
¿Qué es la pensión por Sobrevivencia?
La pensión por sobreviviencia es una prestación económica que le es reconocida a los beneficiarios de la persona que fallece, mediante la cual de forma mensual recibirá una renta.
Pensión por Sobrevivencia: Requisitos
Los requisitos de la pensión por Sobrevivencia son:
- El afiliado debe haber cotizado por lo menos 50 semanas entre la fecha de su fallecimiento y tres años atrás contados desde ese momento.
Pensión por Sobrevivencia: Beneficiarios
Existen dos tipos de beneficiarios de la pensión por sobrevivencia: los beneficiarios vitalicios y los beneficiarios temporales.
Beneficiarios Vitalicios de la Pensión por Sobrevivencia
- El cónyuge: Compañero o compañera permanente, esta regla tiene su excepción
- Los padres: Solo en caso de que el afiliado no haya dejado cónyuge o compañero(a) permanente.
Beneficiarios Temporales de la Pensión por Sobrevivencia
- Los hijos: Para los cuales existen tres categorías
- Hijos menores de edad
- Hijos mayores de edad
- Hijos inválidos mayores de 18 años
- Cónyuge o compañero temporal: Es aquel que en el momento de fallecimiento tenía menos de 30 años años de edad y no había concebido hijos con el o la afiliada.
- Hermanos Inválidos: Siempre y cuando existiera dependencia económica al momento del fallecimiento, esta condición de beneficiarios la tendrán mientras subsista su condición de inválidos y solo en el caso de que el afiliado no haya tenido ni esposa ni hijos ni padres con derecho.
Pensión por Sobrevivencia: Trámite
Los pasos que debes seguir para conseguir que tu solicitud Pensional por Sobrevivencia tenga éxito son los siguientes:
- Paso 1: Entregar documentos
Entregar la documentación necesaria para el trámite, recepción de constancia de recibido de documentos con el numero de solicitud.
- Paso 2: Validación de la Solicitud
Aquí se valida si cumples con los documentos para realizar la solicitud de tu pensión.
- Paso 3: Definición de la Solicitud
Los abogados del fondo de pensiones y cesantías, definen el resultado de la solicitud, para las cuales es posible obtener dos resultados:
- Que se aprueba tu pensión
- Que se rechace tu pensión por no cumplir con los requisitos.
- Paso 4: Liquidación y Pago
Se te liquida la pensión y la mesada con base en la liquidación que se efectuó, a partir de este momento cuentas con el estatus de Pensionado, y por medio de una carta se te comunica el reconocimiento formal de tu pensión.
Pensión por Sobrevivencia: Pago
El pago de la pensión por sobrevivencia lo pueden hacer efectivo de diferentes formas: mediante abono a cuenta, pago por ventanilla o por medio de cheque.
Pensión por Sobrevivencia: Monto
El monto de tu pensión de sobrevivencia depende de dos factores: Número de semanas cotizadas e Ingreso Base de Liquidación:
Factor 1: Número de Semanas Cotizadas
Acorde con el número de semanas cotizadas los porcentajes de la Pensión de Sobrevivencia son los siguientes:
El monto de la Pensión de Sobrevivencia o de sobrevivientes depende de si son Afiliados pensionados o no lo son. Si fallecieran sin reunir los requisitos para cobrar la pensión de sobrevivientes, se aplicará a la devolución de saldos, si cumplen con los requisitos.
Afiliado Pensionado: Monto mensual Pensión de Sobrevivientes por fallecimiento del pensionado
El monto mensual de la Pensión de Sobrevivientes por muerte del pensionado que les corresponde recibir a sus beneficiarios será equivalente al 100% de la pensión que percibía el Afiliado, al cobrar sus beneficiarios se denomina como "Sustitución Pensional".
Afiliado No Pensionado: Monto mensual Pensión de Sobrevivientes para beneficiarios
El monto mensual de la Pensión de Sobrevivientes para beneficiarios equivale al 45% del Ingreso Base de Liquidación (IBL); si, el Afiliado cotizó durante 500 semanas. Por cada 50 semanas adicionales de cotización a las primeras 500, tendrá un 2% adicional, esto, sin superar el 75% del Ingreso Base de Liquidación (IBL).
Porcentaje (%) a aplicar sobre el Ingreso Base de Liquidación según el número de semanas: | |
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Número de Semanas | Sobrevivencia |
549 o menos | 45 % |
550 | 47 % |
600 | 49 % |
700 | 53 % |
750 | 55 % |
800 | 57 % |
850 | 59 % |
900 | 61 % |
950 | 63 % |
1000 | 65 % |
1050 | 67 % |
1100 | 69 % |
1150 | 71 % |
1200 | 73 % |
1250 | 75 % |
Factor 2: Ingreso Base de Liquidación (IBL): En el cual se promedian los últimos diez años de salarios cotizados a la fecha de reconocimiento de la pensión o menos tiempo si el afiliado no alcanzó a cotizar los diez años. Estos salarios se actualizan con el Índice de precios al consumidor que certifica el DANE.
¿Cuándo hay devolución de saldos?
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Cuando el Afiliado fallezca sin cumplir con los requisitos para lograr una Pensión de Sobrevivencia, se les entregará a sus beneficiarios la totalidad del saldo abonado en la Cuenta de Ahorro Individual (CAI) del Afiliado, incluidos los rendimientos y el valor del Bono Pensional, si hubiera lugar a este.
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Cuando las personas que solicitan la pensión de un Afiliado o de un pensionado fallecido no acreditan la condición de beneficiarios, percibiendo en calidad de herederos.
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Cuando la causa del fallecimiento del Afiliado sea por Accidente de Trabajo o Enfermedad Profesional (ATEP), la pensión es otorgada por una Administradora de Riesgos Laborales (ARL) y la devolución de saldos se le entrega a los mismos beneficiarios de la Pensión de Sobrevivencia.
Ahora conoces todo lo necesario sobre la Pensión por Sobrevivencia ¿Qué opinas de este tipo de pensión? ¿Es suficente el monto para cubrir los gastos familiares en caso del fallecimiento de la cabeza del hogar? Otros tipos de pensiones existentes son la Pensión por invalidez y la Pensión por vejez.