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Las cesantías son una prestación social, a la que tiene derecho todo trabajador que posee un vínculo laboral y también aquellas personas que de forma voluntaria, se desean afiliar a un fondo de cesantíasSu objetivo es el de auxiliar de forma monetaria a las personas, cuando la persona termina su relación laboral, es decir cuando esta está cesante.
 
¿Qué son las Cesantías?
 

 

¿Para que sirven las Cesantías?

Entre las funciones que cumplen las cesantías es posible encontrar:

  • Para ofrecer un seguro y auxilio cuando el trabajador queda desempleado.
  • Para financiar la matrícula de educación superior del trabajador, sus hijos o cónyuge en entidades que tengan reconocimiento del Estado.
  • Para adquirir, mejorar o construir la vivienda.

 

¿Que personas tienen derecho a Cesantías?

Existen dos categorías de personas con derecho a cesantías, los trabajadores dependientes y los independientes.

  • Trabajadores Dependientes: Personas vinculadas mediante contratos de trabajo verbales o escritos. El trabajador debe estar afiliado a un solo fondo de cesantías.
  • Trabajadores Independientes: Personas naturales que no están sujetas a un contrato laboral o personas que trabajan en su propia empresa.

 

¿Quiénes más tienen derecho al pago de cesantías e intereses?

El pago de las cesantías e intereses tienen derecho a recibirlas todos los trabajadores bajo relación laboral con un empleador, si su vinculación laboral es mediante un contrato a término fijo o indefinido.

 

¿Cómo se calcula el valor de las Cesantías?

Para el cálculo de las cesantías aplicamos la siguiente formula: (Días Laborados x Salario) / 360 días
 
Para realizar la liquidación de las cesantías se deberá tomar el auxilio de transporte como parte del salario.
 

El valor de las cesantías debe calcularse sobre el monto del último sueldo devengado. Si cobran un salario variable, el valor de las cesantías se calculará en base a un promedio de lo devengado durante el último año trabajado.

El cálculo de los intereses es fijado con base en una tarifa del 12% anual o proporcional por fracción del año trabajado aplicado para los que no cumplan con 1 año trabajado en la empresa.

Fórmula de cálculo de las cesantías

  • Cesantías: Salario mensual * Días trabajados en el año)/360

Fórmula para calcular intereses de las cesantías

  • Intereses sobre cesantías: (Cesantías * Días trabajados * 0,12)/360

 

Fórmulas para liquidar prestaciones sociales:

Los empleadores disponen de diferentes fórmulas para calcular las prestaciones sociales. Dichas fórmulas utilizadas en conceptos que se liquidan mensualmente o quincenalmente como:

  • Prima de servicios: (Salario mensual * Días trabajados en el semestre)/360
  • Vacaciones: (Salario mensual básico * Días trabajados)/720

 

¿Cuándo se pagan las Cesantías? 

El plazo de pago de las cesantías es hasta el 14 de febrero, como lo dicta la Ley 50 de 1990 si pasa esta fecha y no se ha realizado el pago respectivo, se generará una sanción por mora, en la cual se deberá pagar un día de salario por cada día de atraso en el pago.
 
 

Cesantías: ¿Qué ocurriría si un trabajador se retira antes del 31 de Diciembre?

En el caso de que el trabajador se retire antes del 31 de diciembre, el empleador deberá pagarle al trabajador las cesantías causadas por el tiempo trabajado.

 

Intereses de las Cesantías

El Interés por ley de las Cesantías en Colombia es del 12% anual y la empresa tiene como obligación:
  • Liquidar al trabajador el interés al 3 de Diciembre de cada año.
  • Pagar al trabajador el interés a más tardar el 31 de enero siguiente, si esto no se cumple la empresa tendrá que pagar el doble de los intereses causados en una sola vez.

 

Entidades gestoras de cesantías en Colombia

A continuación se describen las Entidades Gestoras de las Cesantías en Colombia

  • Colfondos
  • Protección
  • Porvenir
  • Colpatria
  • Skandia

 

¿Qué son las cesantías retroactivas?

Son aquellas que se encuentran en poder del empleador, a lo largo de toda la vigencia de la relación laboral. Aplica solo para los trabajadores que se encuentran vinculados por contrato antes del 1 de Enero de 1991.

Se conocen como retroactivas porque son reconocidas al terminar el contrato laboral y equivalen a un mes de salario por cada año de servicios prestados o proporcional al tiempo de servicios.

Un ejemplo sería, un trabajador que ingresó el 01 de enero de 1989 y se retiró de la empresa el 31 de Diciembre de 2015, en este caso el valor de cesantías retroactivas correspondientes sería igual al valor del último salario multiplicado por 26.

Valor Cesantías Retroactivas = Último salario X Tiempo de servicio

 

 

En conclusión si eres un trabajador que empezó a laborar antes del 1 de Enero de 1991, el empleador te debe pagar las cesantías retroactivas, de no ser así te deberán pagar las cesantías normales, de la siguiente forma: (Días Laborados x Salario) / 360 días.

Te recomendamos al momento de retirar tus cesantías, consultar con el fondo de cesantías al que estés afiliado, para conocer de primera mano los requisitos y modalidades en que puedes efectuar dicho retiro, puesto que estos varían de acuerdo al fondo de cesantías.

 

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