Acceder
¡Bienvenido a Rankia Colombia! Volver a Rankia Chile
IVA Colombia: tipos, tarifas, cálculo y períodos gravables

IVA Colombia: tipos, tarifas, cálculo y períodos gravables

¿Sabías que luego de la reforma tributaria el IVA subió del 16% al 19%?, ¿Conoces cuáles productos tienen IVA? En este post te explicamos todo lo que debes saber respecto al IVA, qué tarifas aplican para los diferentes bienes y servicios, los periodos gravables y cómo puedes calcularlo.

 

IVA Colombia: tipos, tarifas, cálculo y períodos gravables
 
 

IVA: ¿Qué es?

Es un gravamen que recae sobre el consumo de bienes y servicios y explotación de juegos de azar. Es de orden nacional e indirecto. El IVA se aplica a las diferentes etapas del ciclo económico de la producción, distribución, comercialización e importación.

Aplica en los siguientes casos:
a.    La venta de bienes corporales muebles que no haya sido excluida expresamente.
b.    La prestación de los servicios en el territorio nacional.
c.    La importación de bienes corporales muebles que no hayan sido excluidos expresamente.
d.    La circulación, venta u operación de juegos de suerte y azar con excepción de las loterías.

 

 Regístrate ahora >>> Podrás preguntar todas tus dudas sobre el IVA o otros impuestos. Además tendrás acceso a contenido exclusivo y recibirás información sobre lo último y más relevante del momento.

 

IVA: Períodos Gravables

Existen dos períodos gravables para el IVA, el bimestral y el cuatrimestral. En este sentido, el primer bimestre corresponde a los meses de enero y febrero y el primer cuatrimestre al período comprendido entre enero y abril de cada año. 

Para conocer las fechas de declaración de IVA para el año 2022 te recomendamos leer el post Calendario tributario 2022 - DIAN.

 

IVA: Tarifas

Las tarifas son los porcentajes aplicables a las bases gravables para determinar el  impuesto sobre las ventas, las cuales son de tres tipos: general, diferencial y especial. En Colombia, la tarifa general del IVA es del 19%. Aunque existen varias tarifas diferenciales, que son menores y mayores a ese 19%. Los bienes o servicios que tienen tarifas especiales o diferenciales, deben estar expresamente señalados por la norma, lo mismo que los exentos y excluidos.

A continuación se muestran los bienes y servicios con tarifas diferenciales:

TARIFAS DIFERENCIALES DE IVA

TARIFA 5% servicios

Almacenamiento de productos agrícolas en almacenes generales de depósito

Planes de medicina prepagada y complementarios, las pólizas de seguros de cirugía y hospitalización, pólizas de seguros de servicios de salud y en general los planes adicionales

Servicios de vigilancia, supervisión, conserjería, aseo y temporales de empleo

TARIFA 5% bienes

Café, Café tostado y descafeinado, chocolate, Trigo, avena, maíz y arroz para uso industrial

Sorgo de grano, harina de trigo, harina de maíz y otras harinas

Pastas alimenticias, azúcar

Salchichón, butifarras y mortadela, carnes frías y embutidos

Tampones y toallas higiénicas

Pañales

Papel higiénico

Bicicletas con un precio inferior a 1 millón y medio

TARIFA 19%

Venta de cervezas de producción nacional y para las importadas

Cereales preparados y otros cereales, hortalizas y legumbres enlatadas, productos del mar (excepto pescado), 

Frutas en envases o secas

Derivados lácteos (excepto queso)

Aceites y grasas

Otros condimentos (excepto la sal), sopas y cremas, salsas y aderezos

Dulces, confites y gelatinas, jugos, gaseosas y maltas

Artículos del hogar: sala, comedor, alcoba

Nevera, estufa, lavadora, otros aparatos del hogar

Otros muebles del hogar, equipo de iluminación y decoración

Ollas, sartenes y refractarios, vajilla, cubiertos

Otro utensilios o menaje del hogar

Juegos de sábanas y fundas, cojines y cubrelechos, colchones y almohadas, cortinas, toallas, manteles y forros para muebles

Jabones, detergentes, blanqueadores, suavizantes, limpiadores y desinfectantes, ceras, papeles de cocina, otros utensilios de aseo

Vestuario de damas, caballeros y niños

Artículos y gastos escolares (excepto matrículas, pensiones, textos, cuadernos y costos educativos)

Juegos,aficiones,artículos,adornos y prendas de vestir para fiestas

Jardines y productos para animales domésticos, servicios para mascotas

Discos, artículos deportivos

Televisor y otros aparatos de video e imagen, equipos de sonido

Computadores, impresoras y afines

Servicios de T.V.

Turismo

Juegos de azar

Vehículos y otros para transporte

Combustible, compra y cambio de aceite, servicios de parqueadero y de mecánica, baterías, llantas

Servicios de telefonía, equipos de telefonía móvil y similares

Cerveza, cigarrillos

Higiene corporal, higiene y cuidado facial, cuidado para el cabello, otros productos relacionados con el cuidado personal

Cortes de cabello y servicios relacionados al cuidado personal

Joyería en oro y plata, relojes, otros artículos personales

Otros servicios financieros (excepto los servicios bancarios)

 

IVA: Bienes y Servicios Exentos de IVA


A continuación se presentan los productos y servicios que están exentos de IVA: 
 

Carne fresca o refrigerada

Leche para bebés

Cebolla

Abonos

Ganado bovino, exceptos los de lidia

Preparaciones infantiles a base de leche

Banano

Semillas para la siembra

Pescado, excepto los filetes

Cuadernos

Uva

Sistemas de riego

Camarones, langostinos y demás decápodos

Diarios y publicaciones periódicas

Manzana

Internet fijo para estratos 1 y 2

Pollo

Libros

Melones

Computadores de menos de 1 millón 200 mil pesos

Oveja

Medicamentos

Café sin tostar

Tabletas de menos de 900 mil pesos

Cabra

Educación

Caña de azúcar

Planes de datos inferiores a $48.000 pesos.

Cerdo

Transporte público

Arroz excepto el de uso industrial

Edificaciones de menos de $800 millones deducibles de renta.

Leche y nata

Aguas minerales

Queso, requesón, y lacto suero

Celulares de menos de $700 mil pesos

Papas

Fertilizantes

Maquinaria agrícola

Bicicletas de menos de de 1 millón y medio de pesos

Huevos de gallina y otras aves

Tomate

Caucho natural

 

 

 
 

 
 

Por otra parte, no serán responsables de declarar IVA las siguientes personas que realicen actividades gravadas con impuesto:
 

  • Personas naturales
  • Comerciantes
  • Pequeños agricultores
  • Pequeños ganaderos
  • Quienes presten servicios
  • Artesanos.


 
 

IVA: Cálculo


La forma de calcular el IVA pagado, para el caso de productos o servicios con un IVA general de 19%, se calcula dividiendo el valor total del bien o servicio entre 1,19. De esta forma, el resultado, si lo multiplicamos de nuevo por 1,19, volveremos a tener el valor inicial.
 


Veamos: Si realizamos una compra de un reloj por valor de $50.000, y aplicamos el cálculo anterior, tenemos: 

  • $50.000/1,19 = $ 42.017  Es decir que el valor del producto sin IVA es de 42.017  y el IVA de esa compra es de $7.983.
  • La suma de estas dos cantidades da como resultado, los $50.000 pesos iniciales del valor total.
  • $ 42.017 + $7.983 = $50.000.

 

 
 

Otro ejemplo para el caso de un artículo al que le aplique el IVA con tasa diferencial del 5% como los pañales, sería dividiendo el valor total entre 1,05.
Veamos: Para un paquete de pañales de $42.500, y aplicamos el cálculo, tenemos: $42.500/1,05 = $40.476 Es decir que el valor del producto sin IVA es de $40.476  y el IVA de esa compra es de $2.024.
 

Exensiones de IVA

Ahora bien, te has preguntado ¿cuáles son las Exenciones de IVA?

Las exenciones son un privilegio de acuerdo a lo establecido por el Gobierno colombiano, las cuales excluyen del pago de un impuesto un hecho realizado por un sujeto pasivo, que sin esta exención sí pagaría el impuesto. Así mismo, las exenciones del IVA están reglamentadas en el Estatuto Fiscal Nacional (art. 477). 
 
En este caso, se encuentran exentos del impuesto sobre las ventas, con derecho a compensación y devolución, los siguientes productos o alimentos: 
 

  • Animales vivos de la especie bovina, excepto los de lidia.
  • Pollitos de un día de nacidos.
  • Carne de animales de la especie bovina, fresca o refrigerada.
  • Carne de animales de la especie bovina, congelada.
  • Carne de animales de la especie porcina, fresca, refrigerada o congelada.
  • Carne de animales de las especies ovina o caprina, fresca, refrigerada o congelada.
  • Despojos comestibles de animales de las especies bovina, porcina, ovina, caprina, caballar, asnal o mular, frescos, refrigerados o congelados.
  • Carne y despojos comestibles, de aves de la partida 01.05, frescos, refrigerados o congelados.
  • Carnes y despojos comestibles de conejo o liebre, frescos, refrigerados o congelados.
  • Pescado fresco o refrigerado, excepto los filetes y demás carne de pescado de la partida
  • Pescado congelado, excepto los filetes y demás carne de pescado de la partida. Excepto los atunes
  • Filetes y demás carne de pescado (incluso picada), frescos, refrigerados o congelados.
  • Únicamente camarones de cultivo.
  • Leche y nata (crema), sin concentrar, sin adición de azúcar ni otro edulcorante.
  • Leche y nata (crema), concentradas o con adición de azúcar u otro edulcorante.
  • Queso fresco (sin madurar), incluido el lactosuero, y requesón
  • Huevos de gallina de la especie Gallusdomesticus, fecundados para incubación.
  • Huevos fecundados para incubación de las demás aves
  • Huevos frescos de gallina
  • Huevos frescos de las demás aves
  • Arroz para consumo humano (excepto el arroz con cáscara o "Arroz Paddy" de la partida 10.06.10.90.00 y el arroz para la siembra de la partida 10.06.10.10.00, los cuales conservan la calidad de bienes excluidos del IVA)".
  • Fórmulas lácteas para niños de hasta 12 meses de edad , únicamente la leche maternizada o humanizada.
  • Únicamente preparaciones infantiles a base de leche.
  • Armas de guerra, excepto los revólveres, pistolas y armas blancas, de uso privativo de las fuerzas Militares y la Policía Nacional.



Finalmente, debes saber que el Gobierno actual del Presidente Iván Duque, creó en la Ley de inversión social, una actividad programada para que durante las 24 horas de 3 días elegidos del año, los consumidores puedan adquirir un grupo importante de productos, sin tener que pagar el Impuesto al Valor Agregado, IVA, del 19 %, con el fin de contribuir al ahorro de los colombianos.


 

Ahora que ya conoces más sobre el IVA. ¿Piensas que los cambios en el IVA afectan tus finanzas diarias?, ¿Cómo te has visto afectado con el incremento del IVA? Cuéntanos tu opinión.

Declaración a la renta 2024, segura y garantizada✅

Si eres persona natural, Tributi elabora tu declaración a la renta, elige entre los tres planes y elabora tu renta en menos de 48 horas.

  • Fácil no tienes que saber de contabilidad
  • Recibe asesoramiento y soporte ilimitado
  • Impuesto a pagar será el mínimo valor posible sobre tus resultados
  1. Nuevo
    #62
    26/03/23 18:45
    quienes son responsables de iva y quienes no?
  2. Nuevo
    #61
    19/04/21 17:08
    hola, quisiera saber, ¿Cuáles son las obligaciones que deben cumplir los responsables del régimen común?