Buenas Tardes
Disculpen una consulta quisiera saber sí para la declaración de renta de un Militar que supera el tope de ingresos para el 2016 con 52 mill en certificado de ingresos, donde el Ejercito de Colombia le Certifica 12 Mill Gravados y 40 Mill no gravados (En certificado anexo al formulario 220), puedo aplicar el numeral 8 del artículo 206 de rentas excentas? "El exceso del salario básico percibido por los oficiales y suboficiales de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional y de los agentes de ésta última", de ser así como puedo aplicarlo con esta información..