Nos encontramos próximos a que empiece el año 2020 y no queremos que tengas ninguna duda acerca de los diferentes impuestos que existen en Colombia y que nos afectarán durante todo el año. Por ello en este post vamos a hablar de los impuestos más importantes a nivel nacional y municipal del 2020, así como en qué momento del año deben abonarse.
Tipos de impuestos en Colombia
En Colombia podemos diferenciar los impuestos de forma geográfica, el impuesto nacional afectará a absolutamente todas personas tanto naturales como jurídicas que residen en el país (IVA, impuesto de renta), en cambio, los impuestos municipales son determinados por cada departamento en cuestión (sobretasa de gasolina, impuesto a los vehículos).
También existen impuestos tanto directos como indirectos, los primeros afectan al ingreso, renta y riqueza de las personas naturales y/o jurídicas, mientras que los indirectos recaen sobre la venta de bienes, prestación de servicios, importaciones, consumo y producción. Los indirectos no están relacionados con la capacidad de pago del contribuyente, mientras que los direcctos gravan directamente a las personas con ingresos o a el patrimonio.
Impuestos más importantes en Colombia a lo largo de 2020
En este apartado del post vamos a hablar sobre los impuestos más importantes que hay que tener en cuenta dentro del régimen tributario colombiano.
Impuesto sobre la renta
El impuesto sobre la renta de forma general grava en un 25% las utilidades que se dan de forma ordinaria en la empresa, pero hay casos en el que el porcentaje gravado varía. Usuarios industriales y operadores de Zonas Francas gravan al 15% y Sociedades extranjeras sin sucursal ni establecimiento permanente en Colombia al 33%.
Impuestos de ganancias ocasionales
El impuesto de ganancias ocasionales grava al 10% diferentes ganancias, como loterías, herencias o enajenación de activos fijos.
Impuesto sobre la renta para la equidad (CREE)
Este impuesto lo llevan a cabo las personas jurídicas en beneficio de la inversión social, generación de empleo y beneficio de los trabajadores. La tarifa es del 9%. Desde el 1 de Enero de 2015 y hasta el 2018 se podrá aplicar una sobretasa del CREE que se irá incrementando cada año desde el 5% al 9% gasta desaparecer en 2019.
Impuesto al valor agregado (IVA)
El IVA grava la importación de bienes, la venta y la prestación de servicios. La tarifa general es del 16% y las especiales del 0% y 5%.
Impuesto al consumo
Este impuesto indirecto grava 4 sectores: telecomunicaciones, vehículos, comidas y bebidas.
Impuestos locales
Los impuestos de industria y comercio (ICA), el impuesto predial y el de registro, son los impuestos locales más importantes, es decir, son gravados y administrados dependiendo de la ubicación donde se encuentre el inmueble o se desarrolle la actividad. El impuesto de industria y comercio varía del 0,2% al 1,4%, el impuesto predial del 0,3% al 3,3% y el impuesto de registro del 0,1% al 1%.
¿En qué mes debo pagar mis impuestos de 2020?
El 23 de Diciembre de 2019 fue expedido el decreto 2345, mediante el cual se determina el calendario de vencimientos tributarios del año 2020.
Impuestos a pagar en 2020: Impuesto sobre la renta y complementario
El plazo para la presentación de la declaración del impuesto sobre la renta y complementario se debe tener en cuenta de acuerdo a los diferentes grupos obligados a declarar:
- Grandes contribuyentes: presentaran la declaración de impuestos sobre la renta y complementario por el año gravable 2019 entre el 14 y el 27 de abril de 2020, de acuerdo con el ultimo digito del NIT del declarante.
Este contribuyente cancelara el valor total del impuesto de renta en tres cuotas:
Primera cuota: entre 11 y el 24 de febrero de 2020.
Segunda cuota: entre el 14 y el 27 de abril de 2020.
Tercera cuota: entre el 9 y el 24 de junio de 2020.
- Personas jurídicas: presentarían la declaración y el pago de la primera cuota del impuesto entre el 14 de abril y el 12 de mayo de 2020. El pago de la segunda cuota entre el 9 y el 24 de junio de 2020, según el último digito del NIT.
- Personas naturales: presentarían la declaración entre el 11 de agosto y el 21 de octubre de 2020.
A continuación veremos las fechas en la cual los contribuyentes deberán cancelar el valor total del impuesto a pagar y el anticipo, tanto para los grandes contribuyentes, las personas jurídicas y las personas naturales:
GRANDES CONTRIBUYENTES |
|||||
PAGO PRIMERA CUOTA |
PAGO SEGUNDA CUOTA |
PAGO TERCERA CUOTA |
|||
Último dÍgito NIT |
Hasta el día |
Último dígito NIT |
Hasta el día |
Último dígito NIT |
Hasta el día |
0 |
11 febrero 2020 |
0 |
14 abril 2020 |
0 |
9 junio 2020 |
9 |
12 febrero 2020 |
9 |
15 abril 2020 |
9 |
10 junio 2020 |
8 |
13 febrero 2020 |
8 |
16 abril 2020 |
8 |
11 junio 2020 |
7 |
14 febrero 2020 |
7 |
17 abril 2020 |
7 |
12 junio 2020 |
6 |
17 febrero 2020 |
6 |
20 abril 2020 |
6 |
16 junio 2020 |
5 |
18 febrero 2020 |
5 |
21 abril 2020 |
5 |
17 junio 2020 |
4 |
19 febrero 2020 |
4 |
22 abril 2020 |
4 |
18 junio 2020 |
3 |
20 febrero 2020 |
3 |
23 abril 2020 |
3 |
19 junio 2020 |
2 |
21 febrero 2020 |
2 |
24 abril 2020 |
2 |
23 junio 2020 |
1 |
24 febrero 2020 |
1 |
27 abril 2020 |
1 |
24 junio 2020 |
PERSONA JURIDICA |
|||
PAGO PRIMERA CUOTA |
|||
Últimos dÍgitos NIT |
Hasta el día |
Últimos dígitos NIT |
Hasta el día |
96 al 00 |
14 abril 2020 |
46 al 50 |
28 abril 2020 |
91 al 95 |
15 abril 2020 |
41 al 45 |
29 abril 2020 |
86 al 90 |
16 abril 2020 |
36 al 40 |
30 abril 2020 |
81 al 85 |
17 abril 2020 |
31 al 35 |
4 mayo 2020 |
76 al 80 |
20 abril 2020 |
26 al 30 |
5 mayo 2020 |
71 al 75 |
21 abril 2020 |
21 al 25 |
6 mayo 2020 |
66 al 70 |
22 abril 2020 |
16 al 20 |
7 mayo 2020 |
61 al 65 |
23 abril 2020 |
11 al 15 |
8 mayo 2020 |
56 al 60 |
24 abril 2020 |
06 al 10 |
11 mayo 2020 |
51 al 55 |
27 abril 2020 |
01 al 05 |
12 mayo 2020 |
PERSONA NATURALES |
|||||
PAGO PRIMERA CUOTA |
|||||
Último dÍgito NIT |
Hasta el día |
Último dígito NIT |
Hasta el día |
Último dígito NIT |
Hasta el día |
99 y 00 |
11 agosto 2020 |
61 y 62 |
8 septiembre 2020 |
23 y 24 |
5 octubre 2020 |
97 y 98 |
12 agosto 2020 |
59 y 60 |
9 septiembre 2020 |
21 y 22 |
6 octubre 2020 |
95 y 96 |
13 agosto 2020 |
57 y 58 |
10 septiembre 2020 |
19 y 20 |
7 octubre 2020 |
93 y 94 |
14 agosto 2020 |
55 y 56 |
11 septiembre 2020 |
17 y 18 |
8 octubre 2020 |
91 y 92 |
18 agosto 2020 |
53 y 54 |
14 septiembre 2020 |
15 y 16 |
9 octubre 2020 |
89 y 90 |
19 agosto 2020 |
51 y 52 |
15 septiembre 2020 |
13 y 14 |
13 octubre 2020 |
87 y 88 |
20 agosto 2020 |
49 y 50 |
16 septiembre 2020 |
11 y 12 |
14 octubre 2020 |
85 y 86 |
21 agosto 2020 |
47 y 48 |
17 septiembre 2020 |
09 y 10 |
15 octubre 2020 |
83 y 84 |
24 agosto 2020 |
45 y 46 |
18 septiembre 2020 |
07 y 08 |
16 octubre 2020 |
81 y 82 |
25 agosto 2020 |
43 y 44 |
21 septiembre 2020 |
05 y 06 |
19 octubre 2020 |
79 y 80 |
26 agosto 2020 |
41 y 42 |
22 septiembre 2020 |
03 y 04 |
20 octubre 2020 |
77 y 78 |
27 agosto 2020 |
39 y 40 |
23 septiembre 2020 |
01 y 02 |
21 octubre 2020 |
75 y 76 |
28 agosto 2020 |
37 y 38 |
24 septiembre 2020 |
|
|
73 y 74 |
31 agosto 2020 |
35 y 36 |
25 septiembre 2020 |
|
|
71 y 72 |
1 septiembre 2020 |
33 y 34 |
28 septiembre 2020 |
|
|
69 y 70 |
2 septiembre 2020 |
31 y 32 |
29 septiembre 2020 |
|
|
67 y 68 |
3 septiembre 2020 |
29 y 30 |
30 septiembre 2020 |
|
|
65 y 66 |
4 septiembre 2020 |
27 y 28 |
1 octubre 2020 |
|
|
63 y 64 |
7 septiembre 2020 |
25 y 26 |
2 octubre 2020 |
|
|
Impuestos a pagar en 2020: Impuesto nacional a la gasolina y al ACPM
Quienes sean responsables del Impuesto Nacional a la Gasolina y al ACPM declararán y pagarán el impuesto mensual correspondiente a los períodos gravables del año 2020, en las siguientes fechas de vencimiento:
IMPUESTO NACIONAL A LA GASOLINA Y ACPM |
|
Período gravable |
Hasta |
Enero 2020 |
14 de febrero 2020 |
Febrero 2020 |
13 de marzo de 2020 |
Marzo 2020 |
17 de abril 2020 |
Abril 2020 |
15 de mayo 2020 |
Mayo 2020 |
19 de junio 2020 |
Junio 2020 |
17 de julio 2020 |
Julio 2020 |
14 de agosto 2020 |
Agosto 2020 |
18 de septiembre 2020 |
Septiembre 2020 |
16 de octubre 2020 |
Octubre 2020 |
13 de noviembre 2020 |
Noviembre 2020 |
18 de diciembre 2020 |
Diciembre 2020 |
15 de enero 2021 |
Impuestos a pagar en 2020: Impuesto nacional al consumo
La declaración y pago bimestral del impuesto nacional al consumo, se la deberá realizar utilizando el formulario prescrito por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuesto y Aduanas Nacionales - DIAN.
Los vencimientos se deberán realizar dependiendo del último dígito del NIT del declarante, el cual se muestra en el RUT. Estas son las fechas para declarar y pagas el impuesto cuyo primer bimestre (Enero- Febrero) ira del 10 al 24 de marzo de 2020:
Último dígito NIT |
Enero - Febrero |
Marzo- Abril |
Mayo- Junio |
Julio- Agosto |
Septiembre- Octubre |
Noviembre- Diciembre |
0 |
10 de marzo 2020 |
12 de mayo 2020 |
7 de julio2020 |
8 de septiembre 2020 |
10 de noviembre 2020 |
13 de enero 2021 |
9 |
11 de marzo 2020 |
13 de mayo 2020 |
8 de julio2020 |
9 de septiembre 2020 |
11 de noviembre 2020 |
14 de enero 2021 |
8 |
12 de marzo 2020 |
14 de mayo 2020 |
9 de julio2020 |
10 de septiembre 2020 |
12 de noviembre 2020 |
15 de enero 2021 |
7 |
13 de marzo 2020 |
15 de mayo 2020 |
10 de julio2020 |
11 de septiembre 2020 |
13 de noviembre 2020 |
18 de enero 2021 |
6 |
16 de marzo 2020 |
18 de mayo 2020 |
13 de julio2020 |
14 de septiembre 2020 |
17 de noviembre 2020 |
19 de enero 2021 |
5 |
17 de marzo 2020 |
19 de mayo 2020 |
14 de julio2020 |
15 de septiembre 2020 |
18 de noviembre 2020 |
20 de enero 2021 |
4 |
18 de marzo 2020 |
20 de mayo 2020 |
15 de julio2020 |
16 de septiembre 2020 |
19 de noviembre 2020 |
21 de enero 2021 |
3 |
19 de marzo 2020 |
21 de mayo 2020 |
16 de julio2020 |
17 de septiembre 2020 |
20 de noviembre 2020 |
22 de enero 2021 |
2 |
20 de marzo 2020 |
22 de mayo 2020 |
17 de julio2020 |
18 de septiembre 2020 |
23 de noviembre 2020 |
25 de enero 2021 |
1 |
24 de marzo 2020 |
26 de mayo 2020 |
21 de julio2020 |
21 de septiembre 2020 |
24 de noviembre 2020 |
26 de enero 2021 |
Impuestos a pagar en 2020: IVA
La declaración y pago del IVA la deberán realizar los grandes contribuyentes, personas jurídicas y naturales cuyos ingresos brutos al 31 de diciembre del año gravable 2019 sean iguales o superiores 92.000 UVT ($3.152.840.000)
Los vencimientos se deberán realizar dependiendo del último dígito del NIT del declarante, el cual se muestra en el RUT, sin tener en consideración el dígito de verificación.
Las fechas del pago del IVA corresponden a las mismas establecidas para el pago del impuesto al consumo.
Impuestos a pagar en 2020: Impuesto nacional al carbono
La declaración y pago bimestral del impuesto nacional al carbono, se la deberá realizar utilizando el formulario prescrito por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuesto y Aduanas Nacionales - DIAN.
Quienes sean responsables del Impuesto Nacional al Carbono declararán y pagarán el impuesto correspondiente a los períodos gravables del año 2020, en las siguientes fechas de vencimiento:
IMPUESTO NACIONAL AL CARBONO |
|
Período gravable |
Hasta |
Enero - Febrero 20120 |
13 de marzo de 2020 |
Marzo - Abril 2020 |
15 de mayo de 2020 |
Mayo - Junio 2020 |
17 de julio 2020 |
Julio - Agosto 2020 |
18 de septiembre 2020 |
Septiembre - Octubre 2020 |
13 de noviembre 2020 |
Noviembre - Diciembre 2020 |
15 de enero 2021 |
Tras observar cuándo debemos pagar cada impuesto, debemos hacer unas aclaraciones. Todos los impuestos tienen una fecha límite para su pago dependiendo de nuestra última cifra del NIT. En caso de los activos en el exterior de las personas naturales y jurídicas, así como el pago de las rentas de personas jurídicas en su primera cuota debemos fijarnos en las dos últimos dígitos del NIT, por tanto puede varíar incluso el mes de pago entre dos contribuyentes distintos.
Esperamos que toda esta información les sea de ayuda a la hora de pagar sus impuestos a lo largo de 2020, así como en que momento del año deben hacerlo. Si tienen alguna duda será un placer poder ayudarles, solo dejen su pregunta más abajo en la zona de comentarios.