondido al tema Subsidio mayor de 52 años y herencias
Hola. En caso de recibir una herencia, existe obligacion de comunicar la SEPE las cantidades en cuenta que superen 850x12=10.200€, y producen suspension de 1 mes?. Si el intere presunto de ese dinero y resto de rendimientos no superan 850€.Pero he leido que si se recibe un inmueble no es necesario, si el rendimiento presunto de ese inmueble al mes siguiente no supera 850 €.Es correcto?
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Henrimail 21/03/24 11:11
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Gracias por responder.Entonces si tengo 100.000€, en un fondo de inversión , tengo una renta presunta al 3,25%, de 3.250€, entre 12  de 270,8€ al mes, puedo hacer una donación de 40.000€ a un hijo, y sigo cumpliendo?.Debo notificar al SEPE?
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Henrimail 21/03/24 07:39
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Buenos díasYa he presentado la comunicación en el SEPE. He presentado una tabla donde cálculo la renta Efectiva de la venta de 3 fondos, dos de ellos con 2 titulares, y con una renta del mes de marzo de 968€, en un PDF firmado digitalmente y copia de los documentos de venta de los fondos, así como Extracto de la web donde figura la plusvalía (en el documento de venta solo figura importe y retención y no plusvalía).En principio bien, aunque el funcionario no parece que se entere mucho, supongo que será su jefe quien lo mire.Si que me ha dicho que solicite nuevamente en 1 mes la reanudación.Estoy pensando en presentar la renta de 2023 que ya la puedo tener presentada Para el 21 de abril. Pero dependerá si me piden más documentación una vez reciba la  suspensión temporal del subsidio.Una consulta, si hago una donación en favor de mis hijos, como me afectaría al cobro del subsidio??
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Henrimail 12/03/24 13:15
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
ok gracias, ya veremos, no sabes el criterio habitual en Valencia, verdad?.Respecto a la comunicación  para la venta de los fondos al SEPE. Es correcto hacerlo via web  por variación de rentas, poniendo los rendimientos explícitos calculados de capital mobiliario y renta de alquiler, excediendo de 850€, en mi caso. Y en gestión documental explicar las fechas de venta de los fondos, y adjuntar un calculo con importes, y su renta explicita mensual, en un documento pdf firmado.Es conveniente o necesario, adjuntar los extractos de las operaciones del banco ? (Lo digo por que tardaré mas tiempo en conseguirlas), y adjuntarlas si me la solicitan. 
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Henrimail 12/03/24 01:52
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Gracias @franjgr.Efectivamente hay dispersion, pero creo que le Art 7 del RD 625/85, matiza algo mas, y no aparecen la cita de los fondos:"3.º Si se dispone de bienes de patrimonio, fondos de inversión mobiliaria o inmobiliaria, fondos o planes de jubilación, o cualquier otra modalidad de inversión de capital, excepto la vivienda habitual y los planes de pensiones, que tenga diferida su sujeción al impuesto de la renta de las personas físicas, siempre que no se haya computado su rendimiento mensual efectivo se computará el rendimiento mensual presunto que resulte de aplicar el 50 por ciento del tipo de interés legal del dinero vigente sobre el valor del bien, fondo o plan, prorrateado entre 12 meses."Entiendo que como has mencionado en otro foro, se puede recurrir si el SEPE, te deniega por esa causa, y hay posibilidades de ganar.Respecto a que me lo pueda aplicar un mes o algunos meses no lo entiendo. En principio si se abre el melon del dinero en cuentas, puedo necesitarlo para una reforma en mi casa.
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Henrimail 11/03/24 11:03
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Si los superaba desde el 19 diciembre 2023, antes no, pues por desconocimiento,  compre en esa fecha un fondo de inversión que hace que por rendimiento presunto lo supere (desconocía el rendimiento presunto). Que bueno eres, te has dado cuenta enseguida.Entonces prefiero comunicar, interrumpir y solicitar reanudación al mes.Entiendo que el SEPE, me puede pedir aclaraciones, y justificar que desde diciembre se excede, pero antes no. Por cierto me planteo comunicar solo las ventas de fondos, superando el limite de rentas en pago unico ese mes, y solicitar renovación, comunicando rentas y ya tener en cuenta el rendimiento presunto.Respecto dinero rembolsado, e ingresado en cuenta corriente, entiendo que no genera renta presunta?.  
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Henrimail 11/03/24 07:32
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Buenos dias, tengo una consulta para @franjgr .Tengo concedido en el subsidio de 52a, y he realizado el 11-03-24 la venta de un fondo de inversion con dos titulares (separacion bienes), entiendo que renta explicita en pago unico con plusvalia 3.352,72, y para 1 titular 1.676,36€, a 12m renta mensual 139,70€. Y otro Fondo con unico titular, plusvalia 568,10€ y renta mensual Explicita 47,34€.Además tengo fondos con 2 titulares sin vender, por lo que divido el importe entre 2, y cada mes me aplico rendimiento Presunto del 3,25%/12M, y me sale 248,8€.Ademas una renta de alquiler bruto de 468€.Lo sumo todo y me da 903,52€. Luego interrumpo el subsidio una vez lo comunique en marzo, para el mes de Abril.Puedo pedir reanudar el subsidio el 1 de mayo, con el alquiler y los fondos sin vender, con rendimiento presunto, que suman un total de renta de 716,48€??. Las cantidades rescatadas de fondos, van a una cuenta corriente sin interés, luego no tengo que calcular rendimiento presunto.Es correcto ??.Muchas gracias por vuestro gran aporte e inestimable trabajo. 
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Henrimail 06/04/19 07:00
Ha respondido al tema Fondo inversion Lindsell Train Global Funds
Disculpar si no se ve muy bien la imagen (limitaciones que tiene uno). La contestacion es de BNP, y argumenta que no es contratable por personas físicas, solo por institucionales Lastima  
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